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Los vigilantes de seguridad pueden tomar la temperatura a los trabajadores para prevenir contagios, según el TSJCV

Los vigilantes de seguridad pueden tomar la temperatura a los trabajadores para prevenir contagios, según el TSJCV

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La Sala de lo Social entiende que esa función no excede del ámbito competencial de estos profesionales por la situación excepcional de pandemia

Los vigilantes de seguridad de una empresa pueden tomar la temperatura a los trabajadores como medida de prevención para evitar el contagio de Covid-19. Esta labor no excede del ámbito competencial de sus funciones por la situación extraordinaria causada por la pandemia.

Así lo ha establecido el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJVC) en una sentencia reciente (2335/2020, 22 de junio) en la que asegura que la medida está «plenamente justificada en el marco de una situación excepcional».

El tribunal de la Sala de lo Social, formado por Teresa Pilar Blanco Pertegaz – presidenta-, María Isabel Saiz Areses y María del Carmen López Carbonell -ponente-, desestima así la demanda interpuesta por una federación sindical contra la orden que obliga a los vigilantes de seguridad de una cadena de hipermercados a tomar la temperatura a los trabajadores para evitar contagios por Covid-19.

La Federación Valenciana Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada presentó una demanda de conflicto colectivo contra la empresa Ilunion Seguridad SA en representación de los 300 trabajadores destinados a la seguridad de los centros comerciales de Carrefour en la Comunidad Valenciana.about:blank

INJERENCIA EN LA INTIMIDAD Y RIESGO PARA LOS VIGILANTES

La parte demandante calificaba de injustificada la decisión de la mercantil de ordenar a los vigilantes que tomaran la temperatura a los trabajadores de esta cadena de hipermercados antes de acceder a los centros de trabajo.

A juicio del sindicato, este cometido «excedía de las funciones del personal de seguridad y ponía en riesgo su integridad física». Igualmente, argumentaba que los vigilantes carecen de formación y habilitación para acometer esta “injerencia en la intimidad personal”.

Por su parte, la demandada reivindicaba la legitimidad de su decisión, alegando que la tarea encomendada constituye una actividad ligada al ámbito funcional de la profesión y sosteniendo que la medida adoptada está debidamente justificada por el contexto socio sanitario derivado de la crisis del Covid-19.

La Sala desestima las alegaciones del sindicato, ya que considera que la medida “aparece plenamente justificada en el marco de una situación excepcional en la que ha sido adoptada, en orden a reforzar la seguridad de los centros” y su aplicación no evidencia un “quebranto manifiesto de los derechos y garantías constitucionales de los trabajadores afectados por el conflicto”.

Reconoce que no hay duda de que la toma de temperatura es una actividad relacionada con la actividad sanitaria. Sin embargo, agrega, el conflicto colectivo no puede resolverse al margen del contexto social y sanitario existente en España desde la declaración del estado de alarma.

Desde entonces, señala, «los establecimientos comerciales abiertos al público se vieron obligados a adoptar una serie de medidas extraordinarias tendentes a garantizar en la medida de lo posible la seguridad de las personas frente a posibles contagios. Y es precisamente desde esta situación excepcional desde la que debemos analizar la medida adoptada».

NO JUZGA LA EFICACIA DE LA MEDIDA PARA EVITAR LA EXPANSIÓN DEL VIRUS

La Sala, haciendo referencia a la Ley de Seguridad Privada y al convenio colectivo de Ilunion Seguridad, destaca que en ambas regulaciones «se considera como funciones propias atribuidas a los vigilantes de seguridad, la protección de las personas que puedan encontrarse en los bienes inmuebles protegidos y el control de acceso a dichos locales».about:blank

En el contexto de la pandemia, explica el tribunal, el control de acceso incluye la introducción de un criterio nuevo de restricción para garantizar la seguridad y colaborar en el plan específico de riesgos laborales frente al Covid-19.

«Por lo que entendemos que la función encomendada tiene en este momento pleno encaje en las funciones legales, convencionales y contractuales atribuidas a los vigilantes de seguridad».

Respecto a una posible injerencia en datos sensibles como los de la salud, la Sala apunta que «aparece plenamente justificada en el marco de una situación excepcional en la que ha sido adoptada, en orden a reforzar la seguridad de los centros».

En cuanto al riesgo de contagio para los trabajadores, el tribunal reconoce que la toma de temperatura supone una exposición a posibles sujetos contagiados, y puede requerir una formación específica en materia de prevención, pero ello no impide el cumplimiento de una función propia y este riesgo debe ser contemplado desde la perspectiva de prevención de riesgos laborales.

Asimismo, subraya que Ilunion ha elaborado un protocolo tendente a evitar posibles contagios, así como a formar y concienciar a los vigilantes que desempeñan esta tarea.about:blank

En consecuencia, desestima la demanda y concluye que la toma de temperatura «no excede del ámbito competencial de las funciones propias de los vigilantes de seguridad».

En la argumentación de la sentencia, las magistradas explican que la decisión se centra única y exclusivamente en determinar si la orden por la que se atribuye a los vigilantes de seguridad la toma de temperatura de los trabajadores está justificada o no.

No enjuician, remarcan, ni la dimensión constitucional de la toma de temperatura a los trabajadores por parte de la empleadora ni la idoneidad, proporcionalidad y eficacia de esta medida en la prevención de la expansión de la pandemia de Covid-19.

La sentencia no es firme, puede ser recurrida en casación ante el Tribunal Supremo.

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Un ucraniano tira a su pareja por el balcón de un segundo piso en Fuengirola

Un ucraniano tira a su pareja por el balcón de un segundo piso en Fuengirola

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La Policía Local de Fuengirola (Málaga) ha detenido a un hombre de 54 años por arrojar al vacío a su pareja desde el balcón de un segundo piso. La mujer, de 48 años, ya ha recibido el alta médica, según informan este lunes fuentes policiales. El arrestado y la víctima son ambos de nacionalidad ucraniana.

Los hechos tuvieron lugar este pasado domingo en un apartamento de la calle Álvarez Quintero, en la zona de El Boquetillo. La Policía Local fue alertada del suceso sobre las 13:30 horas y a la llegada de los agentes encontraron a la mujer en el patio, con lesiones en las piernas y dolorida como consecuencia de la caída. También fueron avisados los servicios sanitarios, que atendieron a la víctima y la trasladaron al Hospital Universitario Costa del Sol de Marbella.

Los policías se personaron en la vivienda del hombre, pero al no abrir nadie, forzaron la entrada y lo detuvieron al sospechar que podría tener relación con los hechos. El individuo fue arrestado como presunto autor de un delito de tentativa de homicidio en el ámbito de la violencia de género y se encuentra bajo custodia policial en la comisaría de Fuengirola. Pasará a disposición judicial este martes.

Posteriormente, la mujer declaró a los agentes que el hombre la había arrojado desde el segundo piso. La Unidad de Familia y Atención a la Mujer (UFAM) de la Policía Nacional mantiene abierta una investigación para tratar de esclarecer lo ocurrido.

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Detenida en Jaén la madre por la muerte de su hijo, un menor de seis años

Detenida en Jaén la madre por la muerte de su hijo, un menor de seis años

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Los agentes encargados de la investigación del trágico suceso, ocurrido esta mañana en un barrio céntrico de Jaén, han procedido a la detención de la madre como presunta autora de un delito de homicidio. La mujer, de 32 años, sigue ingresada en el Hospital Neurotraumatológico de Jaén, donde fue trasladada en ambulancia convencional, para ser atendida de las heridas que presentaba en manos y piernas por arma blanca.
Se siguen investigando las circunstancias en la que se produjeron los hechos de los que se tenía conocimiento a las 9:00 horas a través de la llamada de alerta a la Sala 091, del otro hijo de la mujer, de 17 años, solicitando ayuda e informando de la tentativa de suicidio de su madre, en el número 2 de la Calle Frente a Jesús en el Barrio de la Merced.
Cuando la patrulla acudió a la vivienda, frente al Camarín de Jesús, se encontraron el cadáver de un menor de seis años en una estancia del domicilio mientras que en otra se estaba su madre en la cama con signos autolíticos por arma blanca con la que presumiblemente habría intentado acabar con su vida.
En el domicilio se encontraba el otro menor, de 17 años, que habría pedido auxilio. El cuerpo sin vida del menor, que no presentaba evidentes signos de violencia externa, fue trasladado al Instituto de Medicina Legal (IML) para la práctica de la autopsia.
Por su parte, la Policía Nacional ha confirmado que el origen de la muerte del menor ha sido violenta, al tiempo que fuentes próximas a la investigación han determinado, a falta de los resultados de la autopsia, que el menos ha fallecido por asfixia.
El forense, la policía judicial y la científica intentan arrojar luz sobre el suceso que ha conmocionado a los vecinos del céntrico barrio de la capital donde se han producido los hechos.
El Ayuntamiento de Jaén ha decretado luto oficial de dos días en la ciudad de Jaén, durante los cuales la bandera de Jaén ondeará a media asta con crespón negro, en todos los edificios municipales. Asimismo, el Ayuntamiento de Jaén ha mostrado su condolencia y solidaridad , en nombre de todos los vecinos de Jaén, a los familiares y amigos, con el cariño y la consideración más sincera.
Al tiempo que se han suspendido todos los actos oficiales, en los que tenga participación la Corporación Municipal, durante los dos días de luto oficial.

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Una paciente se enfrenta a dos años de prisión por golpear a una médica en Córdoba con el soporte metálico del suero

Una paciente se enfrenta a dos años de prisión por golpear a una médica en Córdoba con el soporte metálico del suero

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Una mujer se sentará próximamente en el banquillo acusada de amenazar de muerte y golpear con el soporte metálico del suero a la médica que le atendía en el Servicio de Urgencias del Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba al no estar conforme con su diagnóstico por lo que se enfrenta a dos años de prisión.
Los hechos se remontan a la tarde del 27 de marzo de 2023 cuando la víctima, una doctora del servicio de Urgencias procedió, según consta en el relato de la Fiscalía al que ha tenido acceso ABC, a atender a la acusada en consulta, con personal de seguridad presente, ya que con anterioridad esta había tenido ya incidentes con otros sanitarios, llegando a coger incluso a uno de ellos por el cuello.
El fiscal recoge en su escrito que la doctora comenzó a explorar a la acusada, comprobando que no tenía alterado el juicio de la realidad, que no tenía ideas suicidas y que no presentaba ninguna patología aguda que precisara su internamiento.
Fue en el momento en que la médico le dijo que no la iba a ingresar cuando la acusada le dijo que ya lo sabía, que llevaba esperando mucho tiempo y que la hacían sentirse como una criminal por estar presente el personal de seguridad, comenzando a proferirle insultos y amenazarla de muerte , al tiempo que le recordaba que si no lo hacía era porque había personal de seguridad.
Mientras tanto, la doctora que la atendía intentaba hacerle caso omiso a los insultos y amenazas, cogiendo en un momento dado la acusada el porta sueros metálico y arremetiendo con el mismo contra la doctora, viéndose obligada esta a agacharse para evitar el impacto , parando el golpe el monitor del ordenador, procediendo el vigilante de seguridad a reducir a la acusada con ayuda de un agente uniformado que se encontraba en el exterior.
La doctora no sufrió lesiones por este ataque. Los hechos constituyen un delito de atentado a funcionario sanitario en el ejercicio de sus funciones, por lo que procede imponer una pena de dos años de prisión.
El incremento se concentra en los ataques físicos que casi se han triplicado Las agresiones a facultativos han subido en el último año en Córdoba.
Según los últimos datos ofrecidos este mes por CSIF las agresiones físicas y verbales a los profesionales de la sanidad cordobesa experimentaron un aumento del 12 por ciento en 2023 respecto al año anterior.
Se contabilizaron, explicaba este sindicato en un comunicado, un total de 149 ataques registrados en los centros de salud y hospitales de la capital y de la provincia.
Según esos mismos datos oficiales de la Consejería de Salud, más de la mitad de estos episodios violentos tuvo lugar en la Atención Primaria, mientras que en los hospitales la mayor parte ocurrió en las consultas médicas, las zonas de admisión y las Urgencias.

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