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El sector de la seguridad privada insta a un cambio radical y urgente de los procesos de contratación de servicios

El sector de la seguridad privada insta a un cambio radical y urgente de los procesos de contratación de servicios

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El Observatorio Sectorial de Seguridad Privada, compuesto por las organizaciones sindicales FeSMC-UGT y FTSP-USO, y las organizaciones empresariales Asecops y Aproser, todas ellas firmantes del Convenio Colectivo Sectorial Nacional, acogió muy favorablemente la nueva Ley 9/2017 de contratos del sector público (LCSP).

Tanto el respeto del Convenio Colectivo Sectorial, como la consideración del beneficio industrial, la primacía de la calidad sobre el precio, la intensificación del control de la ejecución contractual y la lógica exención de la responsabilidad de los nuevos adjudicatarios por las deudas salariales y de seguridad social de anteriores contratistas, eran y son elementos indispensables para la garantía de una contratación pública socialmente responsable de los servicios de seguridad privada.

Con posterioridad a la entrada en vigor de esta ley, el Tribunal Supremo ha modificado su criterio en relación con el régimen de asunción de responsabilidades de los nuevos adjudicatarios al respecto de las obligaciones pendientes de las empresas que cesaban en la prestación de los servicios, dejando importantes deudas salariales a los trabajadores, sin ingresar las retenciones a la Hacienda Pública ni las cotizaciones a la Seguridad Social -incluso las detraídas con anterioridad en las nóminas de los trabajadores-.

Producto de ello, contratos muy relevantes han ido quedado repetidamente desiertos. Añadido a lo anterior, la reciente apertura de procedimientos de reclamación de las cuotas no abonadas por las empresas salientes, por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, contra las empresas que han asumido plantillas y servicios de seguridad abandonados por sus anteriores responsables (en clara contradicción con lo establecido en el artículo 130.6 de la LCSP), incrementa de forma exponencial e inasumible el riesgo a que ninguna empresa de seguridad privada quiera o pueda asumir unas deudas que, además, le son completamente desconocidas en el periodo de licitación e, incluso, en los meses o años posteriores al inicio de la prestación.

La previsible proliferación de estas situaciones conducirá a que servicios en los que la seguridad privada es complementaria de la seguridad pública, queden sin cubrirse y que miles de trabajadores pierdan sus puestos de trabajo, ya de por sí fuertemente impactados por los ERTEs y reducciones de servicios derivados de la actual crisis económica.

Solo una equilibrada interpretación de la actual normativa y una inmediata modificación de esta puede evitar este riesgo que, finalmente, impactará también en la seguridad de los ciudadanos.

El contenido de los pliegos de condiciones de los servicios de seguridad privada tiene una importancia capital en la garantía de la excelencia en la prestación, que es lo que debería ser el objetivo prioritario de la contratación, en vez de la reducción sistemática de los presupuestos dedicados a la seguridad en cada proceso de licitación.

Es imperativo, además, avanzar desde la exigencia del mero cumplimiento de la Ley -de todas las normas que afectan a este grave problema-, hacia el respeto íntegro y observancia de los principios que el legislador pretendía garantizar con su promulgación.

Y ello debe plasmarse en los siguientes aspectos:

  • El respeto formal de la primacía de la calidad sobre el precio; la elaboración de los pliegos y la adjudicación posterior no puede fundamentarse en la inclusión preponderante de criterios puramente económicos; pongamos como ejemplo las “bolsas de horas gratuitas”, que son un claro fraude de ley. La valoración de servicios de seguridad privada requiere la incorporación de criterios cualitativos adecuados y que, además, garanticen una contratación socialmente responsable.
  • La adjudicación de los servicios en esta actividad, intensiva en gestión de personas, no puede ser la consecuencia de rondas de negociación consecutivas -en la que se insta a los ofertantes a competir entre ellos solo por precio-; esta práctica puede conducir a los adjudicatarios a la asunción de compromisos difícilmente compatibles con las exigencias no solo de los pliegos de condiciones técnicas, sino de la ley misma.

Sin que ello implique una modificación de las responsabilidades que la legislación de seguridad privada atribuye a los diversos actores (personal habilitado, empresa de seguridad y usuarios), estas prácticas derivan en exigencias muy difícilmente asumibles para las empresas de seguridad que deciden, quizá porque se ven abocadas a priorizar a cualquier coste el mantenimiento de su actividad, a no contemplar la rentabilidad necesaria para hacer frente puntualmente a sus obligaciones de pago, afectando a trabajadores, proveedores, la Seguridad Social y la Hacienda Pública….y finalmente, por derivación de responsabilidades a otras empresas.

  • Es inaceptable que se permita que determinadas empresas, para competir en diferentes condiciones -y finalmente desaparecer-, apliquen o pretendan aplicar convenios de empresa, con inferiores condiciones económicas para sus profesionales, como única ventaja competitiva en sus ofertas para la licitación de servicios. Esto constituye una competencia desleal cuya gravedad aumenta en la grave situación sanitaria/económica que atraviesa el país.
  • Es necesario avanzar en el control de la ejecución del servicio una vez adjudicado, procediendo a la inmediata rescisión contractual de aquellos que se presten en condiciones inferiores a las pactadas y a las requeridas por la ley, que son generadoras de una acumulación de deudas, especialmente las contraídas con los trabajadores y con la Tesorería General de la SS.SS.

Por todo lo anteriormente expuesto, el Observatorio Sectorial insta a que se garantice la preminencia y pervivencia de las empresas respetuosas con las obligaciones contractuales, laborales y tributarias, no penalizándolas indebidamente y evitando, en cualquier caso, que se incentiven -por inacción- las malas prácticas que ya se estaban erradicando por el propio sector a lo largo de los últimos años, para lo que se requiere:

  1. Una inmediata modificación del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, que establezca un régimen de responsabilidades equilibrado para los diferentes actores, por lo que a nosotros respecta, en los servicios de seguridad privada.
  2. Un refuerzo en el artículo 42, de esa misma norma, de la responsabilidad de la empresa principal en cuanto al aseguramiento del cumplimiento de las obligaciones laborales y de seguridad social parte de los contratistas de servicios.
  3. La reforma de la Ley General de Seguridad Social, a efectos de la publicación del listado de morosos a la seguridad social, análoga a lo efectuado anualmente por parte de los organismos tributarios.
  4. El desarrollo reglamentario de los Certificados de la TGSS para que cumplan el objetivo para el que fueron pensados, esto es, ayudar a garantizar los derechos de terceros.
  5. La efectiva aplicación del Artículo 62.1 de la LCSP con el nombramiento obligatorio de un responsable del contrato, en la propia firma del contrato de servicios, con funciones definidas y un sistema eficiente de control del cumplimiento de todas las obligaciones de la adjudicataria derivadas del contrato, extendiendo, mediante una modificación normativa de la LCSP, las fiscales y laborales, con la determinación de la responsabilidad ‘in vigilando’ de la Administración, en su caso.

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Detenida la cuidadora de una guardería de Elche por abofetear a un bebé a su cargo

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Agentes de la Policía Nacional han detenido a una mujer de 30 años de edad y nacionalidad española como presunta autora de un delito de trato degradante hacia un menor. La detenida es trabajadora y gerente de la guardería donde ocurrieron los hechos, que han sido grabados por otra mujer en un vídeo. Esta última es la que interpuesto denuncia ante la Policía Nacional.

En el vídeo grabado por esa vecina, se ve cómo hay dos bebés llorando en el patio y una mujer se acerca a uno de ellos e impacta su mano en la cara del bebé. Luego, lo introduce en el interior de la guardería, mientras un segundo bebé queda llorando solo en el exterior. Las víctimas son dos bebés de 8 y 18 meses de edad que, según la policía, sufrieron lesiones de carácter leve.

La investigación de los agentes del Grupo I de la Brigada de la Policía Judicial de la Comisaría de la Policía Nacional de Elche en torno a estos hechos ha arrancado a finales de este mes de octubre. A raíz de la denuncia de una mujer que manifestó haber visto y grabado cómo la citada trabajadora parecía estar supuestamente maltratando a dos menores de muy corta edad. Aportó el vídeo a su denuncia, cuyas imágenes han sido analizadas por agentes de la Policía Nacional.

Además, según la Policía Nacional, la mujer manifestó que venía observando desde tiempo atrás a varios niños llorando en el patio de esa guardería. Y que esos niños no parecían estar siendo atendidos por sus cuidadoras.

La presunta autora de los hechos, fue localizada por los agentes cuatro días después de que se interpusiera la denuncia. Se trata, cómo se ha dicho, de una de las trabajadoras y gerente, según la Policía, de la citada guardería. Esta última,  ha sido detenida por el presunto delito ya relatado: el de trato degradante a menor de edad a su cuidado. 

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Desarticulada una de las redes más potentes de distribución de cocaína del norte de España

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Un dispositivo de agentes de la Policía Nacional ha desarticulado una de las redes más potentes de distribución de cocaína del norte de España, según ha informado el cuerpo este miércoles a través de una nota.
Hay siete detenidos en Pontevedra y Gijón, y se han intervenido 65 kilogramos de cocaína, casi ocho kilogramos de hachís, cerca de 2.000.000 de euros y cuatro inmuebles valorados en 350.000 euros.
Los detenidos ocultaban las sustancias estupefacientes en un doble fondo de una furgoneta camperizada. La investigación había arrancado en abril, cuando los agentes comprobaron que uno de los detenidos había logrado la total independencia de la organización de la que dependía anteriormente.
Los investigadores pudieron corroborar que este hombre estaría ahora liderando una nueva red, y detectaron la presencia de varios vehículos y personas que identifican como transportistas de droga en la zona de influencia.
Por este motivo, se estableció un dispositivo de vigilancia, seguimiento y control sobre el vehículo sospechoso de transportar cocaína que había sido recogida en El Salnés.
Los agentes lo interceptaron cuando se iba a introducir en una zona de aparcamientos custodiada por la organización en Gijón e intervinieron, en una caleta fabricada en los bajos de una furgoneta camperizada, 50 kilos de cocaína.
Fruto de esta operación, los agentes procedieron a la detención de siete personas (una en Gijón y el resto en Pontevedra), e intervinieron 15 kilos de cocaína y 7,5 de hachís que estaban escondidos en un trastero de Gijón alquilado por la conductora de la furgoneta.
Fondos ocultos En el registro llevado a cabo en la vivienda del líder de esta red criminal se intervino cerca de un millón y medio de euros, que fue encontrado gracias a uno de los perros de la Unidad de Guías Caninos de La Coruña.
En otros inmuebles se localizaron más de 400.000 euros en efectivo, así como numerosas joyas.
La caída en Galicia del mayor laboratorio de cocaína de Europa certifica la tendencia a procesarla en España Pablo Muñoz Asimismo, los agentes procedieron a solicitar el bloqueo de cuatro inmuebles a nombre de los investigados con una valoración de más de 350.000 euros, así como productos en ocho entidades financieras.

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Detenida una mujer de 26 años por matar a su pareja en Barcelona

Detenida una mujer de 26 años por matar a su pareja en Barcelona

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Los Mossos d’Esquadra han detenido a una mujer de 26 años por el asesinato de su pareja en un piso de San Adrián de Besós​​​, en Barcelona. Los hechos ocurrieron el pasado 16 de noviembre en una vivienda de la citada localidad en la que encontraron el cuerpo de un hombre y a una mujer herida.

El jueves 16 de noviembre los Mossos recibieron un aviso sobre las 14:00 horas en el que se informaba de que en un domicilio podría haber un hombre fallecido y una mujer herida. Varios agentes se desplazaron hasta el lugar de los hechos, situado en la calle Bogatell, donde hallaron el cuerpo de un hombre con signos de violencia y a una mujer herida.

La División de Investigación Criminal de la Región Metropolitana Nord de los Mossos d’Esquadra se hizo cargo de la investigación para esclarecer los hechos e identificar al autor del crimen.

Según ha informado este miércoles la Policía autonómica, el pasado lunes, día 27, los agentes detuvieron a esta mujer en Badalona (Barcelona) por su presunta relación con la muerte violenta del hombre. Ella se encontraba en la casa con la víctima. Este miércoles, ha pasado a disposición judicial.

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