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Jornada de trabajo vigilante de seguridad.

Jornada de trabajo vigilante de seguridad.

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1. Régimen general del cómputo de la Jornada de trabajo vigilante seguridad.

La jornada de trabajo será de 1.782 horas anuales de trabajo efectivo en cómputo mensual, a razón de 162 horas.

Asimismo, si un trabajador por las necesidades del servicio no pudiese realizar su jornada mensual, deberá compensar su jornada, en el mismo o distinto servicio, en los dos meses siguientes.

Se entenderá como trabajo nocturno el que se realice entre las veintidós horas y las seis horas.

Entre la jornada terminada y el inicio de la siguiente, deberá mediar un mínimo de trece horas, salvo en los casos siguientes: a) por especial urgencia o perentoria necesidad y b) en el trabajo a turnos.

Los trabajadores de vigilancia que prestan sus servicios en Cajas de ahorro y Bancos, durante el horario de atención al público, en jornada continuada, durante el horario de 8,30 a 16,45 horas, como mínimo; tendrán derecho por día trabajado en ese horario a una ayuda alimenticia que deberá ser pactada entre la Dirección de cada Empresa y los Representantes de los Trabajadores; no pudiendo pactar, en ningún caso, cantidades inferiores a cinco euros.


Para dichos trabajadores, la jornada será de 1.782 horas.

Si la jornada de trabajo fuera partida, el trabajador tendrá derecho, al menos, a dos horas y media de descanso entre la jornada de la mañana y de la tarde, salvo pacto en contrario.

Para el personal no operativo, el descanso será de hora y media entre jornada y jornada, salvo pacto en contrario.

Las empresas someterán a la aprobación de la representación de los trabajadores el correspondiente horario de trabajo de su personal y lo coordinarán en los distintos servicios para el más eficaz rendimiento.
La representación de los trabajadores será informada igualmente de la organización de los turnos y relevos.

Con el fin de conciliar la vida laboral y familiar, las empresas facilitarán a los trabajadores la libranza de al menos, un fin de semana al mes –sábado y domingo–, salvo en los siguientes supuestos:

a) Cuando los trabajadores se adscriban voluntariamente a prestar servicios en tales días.

b) Cuando los trabajadores hayan sido contratados expresamente para prestar servicios en dichos días.

c) Cuando el trabajador esté adscrito a un servicio con un sistema pactado de rotación de libranza diferente.

d) Cuando, excepcionalmente, se requiera por los clientes a los que se prestan servicios obligatorios en los fines de semana un incremento imprevisto de plantilla que pueda impedir a la empresa facilitar puntualmente dicha libranza.


En este último caso, podrá disfrutarse la libranza del fin de semana en una fecha posterior de mutuo acuerdo con la empresa.

El trabajador librará, al menos, uno de las dos siguientes noches: 24 de diciembre o 31 de diciembre.

Los trabajadores podrán intercambiarse los turnos de trabajo entre ellos, previa comunicación a la empresa con veinticuatro horas de antelación.

2. Servicios fijos y estables.

Con el mismo fin de conciliar la vida laboral y familiar, se establecerá un sistema de cuadrantes anuales respecto de los servicios fijos y estables sobre la base de los criterios que más abajo se establecen; quedando por tanto al margen los servicios de naturaleza esporádica; aquéllos cuya concreción horaria sea de imposible determinación o aquellos otros cuya implantación y desaparición están ligados a la existencia de determinadas causas tales como incrementos de nivel de seguridad en atención a circunstancias específicas.


Además de tener en cuenta lo anterior, se entenderá que un servicio es fijo o estable, cuando su duración prevista sea igual o superior a un año.

Criterios: Jornada de trabajo vigilante seguridad

a) El cuadrante será entregado a los trabajadores afectados y a la representación legal de los trabajadores. Dicha entrega se hará efectiva un mes antes de que el mismo surta efecto.

b) Con el objeto de ajustar eficientemente el volumen necesario de plantilla a las especificidades estructurales de este tipo de cuadrantes, el mismo se confeccionará partiendo de garantizar una jornada anual de 1782 horas efectivas de trabajo en los supuestos de jornada a tiempo completo o del número de horas de contrato en los supuestos de contratación parcial.

Para dotar de la flexibilidad necesaria, únicamente en casos de servicios fijos o estables, la empresa confeccionará un cuadrante anual, cuyo cómputo en jornada mensual, a tiempo completo, oscilará en una horquilla de 144 a 176 horas, excepto en el mes de febrero que será de 134 a 162 horas. En caso de contratación a tiempo parcial, esta horquilla se ajustará proporcionalmente a la jornada laboral contratada.

En dicho cuadrante se recogerán los días de servicio, los descansos y el/los periodo/s de vacaciones correspondientes, manteniéndose en el mismo una frecuencia de trabajo, descanso y turnos equilibrada entre todos los trabajadores que realicen el servicio; teniendo siempre como horizonte la garantía de las 1782 horas de trabajo efectivo en cómputo anual, o la cantidad de horas resultante en los contratos a tiempo parcial, todo ello sin perjuicio de las horas extraordinarias que el trabajador pudiera realizar de forma voluntaria.

La aplicación de esta forma de distribución irregular de la jornada mensual no implicará variación alguna respecto de la forma en que se devengan y abonan las remuneraciones ordinarias pactadas en el convenio, debiendo percibirse la remuneración de las tablas salariales fijadas en el convenio, con independencia del número de horas efectivamente realizadas.

c) Se respetará de forma mensual, en dicho cuadrante, la libranza de un fin de semana ininterrumpido, siendo este fin de semana de 48 horas de duración, e iniciándose el cómputo de éstas desde la hora de finalización del servicio realizado el viernes.


Esto no será de aplicación a los trabajadores adscritos voluntariamente a servicios de fin de semana, a los contratados expresamente para estos días, a aquellos que estén adscritos a un servicio con un sistema pactado de rotación de libranza diferente; y cuando, excepcionalmente; se requiera por los clientes a los que se prestan servicios obligatorios en los fines de semana un incremento imprevisto de plantilla, que pueda impedir a la empresa facilitar puntualmente dicha libranza. En este último caso, podrá disfrutarse la libranza del fin de semana en una fecha posterior de mutuo acuerdo con la empresa.

d) El trabajador librará, al menos, uno de las dos siguientes noches: 24 de diciembre o 31 de diciembre.

e) Si las condiciones contractuales entre la empresa de seguridad y el cliente cambiasen, y éstas supusieran una modificación en la organización del servicio, el cuadrante podría sufrir las modificaciones necesarias para adaptarlo a la nueva situación.


Igualmente, lo anterior afectará a aquellos supuestos donde la empresa se vea obligada a variar el cuadrante por motivos ajenos a su voluntad.
Estas variaciones deberán ajustarse a los criterios establecidos en el anterior apartado b), siendo informada la representación legal de los trabajadores.

f) En cualquier caso, y si se producen necesidades justificadas para la cobertura de un servicio imprevisto en el lugar de trabajo, la empresa, preferentemente, ofertará su prestación al resto de los trabajadores asignados a dicho servicio, sin perjuicio del percibo de las horas extraordinarias que, en su caso, correspondan.

g) El cuadrante anual estará en todos los casos ligados al lugar de prestación (servicio), de forma que si por cualquier motivo el trabajador es asignado a un nuevo lugar de prestación (servicio), asumirá el cuadrante disponible de esta nueva asignación. Asimismo, en caso de subrogación, la nueva adjudicataria mantendrá el cuadrante hasta la finalización de su vigencia.

h) Dada la enorme dificultad operativa que supone la implantación práctica de este tipo de cuadrantes anuales que ya se viene realizando, expresamente se acuerda que durante el año 2015, como mínimo el 65% de los servicios de la empresa dispondrá de cuadrante anual, afectando, exclusivamente, a los servicios fijos o estables en los términos antes expuestos.

3. Cambio de sistema de cómputo de Jornada de trabajo vigilante seguridad

En el caso de que a lo largo del año se produzcan cambios de servicios fijos o estables a no fijos y no estables o viceversa, el defecto o exceso de horas que en ese momento del cambio tenga el trabajador, se liquidarán en los siguientes términos:

a) Si existe exceso de horas, se abonará el mismo en concepto de horas extraordinarias en el mes siguiente al del cambio producido o se compensarán en los términos dispuestos en el artículo 42 de este convenio.

b) Si existe defecto de horas, deberán ser recuperadas por el trabajador a lo largo del resto del año natural o en el plazo de dos meses si el cambio se produce en los dos últimos meses del año.

4. Otros acuerdos para el cómputo de Jornada de trabajo vigilante seguridad

Las empresas, de acuerdo con la representación de los trabajadores, podrán establecer fórmulas alternativas para el cálculo de la jornada mensual a realizar.

Asimismo, se respetarán los acuerdos existentes o los que puedan pactarse entre la representación de los trabajadores y la empresa en aquellos servicios que por sus características actuales o históricas, pudieran quedar afectados por los criterios anteriormente expuestos.

5. Cómputo de jornada en transporte de fondos y manipulado de efectivo.

Las jornadas de trabajo o calendario laboral para el Transporte de Fondos y manipulado, se fijaran anualmente y con un mes de antelación al inicio del nuevo año.


El calendario laboral se pactará entre la representación de los trabajadores y la empresa, atendiendo a las características especiales de cada delegación donde constaran los días laborales, y festivos de cada Comunidad; así como la hora de entrada y quedando garantizada la jornada diaria que se pacte. Cada trabajador recibirá copia de su calendario anual.

6. Normas comunes para Jornada de trabajo vigilante seguridad.

Dadas las especiales características de la actividad, se entenderán de carácter ininterrumpido el funcionamiento de los centros de trabajo en las Compañía Privadas de Servicios de Seguridad, debiéndose respetar siempre la jornada máxima del trabajador.

La representación legal de los trabajadores y la dirección de la empresa velarán por el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en este artículo para una equitativa distribución de trabajo entre las plantillas, de forma que no se produzcan por exceso o por defecto relevantes diferencias en el tiempo de trabajo.

En caso de que se produzca la extinción de la relación laboral antes de la finalización del año natural se regularizarán en el finiquito los posibles excesos o defecto de jornada que pudieran existir a la fecha mencionada.
Para ello se comparará hasta la fecha de la extinción la jornada que haya realizado el trabajador con la contratada, abonándose o descontándose el exceso o defecto de jornada resultante.

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Detenido un clan familiar por cometer más de 60 robos en fincas y casas rurales de Consuegra, Madridejos y Turleque

Detenido un clan familiar por cometer más de 60 robos en fincas y casas rurales de Consuegra, Madridejos y Turleque

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El Equipo Roca de la Guardia Civil de Mora ha detenido a seis personas, con edades comprendidas entre los 20 y los 35 años, a los que se les atribuye un delito de pertenencia a grupo criminal con más de 60 delitos de robo con fuerza en las cosas y delito de receptación.
Los robos ocurrieron en explotaciones agrícolas de las localidades de Consuegra, Madridejos y Turleque. El pasado mes de enero, en el marco de la operación ‘Macuca’, se inició la investigación tras producirse varios robos en varias explotaciones agrícolas de los citados municipios.
En estos robos fueron sustraídos elementos de vehículos agrícolas como baterías, gasoil, elementos metálicos y cableado de cobre de instalaciones, se dio inicio la apertura de la denominada operación ‘Macuca’ por parte del Equipo Roca de la Guardia Civil de Mora, por la posible participación de un grupo delincuencial afincado en la localidad de Sonseca, conocidos por sus numerosos antecedentes y detenciones previas por parte de este equipo.
La Guardia Civil logró identificar a seis individuos, varones y miembros la mayoría de un mismo clan familiar que había constituido un grupo criminal dedicado a la comisión de robos y hurtos que luego vendían en chatarrerías.
Estarían residiendo en Sonseca , siendo ya ‘viejos’ conocidos por este equipo por sus numerosos antecedentes y detenciones previas.
Los presuntos autores fueron pillados ‘in fraganti’ cuando regresaban de cometer varios robos en explotaciones agrícolas siendo recuperado todo el material sustraído (baterías, aires acondicionados, cableado de cobre).
En una de las viviendas fueron recuperadas gran cantidad de herramientas cuyo valor ascendería a más de 12.000 euros. Todos los integrantes han sido detenidos y puestos a disposición del Juzgado de 1ª Instancia e instrucción Número 1 de Orgaz.

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Un magrebí mata a su casero y apuñala a su novia en Fuengirola para evitar ser delatado por otro crimen

Un magrebí mata a su casero y apuñala a su novia en Fuengirola para evitar ser delatado por otro crimen

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Un hombre de 50 años ha muerto y una joven de 19 ha resultado herida al ser apuñalados en un domicilio de Fuengirola (Málaga). El suceso podría estar relacionado con otro homicidio ocurrido el pasado sábado, cuando un hombre de 39 años murió a golpes con un palo de golf. El sospechoso, ya detenido, habría matado a su casero y atacado a su novia para no ser delatado por este crimen. El arrestado es un hombre de 34 años de origen magrebí y nacionalidad española.

Los hechos han tenido lugar en la noche de este miércoles, sobre las 23:00 horas, en un inmueble de la calle Ibiza, en la barriada del Boquetillo. El presunto agresor ha protagonizado un doble apuñalamiento, acabando con la vida del varón y causando múltiples heridas de arma blanca la joven, que logró escapar de la vivienda y pedir ayuda.

Al parecer, el autor habría mantenido una fuerte discusión con su novia, adoptando una actitud agresiva, por lo que el casero, que vivía en el mismo edificio, decidió mediar en la pelea, pero el hombre cogió un cuchillo y lo apuñaló en el cuello.

El presunto homicida se dio a la fuga dejando un reguero de sangre y fue detenido poco después cerca de un centro de salud, a unos 200 metros del lugar del ataque, según detalla SUR. Presentaba cortes en las manos. La mujer permanece ingresada en el Hospital Universitario Costa del Sol estable dentro de la gravedad y pendiente de evolución, según han confirmado fuentes sanitarias.

La víctima manifestó a la Policía Nacional que el detenido -su pareja- estaría detrás del homicidio de este pasado sábado, también en Fuengirola, que dejó un hombre de fue apaleado en una vivienda. El fallecido, de nacionalidad española, presentaba varios golpes y traumatismos en la parte posterior de la cabeza, al parecer ocasionados con un palo de golf. En el piso se encontraron restos de alcohol y sustancias estupefacientes que sugieren que podría haberse celebrado una fiesta. Fue su compañero de piso quien encontró el cadáver sobre 19.25 horas y dio la voz de alarma.

La Policía Nacional mantiene abierta una investigación para tratar de esclarecer los hechos. El detenido se enfrenta a dos delitos de homicidio consumado y una tentativa de homicidio.

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Detenidos cuatro jóvenes argelinos por robar a turistas de madrugada en la Playa de Palma

Detenidos cuatro jóvenes argelinos por robar a turistas de madrugada en la Playa de Palma

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La Policía Nacional ha detenido a cuatro jóvenes argelinos de 18 y 19 años por robar un bolso, teléfonos móviles y dinero a turistas de madrugada en la Playa de Palma.

Según ha explicado la Jefatura Superior en Baleares a través de un comunicado, los hechos ocurrieron el pasado domingo de madrugada. Los agentes vieron a un joven, sentado en el muro entre el paseo y la playa, que vigilaba a unos turistas que estaban tumbados en la arena.

Poco después, el joven se habría dirigido hacia los turistas y habría cogido un bolso. Los policías observaron que el chico se colocó el bolso debajo del brazo y huyó del lugar. Luego le dieron el alto y hablaron con las víctimas que confirmaron que el bolso, que contenía dinero en efectivo y un teléfono móvil, era suyo.

Los agentes procedieron a detener al joven como presunto autor de un delito de hurto. Cabe destacar que le constan antecedentes anteriores a los hechos.

La misma madrugada del domingo los agentes vieron en la zona a tres jóvenes acercarse a unos turistas en actitud amigable y realizando maniobras de distracción. Según han explicado, los agentes los siguieron discretamente y pudieron ver como uno de ellos empezó a hablar con varios hombres, mientras que los otros dos abrazaron a uno, metiéndole las manos en los bolsillos.

Uno de los presuntos autores robó un teléfono móvil y otro, una cartera. Después, huyeron del lugar y escondieron los objetos robados bajo un coche.

Asimismo, los agentes detuvieron a los tres jóvenes, dos de los cuales tenían antecedentes, como presuntos autores de un delito de hurto.

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