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Procesamiento de Josu Ternera por el atentado de ETA en la Casa Cuartel de Zaragoza en 1987
Procesamiento de Josu Ternera por el atentado de ETA en la Casa Cuartel de Zaragoza en 1987
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal rechaza la vulneración de derechos fundamentales alegados por el recurrente
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado el recurso de apelación presentado por Joseba A.U., ‘Josu Ternera’, contra el auto del juez Ismael Moreno que acordó su procesamiento por los hechos relacionados con el atentado cometido por ETA contra la Casa Cuartel de Zaragoza en 1987.
La Sección Tercera de la Sala de lo Penal rechaza la vulneración de derechos fundamentales alegados por el recurrente y explica que en el auto recurrido aparece una exposición detallada y concretísima de los hechos que se imputan al procesado, junto a la mención expresa de las diligencias y elementos sumariales usados por el juez instructor para argumentar el procesamiento.
En su escrito, el tribunal recuerda que será en el juicio oral cuando la Sala de lo Penal enjuiciará los indicios de criminalidad recabados durante la fase de instrucción.
La resolución explica que, tal y como reconoce la parte apelante, algún indicio de criminalidad existe respecto de Ternera, lo cual no solo permite, sino que obliga al dictado del auto de procesamiento tal y como apoyan de manera unánime las acusaciones personas en el procedimiento.
Apunta que no es el momento procesal oportuno para efectuar pronunciamiento alguno respecto de la ulterior prosperabilidad de la acusación todavía no efectuada, ni proyección o pronóstico alguno del posible resultado de la actividad probatoria desplegada en su caso en juicio por las partes acusadoras. Será en esa fase, explica, cuando la defensa podrá practicar la prueba que refuerce su argumento sobre la insuficiencia de elementos incriminatorios bastantes contra el procesado.
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Un inmigrante de Gambia condenado a prisión por intentar matar a un hombre a palos y agredir a policías
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La Audiencia de Almería ha condenado a cinco años de prisión a un varón natural de Gambia por intentar matar a un hombre a golpes con un palo en el paseo marítimo de Vera (Almería) en 2023. También ha sido condenado por agredir a los tres policías locales que participaron en su detención.
La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia, dictada por conformidad, da por aprobado que en la noche del 12 de abril del año pasado, el acusado, de 43 años a fecha de los hechos y sin antecedentes penales, golpeó a la víctima en la cabeza con un palo de un metro de largo, de forma reiterada, «con gran violencia» y con la «intención de ocasionarle la muerte», para luego huir del lugar.
Tras la brutal agresión, tres agentes de la Policía Local de Vera procedieron a su arresto, momento en el que el procesado arremetió contra ellos «con ánimo de menoscabar su integridad física». Todos ellos sufrieron lesiones leves por patadas, golpes y mordiscos. El agredido, del que no han trascendido más datos, tuvo que ser trasladado al Hospital Público Comarcal La Inmaculada debido a la gravedad de sus heridas.
Por el delito de homicidio en grado de tentativa, el inmigrante gambiano deberá indemnizar a la víctima en algo más de 8.000 euros: 4.088 por las lesiones, 3.000 por los daños morales y 943 euros por las secuelas funcionales sufridas. Además, la Audiencia le impone 15 años de alejamiento e incomunicación con la víctima.
Por el delito de atentado a agente de la autoridad, la resolución judicial dicta seis meses de prisión adicionales. El procesado también indemnizará con una cuantía de 1.260 euros a los tres policías agredidos: 280 euros por morder a uno de los agentes, 630 euros al segundo por heridas en el brazo derecho y un dedo de la mano izquierda, y 350 euros al tercero por heridas en un ojo y contusiones en el hombro izquierdo y la rodilla.
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