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Pistola Táser que daños puede provocar

Pistola táser que daños puede provocar

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Hay dos tipos de taser en el mercado, las que lanzan dardos y el táser ordinario, que no dispara nada y tiene dos dientes o electrodos que sobresalen en un extremo

Las pistolas Táser son armas de electrochoque que interfieren en el sistema nervioso muscular e inmovilizan al sujeto con descargas eléctricas. Pese a que la descarga es de unos 50.000 voltios, en contacto con la persona la descarga baja su intensidad y convierte a esta pistola en un arma no letal. En concreto, el peligro reside en los amperios, es decir, la corriente que transmita el aparato. En la pistola Táser normalmente rondan los 2,1 microamperios (mA) y los 3,6 mA.

Existen dos tipos principales Táser: las pistolas que lanzan dardos y el táser ordinario, que no dispara nada y tiene dos dientes o electrodos que sobresalen en un extremo. Ambas, como armas eléctricas, sólo las pueden usar “funcionarios especialmente habilitados”, es decir, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, como se especifica en el Real Decreto 137/1993 de 29 de enero.

Las pistolas del primer tipo son las más efectivas, disparan dos dardos punzantes que, según aseguran desde Anmistía Internacional, tienen forma de anzuelo y “están concebidos para penetrar unos cinco centímetros en la ropa o la piel del sujeto contra el que se dispara y administrarle una descarga”.

Según la web de Aasias, compañía que distribuye la marca en España desde 2003, existen más de 800 modelos de pistolas eléctricas tipo táser en nuestro país, desde los 485 hasta los 2.320 euros. A día de hoy está permitido su uso a los policías locales de unos 200 municipios, especialmente en Canarias, Andalucía, Murcia, Valencia y Cataluña.

Cómo funcionan las pistolas Táser

Un informe realizado por miembros de la Unidad Central de Informática y Electrónica Forense de los Mossos d’Esquadra explicaba que primero se disparan los dos electrodos con forma de arpón. Acto seguido, estos dardos se clavan en el objetivo mientras el cable conductor los mantiene conectados a la pistola y se produce la descarga eléctrica. Finalmente, la descarga continúa mientras el agente aprieta el gatillo, normalmente entre uno y cinco segundos.

Este mismo informe señala también que la pistola es más efectiva cuanto más separada esté del objetivo. Esto es porque, de los dos dardos que dispara, uno sale en línea recta y el inferior lo hace con cierta inclinación para así interferir “en una mayor superficie muscular”. Esto quiere decir que es posible que a poca distancia sólo se clave uno de los dardos, por lo que el circuito no se cerrará y la persona no recibirá la descarga eléctrica.

Qué daños provoca una pistola Taser

La utilización de este tipo de armas es muy controvertida. Puede matar. Y es que, pese a ser un caso aislado que se investiga, este tipo de armas no son inocuas y contemplan factores de riesgo potencial como cardiopatías previas o estado de intoxicación. Estas dolencias previas pueden ser desconocidas por parte de la Policía en el momento de su utilización lo que podría poner en peligro la vida de la persona que recibe la descarga.

Según los expertos, si una persona recibe una descarga de un dardo táser cerca del pecho, podría provocar un rápido aumento del ritmo cardiaco de la persona. Por ejemplo, si alguien en reposo tiene desde 72 latidos por minuto podría llegar hasta 220 latidos por minuto tras la descarga.

A esto hay que sumar la sensación paralizante, un dolor intenso, contracciones incontrolables en los músculos, entre otros muchos efectos.

En qué países es legal la pistola Taser

Alrededor de 110 países cuentan con un total de 850.000 pistolas tipo táser. En Estados Unidos son legales para los ciudadanos de muchos estados, que tienen competencias para legislar su posesión y uso. También es legal en la mayoría de los principales países de la Unión Europea, como sucede en Francia con la Policía Nacional y los gendarmes franceses, que emplean estas armas desde 2006.

Sin embargo, en Alemania e Italia estas armas están prohibidas desde hace casi 10 años, aunque desde 2010 las pueden usar algunos cuerpos especiales de la policía, siendo consideradas como armas de fuego. Algo parecido sucede en Reino Unido, sobre todo después de las numerosas muertes que ha habido en relación con el uso de estas pistolas.

La pistola Taser es un Arma de electrochoque

Un arma de electrochoque es un arma diseñada para incapacitar a una persona o animal mediante descargas eléctricas que imitan las señales nerviosas y confunde a los músculos motores, principalmente brazos y piernas, inmovilizando al objetivo temporalmente. El dispositivo TASER ha recibido fuertes críticas por parte de organizaciones de derechos humanos,​ así como por el Comité contra la Tortura de la Organización de las Naciones Unidas, que dictaminó que el uso de armas táser provoca un dolor intenso, constituye una forma de tortura, y en algunos casos, puede incluso causar la muerte.El 90 % de las personas que sufren un ataque táser están desarmadas en el momento del ataque.​

El arma eléctrica M-26 TASER.

Una de las más conocidas es el arma eléctrica TASER o pistola eléctrica (llamada también pistola de corriente), que dispara proyectiles que administran una descarga eléctrica a través de un cable. Otras armas de electrochoque administran las descargas mediante contacto directo, como el bastón eléctrico.

Características técnicas

El dispositivo TASER (acrónimo de Thomas A. Swift’s Electric Rifle que proviene de la novela Tom Swift and his electric rifle, en la que Tom Swift, personaje favorito de ficción de su inventor, John H. Cover, y protagonista de una serie de obras infantiles escritas por Victor Appleton entre 1910-1941, crea un rifle eléctrico) fue diseñado por John H. Cover, piloto de bombardero durante la Segunda Guerra Mundial y más adelante fuera director científico del North American Aerospace’s Apollo Moon Landing Program. Es eficaz hasta 7,6 metros mediante el disparo de dos dardos unidos a sendos cables eléctricos, que transmiten los pulsos desde el arma hasta el agresor, si bien también funciona por contacto. Hasta julio de 2008 más de 1.400.000 personas probaron los efectos del dispositivo TASER, bien en intervenciones policiales o bien voluntariamente.

El dispositivo TASER creando un arco eléctrico entre los dos electrodos.

El arma eléctrica TASER moderna dispara dos dardos que contienen electrodos que se conectan con el arma mediante unos alambres de metal. El arma envía las cargas eléctricas a los electrodos, que al ser proyectados sobre una persona, descontrolan los músculos motores incapacitándola. Al principio los efectos de los primeros modelos tenían una cierta dificultad para traspasar la ropa gruesa, pero los últimos diseños son capaces de traspasar un chaleco antibalas.

Porra de descarga eléctrica

Este tipo de Stun-Gun es parecido al que se utiliza para controlar el ganado siendo igual que una porra eléctrica TASER con menos potencia, con 7200 voltios y utilizada para la defensa personal. Tiene un extremo de metal compuesto por dos electrodos conectados a una batería que incluye el artefacto. En el otro extremo del eje se compone por un mango y un interruptor. En algunos casos este dispositivo se camufla en paraguas, teléfonos móviles, linternas e incluso estilográficas. Tienen a veces una opción de arco voltaico visible y ruidoso que se utiliza para advertir al contrario. Suele utilizar baterías recargables.

Legalidad de la pistola taser

Su uso está autorizado generalmente en niveles de amenaza muy inferiores al que requiere el uso de armas de fuego, apareciendo en ocasiones en el nivel inmediatamente superior a las órdenes verbales.​

Australia

La posesión, posesión y uso de una pistola paralizante (incluidos los DEC TASER) por parte de civiles está considerablemente restringida, si no ilegal, en todos los estados y territorios. La importación a Australia está restringida y se requieren permisos.

El uso de armas paralizantes en la aplicación de la ley australiana es el siguiente:

Policía Federal Australiana y Territorio de la Capital Australiana: utilizado solo por oficiales adscritos al Grupo de Respuesta de Especialistas que intervienen en secuestros y Sargentos de tareas generales calificados (patrulla) dentro de las carteras de Policía y Aviación de ACT y miembros calificados de Equipos de apoyo de especialistas en las oficinas regionales.

Argentina

En Argentina su uso ha generado diversas polémicas en 2010, la corte falló contra el uso de cinco armas eléctricas TASER importadas por la Policía Metropolitana de Buenos Aires, estableciendo que las armas TASER son consideradas instrumento de tortura por parte de ONG y del Comité contra la tortura de la ONU.​

Dicho fallo de la justicia nacional fue revocado en 2015 por parte del Tribunal Superior de Justicia porteño.​Tras el fallo del tribunal porteño integrado por 3 jueces el país fue denunciado ante la corte Interamericana de derechos humanos.​En 2016 la entonces política y Ministra de seguridad Patricia Bullrich autorizó el uso masivo de pistolas taser en las fuerzas federales lo que le valió múltiples denuncias. Justificando la necesidad de subuso argumentando que «las pistolas taser son como pistolas de agua que usan los chicos para jugar ​

En 2020 la Ministra de Seguridad de la Nación Sabina Frederic había elaborado un protocolo limitado su uso (restringiéndolas a reducido personal y en casos particulares), fundado en argumentos provenientes de ONGs y diversos estudios.[

Diversas localidades han indicado acciones para la compra de pistolas taser como la Provincia de Buenos Aires.​

España

Las armas eléctricas TASER son usadas por la policía regional Mozos de Escuadra de la comunidad autónoma de Cataluña, situada en el nordeste de la península ibérica. Son utilizadas también por numerosas policías locales de toda España.​

Francia

Las armas eléctricas TASER son usadas por la Policía Nacional de Francia y la Gendarmería. En septiembre de 2008, estuvieron disponibles para la Policía Municipal por un decreto, pero en septiembre de 2009, el Consejo de Estado revocó la decisión al juzgar que las especificidades del arma requerían una regulación y control más estrictos.​Sin embargo, desde el asesinato de una mujer policía en servicio, los dispositivos TASER han estado en uso nuevamente por las fuerzas policiales locales, desde 2010.

Argumentos a favor de la pistola taser

  • El táser genera en vacío 50 000 V, pero en contacto con la persona cae a 400 V con una corriente de 2,1 mA, lo que presuntamente lo hace no letal para el humano. Esa postura ha sido sostenida por un estudio del Instituto de Medicina Legal de Málaga en Cuadernos de Medicina n.º 35 de 2004

Tienen la consideración de arma no letal por la poca intensidad de la descarga producida, entre 3 a 5 mA. «El efecto letal de la descarga depende de la corriente mA, no del voltaje».

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  • Debido a su presunta no letalidad, el arma ha sido utilizada en situaciones en las que no habría estado justificado el uso de armas de fuego.​
  • Un estudio publicado en el American Journal of Public Health, que analizó la situación de diferentes casos de implementación de estas armas en policías estadounidenses, concluyó que la cantidad de lesiones bajó significativamente (entre un 25 y un 62 %), tanto para civiles como policías, luego de la implementación de estas armas.​

Argumentos en contra de la pistola taser

  • Taser International, una de las principales firmas fabricantes, admitió en el año 2005 que el arma puede ser letal.​
  • El 90% de las personas que sufren un ataque táser están desarmadas en el momento del ataque.​
  • 269 personas murieron entre 2001 y 2007 tras recibir descargas por armas táser por parte de la Policía, en 39 de los cuales la autopsia determinó el táser como posible contribuyente. En algunos casos, las muertes han sido atribuidas a la restricción física y estrés durante el arresto (con y sin táser) al fenómeno llamado «Sudden Death Following Restraint» (en español: «muerte súbita por la retención») como fue el caso del pasajero Robert Dziekanski en Canadá.​
  • Al margen de su letalidad, el uso del táser produce un fuerte dolor en la persona objetivo sin dejar grandes marcas, por lo que la policía puede emplearla como arma de tortura encubierta:

El problema de las táser es que se prestan de forma inherente a cometer abusos, ya que son fáciles de llevar y fáciles de utilizar, y pueden infligir dolor físico equivalente a un calambre a nivel cuerpo con sólo pulsar un botón y sin dejar señales importantes. Hubo incluso personas a las que se les aplicaron descargas por no cumplir una orden policial tras haber quedado incapacitadas por una primera descarga.

Amnistía Internacional​

  • Un estudio de la Canadian Broadcasting Corporation demostró que al menos un 10% de las armas táser entregaban más potencia de la que debían.​
  • El Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura ha sostenido que el uso de estas armas «causa severo dolor que constituye una forma de tortura» y ha recomendado a los estados miembros que «consideren abandonar el uso de armas eléctricas táser«​
  • El Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de la Discriminación Racial ha sostenido que las armas de tipo táser han sido «burdamente mal usadas», y empleadas «desproporcionadamente» contra población negra y latina.​
  • En el período de junio de 2001 a marzo de 2007, solamente en los Estados Unidos, 150 personas murieron bajo custodia policial después de que se usaran «tásers» contra ellas.

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Spray pimienta, llévalo siempre pero que nunca lo tengas que utilizar

Spray pimienta, llévalo siempre pero que nunca lo tengas que utilizar

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Siempre lleva contigo un spray pimienta (comprar en Amazon) para protección personal, esperando no tener que usarlo nunca. Garantiza tu seguridad en cualquier situación.

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Si eres un vigilante de seguridad o trabajas en el ámbito de la vigilancia y protección, sabrás que tu seguridad personal (Comprar en Amazon) es primordial. En situaciones de peligro, contar con un spray de defensa personal puede marcar la diferencia entre la vida y la muerte.

El spray pimienta es un dispositivo de seguridad personal ampliamente utilizado para protegerse de agresiones y garantizar la seguridad en el entorno laboral de un vigilante de seguridad. También conocido como gas pimienta o gas OC, se trata de un aerosol que contiene capsaicina, una sustancia irritante derivada de los pimientos picantes.

El spray de defensa personal(Comprar en Amazon) es una herramienta muy efectiva para repeler ataques y disuadir a posibles agresores. Su principal ventaja radica en su facilidad de uso y portabilidad, ya que normalmente se presenta en un formato compacto y ligero que se puede llevar en el cinturón o en el bolsillo.

En situaciones de riesgo, un vigilante de seguridad puede utilizar el spray pimienta para incapacitar temporalmente a un agresor. Al entrar en contacto con los ojos y las vías respiratorias, la capsaicina provoca una intensa irritación, lo que dificulta la visión y la respiración del atacante, dándote tiempo para alejarte y solicitar ayuda.

Sin embargo, es importante recordar que el uso del spray pimienta debe ser siempre un último recurso.

Como profesional de la seguridad, tu objetivo principal es la prevención y evitar situaciones de riesgo.

Utilizar el spray de defensa personal solo debe ser considerado cuando no existe otra opción y tu vida o integridad física están en peligro inminente.

En resumen, el spray pimienta Comprar en Amazon) es un arma no letal y muy efectiva para la seguridad personal de un vigilante de seguridad. Sin embargo, su uso debe ser siempre juicioso y responsable, teniendo en cuenta las normativas legales y éticas. Recuerda que tu tarea principal es garantizar la seguridad de las personas y prevenir situaciones de riesgo, y el spray de defensa personal solo debe ser utilizado como último recurso en caso de emergencia.

¿Qué es el spray de defensa personal?

El spray de defensa personal, también conocido como spray pimienta, es un producto utilizado para protegerse ante situaciones de peligro. Es un dispositivo de autodefensa que contiene una sustancia química irritante, generalmente capsaicina, que proviene de los chiles.

Este aerosol puede ser utilizado por cualquier persona que desee incrementar su seguridad personal, aunque su uso frecuente se da en profesionales del área de la seguridad, como los vigilantes de seguridad o los encargados de la vigilancia y protección.

El spray de defensa personal es una herramienta útil en situaciones de riesgo, ya que su uso causa una intensa irritación en los ojos, la garganta y la piel, dificultando así los ataques y ofreciendo tiempo para escapar o buscar ayuda.

Spray de defensa personal: una opción para la seguridad personal

En un mundo cada vez más peligroso, es fundamental contar con opciones que nos permitan protegernos. El spray de defensa personal se ha convertido en una opción popular debido a su efectividad y fácil manejo.

Los vigilantes de seguridad, en particular, encuentran en el spray de defensa personal una herramienta de gran utilidad para llevar a cabo su trabajo de manera segura. La posibilidad de poder repeler un ataque a distancia, sin tener que recurrir a la fuerza física, es un gran beneficio para estos profesionales.

Asimismo, el spray de defensa personal puede ser utilizado por cualquier persona que busque incrementar su seguridad personal, ya sea en actividades cotidianas o en situaciones específicas donde se sienta vulnerable.

  • El spray de defensa personal (Comprar en Amazon) es de fácil manejo y transporte, lo que permite llevarlo en el bolso o en el bolsillo sin inconvenientes.
  • Es una opción no letal, lo que implica que su uso no tiene consecuencias graves para la salud del agresor.
  • Su efecto incapacitante es temporal, brindando la oportunidad de escapar o buscar ayuda antes de que el agresor se recupere.

En conclusión, el spray de defensa personal es una herramienta eficaz y accesible para promover la seguridad personal. Su uso, tanto por parte de profesionales de la seguridad como por personas comunes, puede marcar la diferencia en situaciones de peligro. Es importante tener en cuenta que su uso debe ser responsable y dentro de los límites legales establecidos.

¿Por qué los vigilantes de seguridad llevan spray pimienta?

El spray pimienta se ha convertido en una herramienta esencial para los vigilantes de seguridad en su labor diaria de protección y vigilancia. Este producto, también conocido como spray de defensa personal, se utiliza para disuadir y neutralizar a posibles agresores, proporcionando a los vigilantes de seguridad una mayor seguridad personal y garantizando la protección de sus clientes y de ellos mismos.

El spray pimienta contiene una sustancia química llamada capsaicina, derivada de los pimientos picantes, que al ser pulverizada produce un intenso ardor y provoca irritación en los ojos, nariz y piel del agresor. Esta reacción temporalmente incapacita al agresor, permitiendo al vigilante de seguridad actuar de manera rápida y eficaz para controlar la situación.

Los vigilantes de seguridad se enfrentan a diversos riesgos en su trabajo diario, como situaciones de violencia, agresiones o robos. El spray pimienta les ofrece una herramienta no letal para hacer frente a estos peligros, sin ocasionar daño permanente a los agresores. Asimismo, el uso de este spray proporciona una forma de defensa adecuada para los vigilantes, evitando que tengan que recurrir a métodos más agresivos para protegerse a sí mismos y a quienes están a su cuidado.

Además de su efectividad como medida de seguridad personal, el spray pimienta también es fácil de llevar y de utilizar. Su tamaño compacto permite que los vigilantes de seguridad lo puedan llevar consigo de manera discreta, asegurando una rápida respuesta ante cualquier situación de peligro. Asimismo, su mecanismo de pulverización garantiza una aplicación precisa y efectiva del spray, minimizando el riesgo de errores en su uso y maximizando su eficiencia.

En resumen, el spray pimienta se ha convertido en una herramienta imprescindible para los vigilantes de seguridad, proporcionándoles una mayor seguridad personal en el desempeño de su labor de vigilancia y protección. Su efectividad, facilidad de uso y carácter no letal hacen de este spray de defensa personal una opción altamente recomendable para garantizar la seguridad de los vigilantes y de quienes dependen de ellos.

Importancia de la vigilancia y protección personal

En la actualidad, la seguridad personal se ha convertido en una preocupación constante para muchas personas. Con el aumento de la delincuencia y la violencia, es fundamental contar con medidas de protección adecuadas. En este sentido, el vigilante de seguridad juega un papel crucial.

La vigilancia y protección personal son aspectos fundamentales para garantizar la integridad de las personas. Para ello, existen diferentes métodos y herramientas que pueden ayudar en esta tarea. Una de las opciones más efectivas es el uso de un spray de defensa (Comprar en Amazon).

El spray pimienta es un dispositivo que contiene una sustancia irritante que, al ser rociada en el rostro de un agresor, provoca ardor, lagrimeo y dificulta la visión. Este spray es una herramienta de autodefensa que puede ser utilizada por cualquier persona.

En situaciones de peligro, el uso de un spray de defensa personal puede ser determinante para neutralizar a un agresor y ganar tiempo para escapar o solicitar ayuda. Además, su tamaño compacto facilita su transporte y uso discreto.

Es importante destacar que el vigilante de seguridad debe estar capacitado para utilizar este tipo de herramientas de forma apropiada y responsable. La seguridad personal es una responsabilidad de todos, y contar con profesionales entrenados en vigilancia y protección puede marcar la diferencia en situaciones de emergencia.

Cómo utilizar correctamente el spray pimienta

El spray de defensa personal, también conocido como spray pimienta (Comprar en Amazon, es una herramienta muy útil para la seguridad personal. Es utilizado tanto por vigilantes de seguridad como por personas que buscan protección en situaciones de peligro o emergencia.

Para utilizar correctamente el spray pimienta, es importante seguir algunos pasos:

1. Conoce la legislación local

Antes de usar cualquier tipo de spray de defensa personal, asegúrate de conocer la legislación vigente en tu área. Algunas jurisdicciones pueden restringir o hasta prohibir su uso, por lo que es importante informarte y cumplir con los requisitos legales.

2. Familiarízate con el spray pimienta

Antes de necesitar usarlo en una situación real, es recomendable familiarizarte con tu spray de defensa personal. Lee las instrucciones del fabricante y practica su manejo en un lugar seguro. Esto te permitirá utilizarlo de manera efectiva cuando sea necesario.

3. Mantén el spray pimienta accesible

Es importante llevar el spray de defensa personal en un lugar de fácil acceso, especialmente en situaciones de mayor riesgo. Una buena opción es tenerlo en un bolsillo o en un cinturón de seguridad.

4. Apunta al rostro del agresor

En caso de necesitar utilizar el spray pimienta, apunta directamente al rostro del agresor. Esto se debe a que el spray tiene efecto inmediato en los ojos, nariz y boca, dificultando la visión y la respiración.

5. Mantén la distancia adecuada

Es importante mantener una distancia segura del agresor antes de utilizar el spray pimienta. Esto permitirá que el aerosol tenga un alcance efectivo y no seas alcanzado por su ataque.

Recuerda que el spray de defensa personal es una herramienta de protección, pero su uso debe estar justificado y seguir las pautas legales. Siempre es recomendable recibir instrucción y entrenamiento adecuado para su correcto uso.

Beneficios de llevar siempre un spray pimienta

El spray pimienta es un dispositivo de defensa personal ampliamente utilizado por los vigilantes de seguridad, ya que ofrece una gran ventaja en situaciones de riesgo. Este aerosol de pimienta(Comprar en Amazon) se utiliza para incapacitar temporalmente a un agresor, permitiendo que el vigilante de seguridad pueda escapar o pedir ayuda. A continuación, mencionaremos algunos de los beneficios de llevar siempre un spray pimienta:

  1. Protección personal: El spray pimienta es una herramienta eficaz para protegerse ante una posible agresión. Su capacidad para irritar los ojos y dificultar la respiración del agresor, permite ganar tiempo y buscar una salida segura.
  2. Disuasión: Solo el hecho de mostrar el spray pimienta puede disuadir a posibles agresores, ya que conocen sus efectos y prefieren evitar un enfrentamiento.
  3. Versatilidad: El spray pimienta viene en diferentes tamaños y formatos, lo que facilita su transporte y uso. Puede llevarse en el cinturón o en un bolsillo, siempre a mano y listo para ser utilizado en caso necesario.
  4. Fácil de usar: No requiere un entrenamiento especializado para utilizarlo. El vigilante de seguridad puede aprender rápidamente cómo desplegar el spray pimienta, maximizando su eficacia en situaciones de emergencia.
  5. Efecto temporal: El spray pimienta causa una sensación extrema de ardor y dolor, pero no causa daños irreparables. Los efectos desaparecen en poco tiempo, permitiendo que el agresor se recupere sin secuelas permanentes.

En resumen, llevar un spray pimienta ofrece una ventaja indiscutible al vigilante de seguridad. Además de su capacidad para incapacitar a un agresor, el simple hecho de mostrarlo puede disuadir a posibles atacantes. Su versatilidad y facilidad de uso lo convierten en una herramienta práctica para la protección personal. Así que, si estás en el ámbito de la vigilancia y protección, considera siempre llevar contigo un spray de defensa personal para garantizar tu seguridad personal.

Otros dispositivos de defensa personal recomendados

Además del spray de defensa personal, existen otros dispositivos que los vigilantes de seguridad y las personas que buscan protección y vigilancia pueden utilizar para aumentar su seguridad personal. Estos dispositivos son altamente efectivos y fáciles de usar, por lo que son recomendados para cualquier persona que desee tener una mayor tranquilidad en su día a día.

  1. Alarma personal: Esta pequeña alarma emite un ruido intenso cuando se activa, lo que puede disuadir a posibles agresores y llamar la atención de las personas cercanas.
  2. Lámpara táctica: Estas lámparas son ideales para situaciones de poca iluminación, ya que proporcionan una luz brillante y también pueden utilizarse como un arma defensiva ante un ataque inesperado.
  3. Espátula de defensa personal: Este dispositivo es compacto y fácil de transportar. Se utiliza como una herramienta de autodefensa para bloquear golpes y neutralizar a los agresores.
  4. Apito: Un apito puede ser una excelente opción para atraer la atención de otras personas en caso de peligro. Su sonido agudo y estridente puede hacer que los agresores huyan y alertar a los demás de la situación.
  5. Sistema de localización GPS: Este dispositivo permite a las personas notificar su ubicación exacta en caso de emergencia. Es especialmente útil para los profesionales de la seguridad y vigilancia que trabajan en solitario.

Estos dispositivos de defensa personal complementan al spray de pimienta y brindan una capa adicional de seguridad. Además, es importante mencionar que contar con un vigilante de seguridad o servicios de vigilancia y protección profesionales también es fundamental para garantizar la seguridad personal en todo momento. No obstante, es recomendable adquirir estos dispositivos y conocer cómo utilizarlos de manera adecuada para responder a situaciones de riesgo de la mejor manera posible.

La importancia de recibir la formación adecuada

En el ámbito de la seguridad personal, la protección y la vigilancia son aspectos fundamentales. Un vigilante de seguridad debe estar preparado para enfrentar situaciones de peligro y garantizar la integridad de las personas y los bienes que custodia. En este sentido, el uso del spray de defensa personal, como el spray pimienta, es una herramienta eficaz para neutralizar posibles agresiones.

El spray pimienta, también conocido como gas lacrimógeno, es un dispositivo de autodefensa utilizado ampliamente por los vigilantes de seguridad. Su poderoso efecto incapacitante puede generar una sensación de ardor en los ojos y dificultar la respiración del atacante, brindando al vigilante el tiempo necesario para tomar medidas adicionales de protección o solicitar ayuda.

Sin embargo, es esencial destacar la importancia de recibir la formación adecuada en el uso del spray de defensa personal. Un buen entrenamiento en técnicas de seguridad personal garantizará que el vigilante de seguridad sepa utilizar el spray de manera efectiva y responsable, evitando así el mal uso y los posibles daños colaterales.

En la formación, se abordarán diferentes aspectos, como la legislación vigente en cuanto al uso de estos dispositivos, las técnicas más adecuadas para su aplicación y los protocolos de actuación en situaciones de riesgo. Es crucial que los profesionales de la seguridad estén preparados para afrontar diversas situaciones y sepan cómo actuar de manera adecuada y proporcional.

En resumen, el spray pimienta es una herramienta importante en la seguridad personal y su uso adecuado puede marcar la diferencia en situaciones de peligro. Sin embargo, es fundamental recibir la formación necesaria para utilizar este dispositivo de manera responsable y efectiva. La capacitación en técnicas de seguridad personal garantizará que el vigilante de seguridad esté preparado para proteger eficazmente a las personas y los bienes bajo su custodia.

Recuerda: el spray pimienta es solo una herramienta

En el trabajo de un vigilante de seguridad, la vigilancia y protección son elementos clave para garantizar la seguridad personal de las personas y los bienes. Uno de los recursos que puede utilizar un vigilante de seguridad para protegerse a sí mismo y a los demás es el spray de defensa personal, también conocido como spray pimienta.

El spray pimienta es un dispositivo de seguridad que contiene una sustancia irritante, como capsaicina, que provoca una reacción intensa en los ojos y en las vías respiratorias de quien lo recibe. Es una herramienta eficaz para repeler un ataque y ganar tiempo para pedir ayuda o huir de una situación de peligro.

Es importante destacar que el spray pimienta es solo una herramienta y no debe considerarse como una solución definitiva. Los vigilantes de seguridad deben recibir una formación adecuada en el uso correcto y legal de este tipo de dispositivos, así como en tácticas de defensa personal y resolución de conflictos.

Además, el spray pimienta no es apto para todas las situaciones. Es ineficaz en entornos con viento fuerte, ya que puede dispersarse fácilmente y afectar al propio vigilante de seguridad o a personas inocentes. También debe ser utilizado con precaución y solo como último recurso, evitando su uso excesivo o innecesario.

En resumen, el spray pimienta es una herramienta útil para un vigilante de seguridad en situaciones de peligro inminente. Sin embargo, su uso debe ser responsable y complementarse con técnicas de vigilancia y protección adecuadas. No olvides que la seguridad personal es un trabajo continuo que requiere de formación, preparación y profesionalismo.

FAQS – Preguntas frecuentes sobre el spray pimienta

¿Cuál es el spray de defensa personal?

El spray de defensa personal, también conocido como spray pimienta, es un dispositivo no letal que contiene una sustancia irritante llamada capsaicina. Se utiliza para incapacitar temporalmente a un atacante o agresor, provocando ardor, lagrimeo, dificultad para respirar y desorientación.

¿Por qué los vigilantes de seguridad llevan spray pimienta?

Los vigilantes de seguridad suelen llevar spray pimienta como una herramienta adicional para su protección y la de otras personas. El spray pimienta les permite neutralizar a un agresor de manera efectiva sin causar daño permanente, lo cual es especialmente importante en situaciones en las que el uso de fuerza letal no está justificado.

¿Cuál es la importancia de la vigilancia y protección personal?

La vigilancia y protección personal son fundamentales para garantizar nuestra seguridad y la de nuestros seres queridos. Estar alerta a nuestro entorno, tomar medidas preventivas y contar con herramientas como el spray pimienta nos ayudan a evitar posibles situaciones de peligro o a responder de manera efectiva en caso de que nos veamos amenazados.

¿Cómo utilizar correctamente el spray pimienta?

Para utilizar correctamente el spray pimienta, se recomienda seguir los siguientes pasos:

  1. Verificar la fecha de caducidad y el funcionamiento del dispositivo.
  2. Mantener el spray pimienta en una posición adecuada y firme.
  3. Apuntar hacia los ojos y la cara del agresor a una distancia de 1 a 3 metros.
  4. Presionar el botón para liberar una ráfaga corta y continua del spray.
  5. Moverse hacia un lugar seguro y buscar ayuda.

¿Cuáles son los beneficios de llevar siempre un spray pimienta?

Al llevar siempre un spray pimienta, se obtienen los siguientes beneficios:

  • Incremento de la sensación de seguridad personal.
  • Capacidad de defensa rápida y eficaz en caso de amenaza.
  • Disuasión de posibles agresores al mostrar una herramienta de autodefensa.
  • No causa daño permanente ni lesiones graves.
  • Es una opción accesible y fácil de utilizar para todas las personas.

¿Cuáles son otros dispositivos de defensa personal recomendados?

Además del spray pimienta, existen otros dispositivos de defensa personal recomendados, como:

  • Alarmas personales: emiten un sonido estridente para alertar y disuadir a posibles agresores.
  • Defensa eléctrica: dispositivos que emiten una descarga eléctrica de baja intensidad.
  • Autodefensa táctil: llaveros o bolígrafos con punta de vidrio o acero para romper cristales o golpear en caso de emergencia.

¿Es importante recibir la formación adecuada para el uso del spray pimienta?

Sí, es muy importante recibir la formación adecuada para el uso del spray pimienta. Aprender a utilizarlo de manera efectiva y segura, así como conocer las leyes y regulaciones en relación a su uso, nos permite maximizar su eficacia y evitar situaciones indeseadas.

¿Cuál es la importancia de recordar que el spray pimienta es solo una herramienta?

Es importante recordar que el spray pimienta es solo una herramienta de defensa personal. Si bien puede ser efectivo en muchas situaciones, su uso debe ser considerado como último recurso y siempre debe acompañarse de medidas preventivas, como mantenernos alerta, evitar situaciones de riesgo y buscar ayuda en caso necesario.

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Quien protege a los Vigilantes de Seguridad

Quien protege a los Vigilantes de Seguridad

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Figura de Agente de la Autoridad a los vigilantes de Seguridad

Hay que reclamar mayor protección jurídica y elementos de autoprotección para este colectivo que aglutina a muchísimo trabajadores pertenecientes a un montón de empresas de seguridad privada.

Otras formas de proteger al que protege

Los vigilantes de seguridad, esos profesionales que hacen su trabajo muchas veces de forma callada, siempre pendientes de protegernos, ¿a qué riesgos están expuestos?, ¿los podemos proteger? Nuestro experto en el tema, Gabriel Rodríguez, nos explica en profundidad como deben hacerlo desde su propia empresa y desde la empresa en la que prestan sus servicios

Cuando un técnico de prevención se plantea realizar una evaluación de riesgos para vigilantes de seguridad, los primeros riesgos que le vienen a la mente son aquellos que pueden ocasionarle daños a la salud más inmediatos, y probablemente le saldrá una lista similar a esta:

  • Incidentes y agresiones en el desarrollo de sus funciones.
  • Incidentes al operar en ocasiones con armas de fuego.
  • Factores de riesgos asociados a los lugares de trabajo donde el personal de Seguridad realice su trabajo, (obras de construcción, industrias, aparcamientos, etc.).
  • Fatiga física por exposición a posturas forzadas.
  • Exposición a condiciones climáticas adversas al realizar trabajo en exterior.
  • Exposición a ruido en las prácticas de tiro.
  • Riesgo biológico en aquellos servicios que se realicen con perros.
  • Accidentes de tráfico (coches patrulla, motoristas de servicio acuda, etc.).

Para todo este tipo de riesgos podemos recurrir a las medidas preventivas convencionales, destacando por encima de todas ellas disponer de una buena formación en prevención de riesgos laborales.

Pero hay que centrarse tambien en  riesgos que pasan más desapercibidos, y que en muchos casos no se les da la importancia que merecen en las evaluaciones de riesgos; hablamos de la realización de tareas monótonas, del trabajo a turnos y nocturno, del trabajo en solitario, con el agravante de realizarlo en un entorno de empresa cliente.
Para tratar de minimizar estos riesgos es fundamental que la empresa cliente y la empresa de seguridad concesionaria del servicio realicen un análisis previo a la contracción.*Cosa que nunca hacen y que lo unico que les importa es la pela}

Aspectos a tener en cuenta:

  • Se deben garantizar unas buenas condiciones ergonómicas del puesto que ocupará el vigilante de Seguridad. Es bastante habitual ver puestos de vigilantes muy mal acondicionados, que no cumplen con los requisitos legales mínimos.Ante esto que han los Sindicatos, pues os respondo NADA DE NADA
  • Si el servicio implica trabajo a turnos debe considerarse los efectos negativos sobre la salud de las personas que provocan, fundamentalmente el turno de noche. Por una parte se ve alterado el equilibrio biológico, debido al desfase de los ritmos corporales y los cambios en los hábitos alimentarios, y por otro lado se pueden producir alteraciones en la vida familiar y social. Aunque no existe el diseño de una organización de turnos óptima, pueden establecerse unos criterios para conseguir unas condiciones más favorables. La actuación debe basarse, principalmente en intentar respetar al máximo los ritmos biológicos de vigilia-sueño y alimentación, así como las relaciones familiares y sociales. Siempre favorece a todo ello, el contar con la participación de los trabajadores en el diseño de los turnos.
  • Si el servicio implica el trabajo nocturno en solitario será necesario analizar los medios que eviten el aislamiento del vigilante, es más que recomendable establecer llamadas programadas regularmente a la central para asegurarse que no hay incidencias en el servicio y también son adecuadas las visitas regulares de los inspectores de su empresa; en definitiva medidas que les garanticen la seguridad física y mitiguen la sensación de soledad que acompaña este tipo de servicios.
  • Si en la actividad del vigilante implica relación y el trato directo con el público, hay que considera que este puede ocasionar fatiga y situaciones conflictivas debido a la tensión generada por desbordamiento, intervenciones en caso de observar hurtos, denegación del acceso a locales a personas que no reúnen requisitos de autorización, etc. Para ayudar al personal de seguridad privada a reconducir estas situaciones debemos:
    • Dar a conocer las ayudas de la organización y de consulta para cada demanda o situación especial que se salga de su ámbito de decisión.
    • Aclararles las pautas de comportamiento a seguir en las diferentes situaciones potencialmente conflictivas: pautarles que ante una reacción violenta de los clientes deben tratar de tranquilizarles exponiendo las razones que motivan la decisión de forma clara y respetuosa. Ante contestaciones fuera de contexto, deben moderar el tono de voz y mantenerse tranquilo, esto ayuda en la mayoría de las ocasiones a reconducir satisfactoriamente la situación.
  • También debemos considerar que el hecho de trabajar en un entorno laboral ajeno a su empresa supone en muchos casos una desagradable sensación de desarraigo; el vigilante percibe diferentes condiciones laborales, diferente trato, mayor inestabilidad en su ocupación, ausencia de posibilidades de promoción; en definitiva menor valoración de su trabajo, lo que puede generarle una enorme desmotivación en el desempeño de sus funciones. Para evitar esta percepción es necesario que la empresa cliente integre al personal de seguridad en su día a día, haciéndoles sentirse uno más del grupo, dando el peso que merece la aportación de su trabajo a la empresa.

Si se tiene en cuenta todos estos factores, la frase con la que muchos vigilantes se despiden de su compañero/a tras el relevo de turno; «buen servicio», pasará de ser un formalismo a ser una realidad, en definitiva estaremos protegiendo a los que nos protegen es decir a nosotros los vigilantes.

Por todo ello y mucho mas pedimos a los que NEGOCIAN EL CONVENIO DE SEGURIDAD PRIVADA 2023

No es exagerado decir, por tanto, que el vigilante de seguridad desempeña, cuando se halla de servicio, una labor “policial” como auxiliar y colaborador de las FCS, quienes, por parte, están obligados a dispensarles un “trato preferente y deferente tanto dentro como fuera de las dependencias policiales”, conforme establece el artículo 34 de la Orden INT/318/2011, sobre la consideración profesional que debe tener el personal de seguridad para los agentes de las FCS.

Cuando se presta un servicio de seguridad los vigilantes de seguridad, además de proteger y garantizar la seguridad del usuario que ha contratado el servicio, desempeñan una labor de interés público; es decir, están contribuyendo a garantizar la seguridad pública al ser la seguridad privada un recurso externo de la seguridad pública en su calidad de actividad complementaria, colaboradora, subordinada y controlada por la seguridad pública.

Para el cumplimiento de tales objetivos el artículo 32 de la Ley de Seguridad Privada les obliga a realizar determinadas funciones de prevención y a intervenir en caso de comisión de una infracción penal o administrativa, con evidente riesgo personal,

Por esta razón, el vigilante de seguridad debería tener el mismo estatuto legal que el agente de policía cuando presta servicio. Una muestra evidente de que el propio legislador asume que el vigilante de seguridad corre un riesgo personal cuando desempeña sus funciones es que les dota legalmente de una protección material, de unos medios de defensa, y de una protección legal a través del reconocimiento de su condición de agente de la autoridad, aunque, en ambos casos, de forma limitada y no sin polémica, discusión y critica por parte algunos sectores “estatistas” que lo confían todo a las “bondades” de las instituciones públicas, y a desterrar las supuestas  “maldades” del sector privado o de instancias civiles, aunque sea evidente que, en la gran mayoría de las ocasiones, contribuyan al bienestar de la sociedad y a la mejor calidad de vida de sus ciudadanos.

El reconocimiento de la condición de agente de la Autoridad es una necesidad para el personal de seguridad y una obligación de los poderes públicos. Es cierto que el actual artículo 31 de la Ley de Seguridad Privada reconoce esa protección, pero con una redacción que se presta a una interpretación restrictiva ya que se afirma que tendrá esa protección legal: “…cuando desarrolle actividades de seguridad en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Esa interpretación restrictiva de la norma viene a sostener que esa protección sólo la tendrán cuando prestan servicio en presencia de los agentes de las FCS. En mi opinión, esa interpretación no es la más ajustada a la necesidad de protección ni tampoco aporta nada nuevo, entre otras cosas porque el Código Penal protege, y venía protegiendo, en su artículo 554, a los que acometan, empleen violencia o intimiden a las personas que acudan en auxilio de la autoridad o sus agentes – por cierto este mismo artículo añade un apartado el 3 b), que castiga a las personas que acometan, o empleen violencia o intimiden gravemente al personal de seguridad con la misma redacción señalada anteriormente-.

Que esta interpretación no es la más adecuada lo pone además de manifiesto el borrador del futuro Reglamento de su Seguridad Privada que, en un artículo 100, considera que la protección la tienen cuando desarrollen determinadas actividades de colaboración u otras que sean propias de un funcionario público (detenciones, registros, identificaciones, etc.), aunque no estén presentes los agentes de Policía.

Lo deseable, para evitar cualquier duda, hubiera sido que el artículo hubiera sido aprobado con la redacción del anteproyecto de ley, y reconocer la protección en cualquier caso cuando se hallen prestando servicio.

Es insostenible decir que no cabe tal reconocimiento porque “un agente de la autoridad no puede estar a las órdenes de un particular”, como sostuvo algún ilustre representante. El vigilante de seguridad, a nivel orgánico, es cierto que está a las órdenes de un particular,- está integrado en una empresa de seguridad como trabajador, e incluso puede recibir instrucciones y órdenes del usuario, especialmente si cuenta con un Director de Seguridad al frente del Departamento de Seguridad – pero en los aspectos funcionales, cuando desempeña las funciones que, no lo olvidemos, constituyen obligaciones que debe desempeñar, no está siguiendo las órdenes de ningún particular sino de la Autoridad Pública, está cumpliendo el mandato de la más alta representación de los ciudadanos cuya expresión es la ley, en este caso la Ley de seguridad privada.

No es lógico ni asumible decir que el vigilante de seguridad es un profesional de seguridad que está obligado a desempeñar unas funciones que, además de en beneficio del usuario, son manifiestamente de interés para la sociedad y para la seguridad pública, con riesgo personal más que evidente como lamentablemente hemos podido comprobar, y después, por formalismos legales o interpretaciones sesgadas o restrictivas, le escatimemos la necesaria protección legal.

No seamos cicateros, reconozcamos que el vigilante de seguridad está realizando una labor de interés público, en beneficio de la sociedad, que no es un trabajador uniformado más sino un auxiliar de las FCS que cuando presta servicio está realizando una labor de prevención en beneficio de la seguridad pública, y reconozcámosle la condición de agente de la autoridad a todos los efectos legales, porque aunque no depende directamente y orgánicamente de ninguna institución pública, sí está vinculado funcionalmente con el servicio público a través de las funciones que debe desempeñar por mandato público.

Que realiza funciones en interés de la seguridad pública lo reconoce la propia Ley de Seguridad privada en su artículo 4 y 32, y se desprende del propio reconocimiento que la ley les otorga para poder utilizar la fuerza para el cumplimiento de sus obligaciones profesionales.

Como es lógico, su actuación está sometida a los principios de actuación que señala el artículo 30 del mismo texto legal, principios o código ético que no difiere sustancialmente del que tiene la Policía, conforme al artículo 5 de la Ley Orgánica 2/86, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. Lo cual implica que el uso de la fuerza por parte del personal de seguridad, y el uso de los medios de defensa, están sujetos y deben respetar siempre los principios de congruencia y proporcionalidad. Es decir, deben utilizar la fuerza y los medios de defensa como último recurso, siempre para cumplir un objetivo legal o para proteger su integridad física o la de terceros, valorando si es necesario recurrir a la misma;  en todo caso, haciendo un uso progresivo de la misma, de menos a más, en atención a las circunstancias del suceso y la agresividad que se pretende contrarrestar; recurriendo siempre al medio más idóneo, siempre del menos lesivo al más lesivo, en función de las circunstancias señaladas, y, en último caso, si es estrictamente necesaria, haciendo un uso proporcionado de la misma, siguiendo el principio de ocasionar el menor daño posible a la persona afectada, o al derecho que haya sido necesario limitar para cumplir con sus objetivos legítimos.

Si el vigilante de seguridad hace un uso idóneo, necesario y proporcional de la fuerza o de un medio de defensa, legalmente, su actuación estará justificada y aunque eventualmente se ocasionara algún daño al particular o a sus derechos – achacable a su injustificado comportamiento de desobediencia o resistencia al vigilante de seguridad- , la actuación del vigilante de seguridad estará amparada por alguna de las causas de justificación que recoge la ley penal para excluir la responsabilidad penal (legítima defensa, cumplimiento del deber, etc.).

No quiero finalizar este artículo sin hacer referencia a la protección material que la ley les reconoce a los vigilantes de seguridad al dotarles para el servicio de determinados medios de defensa. Como he señalado ello no es más que el reconocimiento implícito de que el vigilante de seguridad está realizando una función de carácter pública y que en el cumplimiento de tales obligaciones corre un riesgo personal. Por este motivo se le obliga a ir dotado de unos medios materiales para defender su integridad física o la de terceros.

Pero, ¿son suficientes los medios reglamentarios reconocidos, en los tiempos actuales de creciente conflictividad, y teniendo en cuenta que el vigilante de seguridad presta servicios en los que existe un alto riesgo para ellos y para las personas protegidas ( servicios en colaboración directa con las FCS en virtud del artículo 41 de la Ley, protección de infraestructuras críticas, servicios de vigilancia discontinúa en instalaciones afectas a servicios públicos que pueden ser objeto de sabotaje o atentado  terrorista, etc.)?

Sinceramente, creo que no. Que un vigilante de seguridad, sólo en la gran mayoría de ocasiones, deba prestar determinados servicios provisto de una defensa de goma semirrígida de 50 cm y unos grilletes de manilla, sin más medios es, cuando menos, sorprendente y hasta temerario. Aunque también es cierto que demuestra una gran valentía y profesionalidad por parte de estos profesionales.

Determinados sectores, incluso representantes de organismos públicos, son reacios a dotar de armas de fuego al vigilante de seguridad con posturas y manifestaciones que, en mi opinión, traslucen una falta de confianza en la profesionalidad del personal de seguridad e incluso unos intereses, casi siempre económicos, que no valoran precisamente el riesgo que corre el vigilante de seguridad en determinados servicios.

Seamos sinceros, una vez más, cuando ha interesado, por diversas razones, incluso políticas, se les ha dotado hasta de armas de guerra para que pudieran prestar servicios de protección a buques españoles que naveguen en aguas conflictivas.

Por ello, sería conveniente que, en el futuro reglamento de seguridad privada, desarrollando el artículo 39 y 40 de la Ley, – o reformando el artículo 5 del Reglamento de Armas para posibilitar el uso de otros medios, como ocurre respecto a los “ funcionarios especialmente habilitados”, previa autorización-  se replanteen las características de los medios de defensa que los vigilantes de seguridad deben llevar en el servicio, incluyendo el uso de armas de fuego en aquellos servicios a que se refiere el apartado 2 del artículo 40 de la Ley – (en el número 1, establece los servicios obligatorios con arma: transporte y depósito de fondos, vigilancia en buques, y transporte y depósitos de armas o explosivos-), teniendo en cuenta los riesgos personales y no sólo el coste del servicio. Establecer que, en esas circunstancias de riesgo personal, el uso, o no del arma, quede condicionada a la petición del cliente es una manera encubierta de eliminar el uso del arma de fuego en los servicios.

Tengamos confianza en la profesionalidad del personal de seguridad; exijamos la formación necesaria, si es preciso; impongamos los controles pertinentes, incluso personales, pero no dejemos al vigilante de seguridad desprotegido y sólo ante el peligro.

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Nuestro futuro reglamento de seguridad privada y Centrales de Alarmas dentro de Seguridad Privada

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El Ministerio del Interior está pendiente de aprobar mediante Real Decreto el borrador del nuevo Reglamento de Seguridad Privada. Un borrador que tiene como objeto mejorar el sector de la seguridad privada y adaptarlo a los nuevos tiempos. ¿Cómo? Regulando y controlando, aportando herramientas, coordinando a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad y, sobre todo, adaptando la seguridad a las amenazas actuales.

Necesidad de cambiar el reglamento actual

La seguridad privada es un ente que tiene más de cinco siglos de historia y es el actor principal en la protección de ciudadanos, empresas, instituciones y bienes. Por ello, conviene revisar de manera constante la normativa para adaptarla a los nuevos tiempos.

El actual reglamento se publicó hace tres años: la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. Sin embargo, hace más de 12 años que se aprobó el Reglamento de Seguridad Privada que está vigente en la actualidad.

¿Cuál es el objetivo de la nueva ley?

El nuevo escenario legislativo pretende ser contundente contra el intrusismo laboral y la competencia desleal. Y es que, el sector de la seguridad privada ha visto su imagen dañada tras los últimos acontecimientos. Por otro lado, la nueva norma pretende aprovechar las mejoras de la Ley 5/2014. Todo ello con la colaboración de las administraciones. Tal y como declaró el Ministro del Interior Juan Ignacio Zoido: »Para nosotros es fundamental que la seguridad pública y la privada colaboren y cooperen activamente».

Este nuevo borrador, pendiente de aprobar mediante Real Decreto, ha sido revisado por representantes de la Guardia Civil, Policía, Ministerio del Interior y entidades educativas y empresas directamente relacionadas con la seguridad privada.

Un cambio impulsado, además, por la necesidad de reforzar un sector que cada vez genera más empleos y aumenta su facturación: 3.500 millones de euros en 2016, un 3,6% más que en 2015. En esta línea, cabe destacar el gran volumen de profesionales de la seguridad privada: existen 1.400 despachos de detectives, casi 1.300 centros de formación y 110.000 vigilantes de seguridad.

Claves del borrador

El borrador cuenta con casi 400 páginas donde se detalla el cambio normativo. A continuación se resumen los puntos clave del documento.

  1. Aumentar la eficacia de los servicios de seguridad para dar respuesta a las necesidades de protección y prevención tanto de la ciudadanía como de las instituciones.
  2. Flexibilidad en el marco jurídico para adaptarse con rapidez a los nuevos tiempos.
  3. Creación de un registro. Se denominará Registro Nacional de Seguridad Privada y será único para todo el territorio nacional. Registrará un mapa de los servicios de seguridad privada nacionales para facilitar la coordinación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
  4. Mejora de la relación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad
  5. Incentivos económicos para aquellos que quieran crear empresas de seguridad privada.
  6. Calidad en lo que se refiere a concursos públicos para contratar servicios de seguridad. A partir de ahora, se priorizarán los criterios cualitativos en vez de tener en cuenta solo el precio.
  7. Consideración de Agente de Autoridad: el profesional de seguridad privada será considerado agente de autoridad, siendo protegido en el aspecto jurídico bajo el amparo de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. En la actualidad, la jurisprudencia exige que haya un convenio o acuerdo por escrito entre la Policía y la empresa contratante de los servicios de seguridad.
  8. Servicios mínimos En situaciones de huelga.
  9. Control de accesos: por primera vez se especifican los requisitos en la ejecución de los servicios de control de accesos.
  10. Recopilación de los tipos de servicios que ofrece la seguridad privada.
  11. Regulación de las medidas de seguridad privada en ciertas empresas con la constitución, por ejemplo, de un Departamento de Seguridad.
  12. Seguridad de la Información y Ciberseguridad. Por primera se incluye la seguridad informática en el reglamento y la obligación de adoptar medidas para evitar los ciberataques.
  13. Obligatoriedad de auditorías de seguridad externas en aquellas empresas de seguridad informática y privada que presten servicios enmarcados dentro de las Infraestructuras Críticas. Esta obligatoriedad de las auditorías de seguridad externas es una tendencia cada vez más habitual en todos aquellos sectores económicos y esenciales tales como el financiero o el sector sanitario.

¿Cuándo se aprobará la nueva normativa? No tiene fecha fija prevista. El borrador vio la luz a mediados de este año, teniendo pendiente su aprobación a finales de año.

Aunque en general ha tenido buena acogida, el borrador plantea una serie de puntos negativos.

Entre ellos se destaca la falta de profesionalización del sector. Un sector que cada vez más atrae a menos trabajadores por las condiciones laborales. También se echa de menos una regulación para mejorar la calidad de la formación de los profesionales. Aun con estas lagunas, esta nueva ha supuesto un importante avance en un sector que pedía una reforma inmediata

CENTRALES DE ALARMAS.

Requisitos de conexión.Central de Alarmas

Para conectar aparatos, dispositivos o sistemas de seguridad a centrales de alarmas será preciso que la realización de la instalación haya sido efectuada por una empresa de seguridad inscrita en el registro correspondiente y se ajuste a lo dispuesto en los artículos 40, 42 y 43 de este Reglamento.

Información al usuario.Central de Alarmas

Antes de efectuar la conexión, las empresas explotadoras de centrales de alarmas están obligadas a instruir al usuario del funcionamiento del servicio, informándole de las características técnicas y funcionales del sistema y de las responsabilidades que lleva consigo su incorporación al mismo.

Funcionamiento.Central de Alarmas

1. La central de alarmas deberá estar atendida permanentemente por los operadores necesarios para la prestación de los servicios, que no podrán, en ningún caso, ser menos de dos, y que se encargarán del funcionamiento de los receptores y de la transmisión de las alarmas que reciban.

2. Cuando se produzca una alarma, las centrales deberán proceder de inmediato a su verificación con los medios técnicos y humanos de que dispongan, y comunicar seguidamente al servicio policial correspondiente las alarmas reales producidas.

Servicio de custodia de llaves.Central de Alarmas

1. Las empresas explotadoras de centrales de alarmas podrán contratar, complementariamente, con los titulares de los recintos conectados, un servicio de custodia de llaves, de verificación de alarmas mediante desplazamiento a los propios recintos, y de respuesta a las mismas, en las condiciones que se determinen por el Ministerio del Interior, a cuyo efecto deberán disponer del armero o caja fuerte exigidos con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 de este Reglamento.

Las empresas industriales, comerciales o de servicios que estén autorizadas a disponer de central de alarmas, dedicada exclusivamente a su propia seguridad, podrán contratar los mismos servicios con una empresa de seguridad autorizada para vigilancia y protección.

2. Los servicios de verificación personal de las alarmas y de respuesta a las mismas se realizarán en todo caso, por medio de vigilantes de seguridad, y consistirán, respectivamente, en la inspección del local o locales, y en el traslado de las llaves del inmueble del que procediere cada alarma, todo ello a fin de facilitar a los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad información sobre posible comisión de hechos delictivos y su acceso al referido inmueble.

A los efectos antes indicados, la inspección del Interior de los inmuebles por parte de los vigilantes de seguridad deberá estar expresamente autorizada por los titulares de aquéllos, consignándose por escrito en el correspondiente contrato de prestación de servicios.

3. Cuando por el número de servicios de custodia de llaves o por la distancia entre los inmuebles resultare conveniente para la empresa y para los servicios policiales, aquélla podrá disponer, previa autorización de éstos, que las llaves sean custodiadas por vigilantes de seguridad sin armas en un automóvil, conectado por radio-teléfono con la central de alarmas. En este supuesto, las llaves habrán de estar codificadas, debiendo ser los códigos desconocidos por el vigilante que las porte y variados periódicamente.

4. Para los servicios a que se refieren los dos apartados anteriores, las empresas de seguridad explotadoras de centrales de alarmas podrán contar con vigilantes de seguridad, sin necesidad de estar inscritas y autorizadas para la actividad de vigilancia y protección de bienes, o bien subcontratar tal servicio con una empresa de esta especialidad.

Desconexión por falsas alarmas.Central de Alarmas

1. En los supuestos de conexión de aparatos, dispositivos o sistemas de seguridad con una central de alarmas, con independencia de la responsabilidad y sanciones a que hubiere lugar, cuando el sistema origine dos o más falsas alarmas en el plazo de un mes, el Delegado del Gobierno, que podrá delegar en el Jefe Superior o Comisario Provincial de Policía, requerirá al titular de los bienes protegidos, a través de la dependencia policial que corresponda, para que proceda, a la mayor brevedad posible, a la subsanación de las deficiencias que dan lugar a las falsas alarmas.

2. A los efectos del presente Reglamento, se considera falsa toda alarma que no esté determinada por hechos susceptibles de producir la intervención policial. No tendrá tal consideración la mera repetición de una señal de alarma causada por una misma avería dentro de las veinticuatro horas siguientes al momento en que ésta se haya producido.

3. En caso de incumplimiento del requerimiento, se ordenará a la empresa explotadora de la central de alarma que efectúe la inmediata desconexión del sistema con la propia central, por el plazo que se estime conveniente, que podrá tener hasta un año de duración, salvo que se subsanaran en plazo más breve las deficiencias que den lugar a la desconexión, siendo la tercera desconexión de carácter definitivo, y requiriéndose para una nueva conexión el cumplimiento de lo prevenido en el artículo 42 de este Reglamento. Durante el tiempo de desconexión, el titular de la propiedad o bien protegido deberá silenciar las sirenas Interiores y exteriores del sistema de seguridad.

4. Durante el tiempo que permanezca desconectado como consecuencia de ello un sistema de seguridad, su titular no podrá concertar el servicio de centralización de alarmas con ninguna empresa de seguridad.

5. Sin perjuicio de la apertura del correspondiente expediente, no se procederá a desconectar el sistema de seguridad cuando su titular estuviere obligado, con arreglo a lo dispuesto por este Reglamento, a contar con dicha medida de seguridad.

6. Cuando el titular de la propiedad o bien protegido por el sistema de seguridad no tenga contratado el servicio de centralización de alarmas y la realizare por sí mismo, se aplicará lo dispuesto en el apartado 1 de este artículo, correspondiéndole, en todo caso, la obligación de silenciar las sirenas interiores y exteriores que posea dicho sistema de seguridad, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiera podido incurrir.

Libros registros.Central Alarmas

1. Las empresas de explotación de centrales de alarma llevarán un libro-registro de alarmas, cuyo modelo se ajuste a las normas que apruebe el Ministerio del Interior, de forma que sea posible su tratamiento y archivo mecanizado e informatizado.

2. Las centrales de alarmas que tengan contratado servicio de custodia de llaves indicarán en el libro-registro de contratos cuáles de éstos incluyen aquel servicio

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