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El Supremo anula la decisión de una cafetería de prohibir las propinas

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El Tribunal Supremo declaró nula la decisión de una cafetería que prohibía a sus empleados aceptar propinas, al entender que ello constituye una modificación sustancial de condiciones de trabajo que debe seguir los trámites del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores. La sentencia anula una anterior del Tribunal Superior de Justicia de Asturias y declara el derecho de las personas afectadas por el conflicto colectivo a continuar recibiendo propinas por parte de la clientela. Además, obliga a los trabajadores a no excluir a quienes los empleados temporales, que hasta el momento no las cobraban, algo que el Alto Tribunal considera opuesto a las normas nacionales y de la UE.

La empresa, Serunión S. A., que cuenta con cinco cafeterías en Asturias y unos 110 trabajadores, decidió en 2018 anular los ‘botes’ de propina, algo que ratificó el Tribunal Superior de Justicia de Asturias. Desde ese momento, los tiques de caja anunciaban que «no se admiten propinas», mientras que, a su vez explicaba que «nuestra mejor recompensa es que usted vuelva a visitarnos por eso no aceptamos propina». Esta vía suponía a los trabajadores unos ingresos de entre 90 y 100 euros al año. Además, los empleados no recibieron una notificación escrita por parte de la empresa «en los términos contemplados en la legislación vigente».

El Supremo estima el recurso presentado por CC.OO. y explica que el TSJ asturiano «ha deducido del carácter extrasalarial y de la ontología libérrima de la propina la imposibilidad de que la misma constituya una condición de trabajo cuya alteración deba sujetarse a las reglas propias de tal figura». Es por eso que explica que «la eliminación de esa ocasión de ganancia por parte de la empresa constituye un cambio relevante, no tanto en su dimensión económica (siempre incierta) sino en aspectos atinentes al clima de trabajo y a la existencia de estímulos o recompensas honoríficas».

El Supremo puntualiza que «la empresa puede acordar válidamente la prohibición de que su plantilla sea gratificada por la clientela, por así derivar de su poder de organización y dirección (arts. 1.1 y 20.1 Estatuto de los Trabajadores). Ahora bien, cuando esa posibilidad de ganancia económica y recompensa moral preexiste ha de seguir el procedimiento fijado al efecto por el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores, por estar ante una condición de trabajo cuya eliminación posee relevancia desde diversas perspectivas».

La sentencia ha contado con el apoyo de cuatro de los cinco magistrados que la han firmado. El voto particular discrepante considera que debió desestimarse el recurso al considerar que «el empresario podía tomar su decisión sin necesidad de acudir al procedimiento previsto en el artículo 41 ET, fundamentalmente, porque se trataba de una condición de la relación con sus clientes y porque los efectos de tal decisión sobre los trabajadores fijos era de escasa cuantía y trascendencia, lo que impedía, como se ha afirmado anteriormente, su consideración como modificación sustancial, atendidos los reiterados y asentados criterios de nuestra jurisprudencia”.

Además, este magistrado señala que «el hecho de que la decisión empresarial, (situada, se insiste, en el ámbito de sus relaciones mercantiles con clientes y de su política comercial) pudiera conllevar un perjuicio para los trabajadores, ello implicaría la necesidad de compensar tal perjuicio, aunque fuese de escasa cuantía; compensación que podría haber sido fijada a través de la negociación con los representantes de los trabajadores y, en su defecto, mediante acuerdo o, en último caso, mediante fijación jurisdiccional».

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Detenida una pareja en Tetuán por maltrato continuado

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La Policía Municipal de Madrid ha detenido a una pareja en el distrito de Tetuán por presunto maltrato y abandono de sus cuatro hijos. La alerta llegó después de que uno de los niños, de ocho años, confesara a su tutora que sufría abusos y que quería acabar con su vida.
Los agentes acudieron al colegio y encontraron al menor en una situación de gran ansiedad y nerviosismo.
Después de lograr tranquilizarlo, el niño confirmó que tanto él como uno de sus hermanos eran víctimas regulares de maltratos por parte de su madre y su padrastro.
Además, los agentes descubrieron que los niños a menudo se quedaban sin desayuno ni cena, lo que sugiere una situación de abandono.
Los cuatro niños han sido trasladados a un centro de menores mientras que la pareja ha sido detenida por maltrato continuado, que se cree que se ha estado produciendo durante al menos tres años.

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Capturado en Madrid prófugo condenado por triple violación

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La Policía Nacional ha capturado en Madrid a un prófugo español acusado de una triple violación a una mujer en la capital en 2011, por la cual había sido condenado a 24 años de prisión. El arrestado contaba con una amplia red de contactos familiares que le ayudaron a esconderse en el edificio de El Ruedo, en el barrio de Moratalaz. La investigación, que duró varios meses, formó parte de la Operación Violeta, que se enfoca en encontrar a los fugitivos buscados por delitos sexuales graves en España.

Los hechos por los que el fugitivo fue buscado ocurrieron en Madrid en 2011, cuando él y otros dos individuos violaron a una mujer repetidamente mientras la sujetaban por los brazos y las piernas. La víctima se encontró con los agresores en un bar de copas de Madrid y después la llevaron a la fuerza a otro lugar de la capital, donde la violaron. El prófugo fue condenado en 2016, pero se encontraba prófugo desde entonces.

La investigación para capturar al prófugo comenzó a principios de 2022, pero se prolongó debido a su constante cambio de domicilio y a la extensa red de contactos familiares que le ayudaban a esconderse. El prófugo aprovechaba el hecho de que la vivienda de su mujer y la de otros familiares estaban cerca y cambiaba de domicilio constantemente dentro de la misma zona. Cuando salía al exterior, lo hacía de forma fugaz y se cubría la cara para evitar ser reconocido.

Finalmente, los agentes lograron determinar que el prófugo se encontraba en uno de los domicilios investigados y fue arrestado a mediados de marzo. La Dirección General de la Policía ha destacado la importancia de la Operación Violeta y la colaboración ciudadana en la captura de fugitivos peligrosos y ha reiterado su compromiso de garantizar la seguridad y protección de las víctimas de delitos sexuales.

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Desmantelan red de tráfico de armas en España

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La Guardia Civil ha llevado a cabo la operación «Dux», en la que se han detenido a tres personas y se investiga a otras dos por su presunta implicación en tráfico de armas y sus municiones. En total, se han registrado ocho domicilios en diferentes provincias de España, donde se han intervenido 242 armas de fuego, 20.685 cartuchos metálicos de diferentes calibres, pólvora para la fabricación ilegal de municiones y silenciadores, entre otros efectos.

Entre los detenidos, destaca el arresto de una persona en Barcelona que poseía 196 armas de fuego plenamente funcionales, incluyendo 21 armas de guerra, como ametralladoras, fusiles de asalto y subfusiles, así como 130 armas cortas, más de 15.000 cartuchos de diferentes calibres y abundantes piezas y componentes esenciales para la manipulación de armas de fuego.

La persona detenida tenía un taller clandestino equipado con maquinaria industrial de precisión que utilizaba para la fabricación de piezas y cañones con los que manipular las armas de fuego que poseía ilegalmente.

Los detenidos se enfrentan a numerosos cargos, incluyendo tráfico de armas, depósito de armas, depósito de armas de guerra, depósito de municiones, depósito de explosivos y tenencia ilícita de armas prohibidas.

La operación «Dux» ha sido un éxito gracias al trabajo conjunto de la Guardia Civil en diferentes provincias de España. La incautación de un gran número de armas y municiones, así como la detención de los presuntos implicados, ayudará a prevenir la actividad delictiva en el país y a garantizar la seguridad ciudadana.

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