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El Supremo condena a prisión a un policía que besó a una detenida en la mejilla sin consentimiento
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El Tribunal Supremo (TS) ha sentenciado que dar un beso sin consentimiento expreso o tácito constituye un delito de agresión sexual y ha ratificado la condena a un año y nueve meses de cárcel a un policía que besó sin consentimiento a una detenida en los calabozos. El TS sostiene que el beso es una «intromisión en la libertad sexual» de la víctima con el propósito de «obtener una satisfacción sexual a costa de otro», y si no hay consentimiento, se trata de una agresión sexual.
Así lo señala la Sala de lo Penal en la sentencia en la que confirma la condena de prisión impuesta a un agente de la Policía Nacional que dio un beso en la mejilla a una detenida sin su consentimiento y después intentó besarla en los labios en los calabozos de los juzgados del Prado de San Sebastián, en Sevilla, el 5 de enero de 2020.
«La clave está en el consentimiento, al punto de que si éste no ha concurrido, ha habido agresión sexual», recalca el Supremo, que insiste en que «no es preciso un ‘no’ de la víctima ante intentos de besar a una mujer», sino que es preciso su consentimiento para que no sea delito. La Sala de lo Penal, con el magistrado Vicente Magro como ponente, señala que «no cabe un contacto corporal inconsentido bajo ningún pretexto si no hay consentimiento».
En este caso, el TS confirma el castigo que la Audiencia de Sevilla impuso al policía por un delito de abuso sexual, que ahora, tras la ley del solo sí es sí, pasa a ser un delito de agresión sexual, con la agravante de prevalimiento y la atenuante de embriaguez.
Los hechos
La Audiencia de Sevilla condenó al agente por un delito de abuso sexual sobre una detenida a la que piropeó, hizo «proposiciones de abrazo y un beso en la cara» y e «intentó besar en la boca», además de realizar otros gestos de índole sexual.
El policía, D. N. Á. M., que «había ingerido alcohol la tarde de los sucesos y se encontraba embriagado y con sus facultades psicofísicas disminuidas», prestaba servicio en la unidad de conducciones de la Brigada Provincial de Seguridad Ciudadana y fue encargado de trasladar a un ciudadano de origen marroquí y a una mujer identificada como L. M. M. G., detenida «como consecuencia de una requisitoria», señala la sentencia de la Audiencia.
Mientras subía a los detenidos al furgón, el policía, «además de interesarse por el motivo de la detención de la mujer, había aprovechado que el otro agente se ausentó momentáneamente para preguntarle si cuando terminaran las diligencias quería salir con él y sus compañeros a tomar unas cañas».
Ya en el juzgado de guardia, el policía quedó custodiando a solas a la mujer en una sala donde ella permanecía sin esposar. «Durante el tiempo en que el acusado estuvo a solas con la detenida en la zona de calabozos, además de lisonjearla con expresiones de que era una buena tarde porque había estado con un chica tan bonita y otras de semejante naturaleza, llegó en un momento a ponerse en pie, y con las manos en las caderas, y haciendo un ligero balanceo, comenzó a mirarse directamente sus genitales y a resoplar para que la detenida se fijara en él y en el estado de excitación en que se encontraba».
Incluso en un papel escrito, «le pidió permiso para poder abrazarla, a lo que ella contestó que no con gestos, lo que no evitó que se acercase y le diese un beso en la mejilla e intentara darle otro beso en los labios, que ella evitó volviendo la cara». Después, le pidió perdón, «le facilitó su número de teléfono en un trozo de papel» y se comprometió a proporcionarle un abogado si guardaba silencio sobre lo ocurrido. La mujer denunció los hechos, renunciando de antemano a toda indemnización.
El consentimiento ha de ser «claro»
El Tribunal Supremo sentencia que «no se trata ya en la actualidad de evaluar si existió ‘oposición de la víctima’ al acto sexual», ya que esto hace referencia «ya a una jurisprudencia antigua», y ahora «es radicalmente distinto». «La clave está, al revés, en si hubo consentimiento», remarca.
No puede entenderse, explican los magistrados, «que exista un derecho de cualquier persona a acercarse a otra y darle un beso cuando la víctima no lo admite como prueba de cariño o afecto», por la circunstancia que sea, sino «como un ataque personal a su intimidad y libertad sexual de consentir o no consentir quién pueda acercarse a la misma para hacer un acto tan íntimo y personal como es darle un beso».
Y ven «evidente» que «el contacto fugaz de un beso no consentido supone una invasión corporal» sobre la víctima, «que no está obligada a admitir actos sobre su cuerpo de contenido sexual, como puede ser un beso inconsentido en su cara». Asimismo, y atendiendo a la realidad social, el Supremo concluye que es «indudable la connotación sexual de este tipo de actos no consentidos, aunque sea fugaz», como fue el citado beso.
Además, el TS explica que el tribunal debe interpretar «las circunstancias del caso» que «evidencien de forma clara y evidente» que existió un consentimiento, algo que debe quedar «bien a las claras». En los casos de «besos robados», sin consentimiento, estamos ante un «ataque a la libertad de la mujer de decidir con quién quiere besarse, o quien acepta y admite que le dé un beso», subraya.
En el caso de los calabozos de Sevilla, el agente se aprovechó de que la víctima estaba detenida, «en un medio hostil por desconocido», y la besó, además de «mirarse directamente sus genitales» y «resoplar para que la detenida se fijara en él», circunstancias todas que no avalaban el consentimiento de la víctima, sino «todo lo contrario».
Sobre el policía, el Supremo expone que no sólo las circunstancias del caso no evidenciaban dicho consentimiento, sino que él era consciente de ello e insistió acercarse y besarla «aprovechándose de que actuaba de vigilante y de la condición de detenida de la víctima, lo que en estos casos les hace sentirse más víctimas».
Los magistrados precisan que el caso sería distinto si entre las dos partes existiera un vínculo personal que admita esa situación como normalizada, ya que si no es así, «ese acto tan privado supone un exceso».
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Un marroquí acuchilla a un hombre en un bar de Barbastro tras exigirle que pagara una cuenta de 28 euros
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Este pasado fin de semana, se ha producido un acuchillamiento en Barbastro. Una reyerta entre un colaborador de un bar de un pueblo de Huesca y un cliente ha desembocado en tragedia, tras intentar previamente que el agresor abonara su cuenta de unos 28 euros antes de abandonar el establecimiento.
El autor del acuchillamiento, un varón de origen extranjero, no ha sido localizado todavía y se encuentra en paradero desconocido, aunque todo indica que reside en Barbastro. Por otro lado, según ha podido conocer OKDIARIO, la víctima es española de una población cercana del municipio, pero muy querido y conocido en Barbastro, de unos cincuenta años de edad.
Acuchillamiento en Barbastro
Los hechos sucedieron el pasado sábado por la noche, cuando un cliente de origen marroquí tras haber pedido varias consumiciones se negó a abonar su cuenta. Una de las camareras del bar insistió en que el cliente se iba sin pagar, y al no lograr que esta persona abonase la cuenta, pidió ayuda a un colaborador habitual del pub, quien se dirigió al marroquí para exigirle que pagara las consumiciones antes de macharse.
Sin embargo, el presunto agresor se negó, marchándose del local sin abonar la cuenta. Al poco tiempo, según hemos podido conocer, esta misma persona regresó al establecimiento de Barbastro con un arma blanca, posiblemente un cuchillo, y fue directamente a herir al hombre que le había amonestado, quien acabó gravemente herido al sufrir un acuchillamiento.
Por suerte, la víctima al ver que su agresor se acercaba armado con un arma blanca pudo proteger su vientre, recibiendo varios cortes de gravedad en el brazo. Según explica una vecina del pueblo, el agresor regresó con una ropa diferente a como había estado en el establecimiento: «Se cambió de ropa y luego volvió al bar».
Al lugar de los hechos acudió un dispositivo de la Policía Local, que se hizo cargo de la situación hasta que vino la unidad de emergencia, que trasladó a la víctima que sangraba abundantemente tras los cortes recibidos al hospital de Barbastro. Si bien, el herido fue más tarde dirigido a uno de los hospitales de Zaragoza, donde afortunadamente ya se encuentra estable.
Según ha podido saber OKDIARIO, este martes la Guardia Civil de Huesca ha abierto diligencias a fin de esclarecer lo sucedido tras recibir una denuncia.
En el pueblo, la agresión ha causado gran impacto, «puesto que no se había vivido un suceso similar». Según explican los vecinos de Barbastro, el establecimiento donde se produjo el acuchillamiento «es un bar tranquilo frecuentado por personas de mediana edad», en plena avenida del Ejército Español. En cuanto al personal del establecimiento está totalmente consternado por el trágico desenlace que se ocasionó.
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