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Condenan a un detective por colocar un GPS a un amigo de la exmujer de su cliente

Condenan a un detective por colocar un GPS a un amigo de la exmujer de su cliente

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El Supremo ha ratificado las sentencias previas y considera que el investigador atentó contra la intimidad del demandante porque el dispositivo hacía un “seguimiento indiscriminado”

Un detective privado tendrá que abonar una multa de 1.500 euros después de que la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo haya ratificado la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz que lo condenó por colocar un GPS en el coche de un amigo de la expareja de su cliente, con el que sospechaba que podía tener una relación. El investigador ha sido considerado culpable de un delito de intromisión ilegítima en la intimidad.

Los hechos sobre los que recientemente se ha pronunciado el Alto Tribunal se produjeron en la provincia gaditana y se remontan al 30 de agosto de 2013. Ese fue el día en el que el protagonista colateral de este caso suscribía un contrato con un detective privado en concepto de “servicios de averiguación de actividades profesionales, así como las propiedades, domicilio o cualquier actitud sociofamiliar” de un hombre que el cliente sospechaba que tenía una relación sentimental con su exmujer.

El presupuesto incluía, “de forma expresa”, el coste de colocación de un dispositivo GPS con el que extraer datos para un informe que sirviera como prueba en el procedimiento civil de modificación de medidas en el que se debía valorar la extinción de la pensión alimenticia de la hija que la pareja había tenido en común, así como la prestación reconocida a la mujer durante el procedimiento de divorcio.¿Coche de empresa? Su mal uso y los datos del GPS pueden justificar tu despido

El sistema de geolocalización estuvo colocado en el vehículo del objetivo “entre septiembre de 2013 y el 5 de enero de 2014” y la información recopilada se empleó para confeccionar un documento cuya existencia conoció la exesposa el 25 de marzo de 2015.

La mujer trasladó a su conocido que habían vigilado los movimientos de su coche y este decidió emprender acciones legales contra el detective, la agencia y su cliente el 8 de octubre de 2015. En la demanda que interpuso consideraba que se había producido una intromisión ilegítima en su derecho a la intimidad y que, en consecuencia, “se condenara solidariamente a los demandados a indemnizarle con 5.000 euros”.

El hombre relató que descubrir este seguimiento -que se prolongaba durante las 24 horas del día- le había provocado un “síndrome persecutorio” y constante “estado de ansiedad”, entre otros motivos porque “no tenía relación sentimental ni laboral” con la mujer, de la que su expareja también quería saber si “desarrollaba algún trabajo”.El Supremo advierte que un famoso tiene derecho a su intimidad incluso en lugares públicos

El demandante desistió de su idea inicial de sumar al procedimiento a la agencia de detectives y se centró en los otros dos demandados, que ofrecieron distintos argumentos para intentar que la causa judicial no prosperase. El exmarido alegó que el “único responsable” de la colocación del GPS había sido el detective y afirmó que no hubo intromisión ilegítima en la intimidad porque, al estar inmerso en un procedimiento con la que fuera su esposa, “gozaba de amparo en el derecho a utilizar en su defensa todos los medios de prueba que considerase necesarios”. El investigador, por su parte, argumentó que el dispositivo “solo sirvió para seguir al vehículo, no a su propietario”; y añadió que “su uso fue proporcionado” porque el seguimiento únicamente se llevó a cabo “en espacios públicos y nunca privados”.

El juzgado de Primera Instancia número 5 dictó sentencia el 4 de marzo de 2019 en la que estimó parcialmente la demanda, ya que consideró probada la intromisión ilegítima en el derecho a la intimidad, pero exoneró al cliente y culpó exclusivamente al detective. Este fue condenado a abonar 2.500 euros de multa y parte de las costas.

El demandado, insatisfecho con la resolución, presentó un recurso de apelación sobre el que se pronunció la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz. El tribunal, en un fallo suscrito el 30 de julio de 2019, acabó reduciendo la indemnización a 1.500 euros, pero desestimó “el resto de pretensiones formuladas” y confirmó “todos los demás pronunciamientos de la sentencia recurrida”.

El cliente también quería saber si su expareja trabajaba para el investigado

Esta decisión desembocó en un recurso de casación que el Tribunal Supremo admitió el 27 de mayo del año pasado y en el que la víctima solicitaba que “se declarase la existencia de intromisión ilegítima en su intimidad”, reclamaba la compensación inicial de 5.000 euros y la imposición de las costas a la otra parte. La defensa del detective, por su parte, incidía en que se desestimaran todas las actuaciones.

“Carecía de cobertura legal”

El Alto Tribunal acabó rechazando el recurso y confirmando la sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz y para ello expuso, en primer lugar, que la utilización sin consentimiento de dispositivos de localización y seguimiento tiene “una incidencia directa” en la vida privada de los ciudadanos.

Recuerda posteriormente que la legislación reguladora de la Seguridad Privada -tanto la vigente cuando ocurrieron los hechos, como la actual-, lejos de autorizar, “prohíbe expresamente a los detectives utilizar para sus investigaciones medios materiales o técnicos que atenten contra el derecho a la intimidad personal o familiar. “Son las fuerzas y cuerpos policiales los que están legalmente habilitados para su uso, en la actualidad previa autorización judicial”, agrega, para considerar que el investigador “carecía de cobertura legal”.

Son los cuerpos de seguridad los habilitados para usar estos sistemas de seguimiento


El Supremo insiste en que la vigilancia con un GPS, “aunque difiera de otros procedimientos de seguimiento acústico o visual, no deja de ser un medio idóneo para lesionar la intimidad”; ya que considera que revela datos o informaciones sobre la conducta de la persona investigada, algunos de los cuales, como ocurre en este caso, sí pueden estar directamente vinculados con su esfera personal, como son sus relaciones personales o incluso sentimentales

“Se trató de un seguimiento o control permanente e indiscriminado, exhaustivo y continuo, durante las 24 horas del día y un lapso de cuatro meses, tiempo más que suficiente para elaborar con los datos de ubicación del vehículo un perfil sobre las conductas diarias del afectado, incluyendo las relativas a aspectos de su vida privada”, remarca el fallo, que para reforzar esta línea se apoya en una resolución del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del 2 de septiembre de 2010 en la que un ciudadano vigilado por la Policía demandó al Estado alemán.

El ponente de la sentencia, por último, considera inadmisible el argumento, “reiterado por el recurrente a lo largo del litigio”, de que los avances tecnológicos y el uso generalizado de la geolocalización en dispositivos personales como teléfonos móviles conlleva una nueva realidad. Su defensa sostenía que este contexto obligaba a reinterpretar el contenido y alcance del derecho fundamental a la intimidad, pero la Sala de lo Civil recuerda que esas aplicaciones para smartphones “precisan del previo consentimiento o autorización del titular del dispositivo”.

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Un ucraniano tira a su pareja por el balcón de un segundo piso en Fuengirola

Un ucraniano tira a su pareja por el balcón de un segundo piso en Fuengirola

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La Policía Local de Fuengirola (Málaga) ha detenido a un hombre de 54 años por arrojar al vacío a su pareja desde el balcón de un segundo piso. La mujer, de 48 años, ya ha recibido el alta médica, según informan este lunes fuentes policiales. El arrestado y la víctima son ambos de nacionalidad ucraniana.

Los hechos tuvieron lugar este pasado domingo en un apartamento de la calle Álvarez Quintero, en la zona de El Boquetillo. La Policía Local fue alertada del suceso sobre las 13:30 horas y a la llegada de los agentes encontraron a la mujer en el patio, con lesiones en las piernas y dolorida como consecuencia de la caída. También fueron avisados los servicios sanitarios, que atendieron a la víctima y la trasladaron al Hospital Universitario Costa del Sol de Marbella.

Los policías se personaron en la vivienda del hombre, pero al no abrir nadie, forzaron la entrada y lo detuvieron al sospechar que podría tener relación con los hechos. El individuo fue arrestado como presunto autor de un delito de tentativa de homicidio en el ámbito de la violencia de género y se encuentra bajo custodia policial en la comisaría de Fuengirola. Pasará a disposición judicial este martes.

Posteriormente, la mujer declaró a los agentes que el hombre la había arrojado desde el segundo piso. La Unidad de Familia y Atención a la Mujer (UFAM) de la Policía Nacional mantiene abierta una investigación para tratar de esclarecer lo ocurrido.

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Detenida en Jaén la madre por la muerte de su hijo, un menor de seis años

Detenida en Jaén la madre por la muerte de su hijo, un menor de seis años

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Los agentes encargados de la investigación del trágico suceso, ocurrido esta mañana en un barrio céntrico de Jaén, han procedido a la detención de la madre como presunta autora de un delito de homicidio. La mujer, de 32 años, sigue ingresada en el Hospital Neurotraumatológico de Jaén, donde fue trasladada en ambulancia convencional, para ser atendida de las heridas que presentaba en manos y piernas por arma blanca.
Se siguen investigando las circunstancias en la que se produjeron los hechos de los que se tenía conocimiento a las 9:00 horas a través de la llamada de alerta a la Sala 091, del otro hijo de la mujer, de 17 años, solicitando ayuda e informando de la tentativa de suicidio de su madre, en el número 2 de la Calle Frente a Jesús en el Barrio de la Merced.
Cuando la patrulla acudió a la vivienda, frente al Camarín de Jesús, se encontraron el cadáver de un menor de seis años en una estancia del domicilio mientras que en otra se estaba su madre en la cama con signos autolíticos por arma blanca con la que presumiblemente habría intentado acabar con su vida.
En el domicilio se encontraba el otro menor, de 17 años, que habría pedido auxilio. El cuerpo sin vida del menor, que no presentaba evidentes signos de violencia externa, fue trasladado al Instituto de Medicina Legal (IML) para la práctica de la autopsia.
Por su parte, la Policía Nacional ha confirmado que el origen de la muerte del menor ha sido violenta, al tiempo que fuentes próximas a la investigación han determinado, a falta de los resultados de la autopsia, que el menos ha fallecido por asfixia.
El forense, la policía judicial y la científica intentan arrojar luz sobre el suceso que ha conmocionado a los vecinos del céntrico barrio de la capital donde se han producido los hechos.
El Ayuntamiento de Jaén ha decretado luto oficial de dos días en la ciudad de Jaén, durante los cuales la bandera de Jaén ondeará a media asta con crespón negro, en todos los edificios municipales. Asimismo, el Ayuntamiento de Jaén ha mostrado su condolencia y solidaridad , en nombre de todos los vecinos de Jaén, a los familiares y amigos, con el cariño y la consideración más sincera.
Al tiempo que se han suspendido todos los actos oficiales, en los que tenga participación la Corporación Municipal, durante los dos días de luto oficial.

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Una paciente se enfrenta a dos años de prisión por golpear a una médica en Córdoba con el soporte metálico del suero

Una paciente se enfrenta a dos años de prisión por golpear a una médica en Córdoba con el soporte metálico del suero

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Una mujer se sentará próximamente en el banquillo acusada de amenazar de muerte y golpear con el soporte metálico del suero a la médica que le atendía en el Servicio de Urgencias del Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba al no estar conforme con su diagnóstico por lo que se enfrenta a dos años de prisión.
Los hechos se remontan a la tarde del 27 de marzo de 2023 cuando la víctima, una doctora del servicio de Urgencias procedió, según consta en el relato de la Fiscalía al que ha tenido acceso ABC, a atender a la acusada en consulta, con personal de seguridad presente, ya que con anterioridad esta había tenido ya incidentes con otros sanitarios, llegando a coger incluso a uno de ellos por el cuello.
El fiscal recoge en su escrito que la doctora comenzó a explorar a la acusada, comprobando que no tenía alterado el juicio de la realidad, que no tenía ideas suicidas y que no presentaba ninguna patología aguda que precisara su internamiento.
Fue en el momento en que la médico le dijo que no la iba a ingresar cuando la acusada le dijo que ya lo sabía, que llevaba esperando mucho tiempo y que la hacían sentirse como una criminal por estar presente el personal de seguridad, comenzando a proferirle insultos y amenazarla de muerte , al tiempo que le recordaba que si no lo hacía era porque había personal de seguridad.
Mientras tanto, la doctora que la atendía intentaba hacerle caso omiso a los insultos y amenazas, cogiendo en un momento dado la acusada el porta sueros metálico y arremetiendo con el mismo contra la doctora, viéndose obligada esta a agacharse para evitar el impacto , parando el golpe el monitor del ordenador, procediendo el vigilante de seguridad a reducir a la acusada con ayuda de un agente uniformado que se encontraba en el exterior.
La doctora no sufrió lesiones por este ataque. Los hechos constituyen un delito de atentado a funcionario sanitario en el ejercicio de sus funciones, por lo que procede imponer una pena de dos años de prisión.
El incremento se concentra en los ataques físicos que casi se han triplicado Las agresiones a facultativos han subido en el último año en Córdoba.
Según los últimos datos ofrecidos este mes por CSIF las agresiones físicas y verbales a los profesionales de la sanidad cordobesa experimentaron un aumento del 12 por ciento en 2023 respecto al año anterior.
Se contabilizaron, explicaba este sindicato en un comunicado, un total de 149 ataques registrados en los centros de salud y hospitales de la capital y de la provincia.
Según esos mismos datos oficiales de la Consejería de Salud, más de la mitad de estos episodios violentos tuvo lugar en la Atención Primaria, mientras que en los hospitales la mayor parte ocurrió en las consultas médicas, las zonas de admisión y las Urgencias.

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