Connect with us

Noticias

Seguridad Privada: Instructor de Tiro

Seguridad Privada: Instructor de Tiro

Published

on

Seguridad Privada: Instructor de Tiro
Photo fjcastro

NOTA DEL MINISTERIO DEL INTERIOR

16679    Resolución de 30 de septiembre de 2022, de la Dirección General de la Guardia Civil, por la que se convocan pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada para el año 2023.

De conformidad con lo establecido en la Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior (BOE número 57, de 6 de marzo), por la que se aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de Seguridad Privada, y en la Resolución de 19 de marzo de 2019 (BOE número 79, de 2 de abril) de esta Dirección General, por la que se designa la unidad administrativa que desarrollará determinadas competencias en materia de seguridad privada, vengo en resolver:

Primero.

Convocar pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada para el año 2023.

Segundo.

Las pruebas selectivas se regirán, además de por la normativa anteriormente citada, por las bases que se aprueban en esta Resolución y que se publican como anexo a la misma.

Tercero.

La Dirección General de la Guardia Civil adoptará las disposiciones necesarias para que, a través del Servicio de Protección y Seguridad, se lleve a cabo el desarrollo y la ejecución de las pruebas de acuerdo con las bases de la convocatoria establecidas en el anexo de esta Resolución.

Madrid, 30 de septiembre de 2022.–La Directora General de la Guardia Civil, María Gámez Gámez.

ANEXO

Bases de la convocatoria

  1. Objeto

Comprobar que los aspirantes poseen los conocimientos y la capacidad necesaria para la instrucción y dirección de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada. La superación de estas pruebas habilitará para ejercer las funciones de dirección e instrucción en las prácticas y el perfeccionamiento en el manejo de las armas del personal de seguridad privada durante los ejercicios de tiro, tanto de entrenamiento como de calificación.

  • Requisitos para tomar parte en las pruebas

Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener la nacionalidad de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o bien que le sea aplicable lo dispuesto en la legislación sobre régimen comunitario conforme al Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, o ser nacional de un tercer estado que tenga suscrito con España un convenio internacional en el que cada parte reconozca el acceso al ejercicio de estas actividades a los nacionales de la otra.
  2. Ser mayor de edad.
  3. Carecer de antecedentes penales.
  4. Estar en posesión del título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, de Formación Profesional de primer grado o de otros equivalentes o superiores.
  5. Estar en posesión de alguna de las licencias de armas en vigor de la clase «A»,

«B», «C» o «F».

Si en algún momento del proceso selectivo se tuviere conocimiento de que cualquier aspirante carece de alguno de los requisitos señalados, el Tribunal calificador, previa audiencia del interesado, propondrá al Director General de la Guardia Civil la exclusión y anulación de sus actuaciones, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudiera haber incurrido por falsedad.

  • Solicitudes de admisión a la realización de las pruebas
    • Plazos y formalidades.
      • El Plazo para la presentación de solicitudes y los períodos de realización de las pruebas será el siguiente:
ConvocatoriasPlazo de presentaciónFecha de realización de las pruebas
2023Del 1 al 31 de enero de 2023Marzo de 2023
  • Procedimiento de inscripción:

La solicitud de admisión a este proceso se realizará por vía electrónica a través de la Sede Electrónica de la Guardia Civil (https://sede.guardiacivil.gob.es/), seleccionando Seguridad Privada y el procedimiento de «Admisión a pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada». Para acceder a este procedimiento podrá utilizar cualquiera de los métodos de identificación aceptados en la plataforma Cl@ve (DNIe/Certificado electrónico, Cl@ve PIN, Cl@ve Permanente).

  • Acreditación de requisitos:

La solicitud de participación en el proceso selectivo lleva consigo la autorización del interesado para que el Servicio de Protección y Seguridad recabe, mediante plataformas de intermediación electrónica, sus datos de identidad, los antecedentes penales que pudieran obrar a su nombre, así como todos aquellos datos y documentos necesarios para la tramitación del presente procedimiento que ya obren en poder de la Administración. En caso de no consentimiento u oposición expresa por parte del interesado, este deberá aportar al procedimiento la documentación pertinente.


Los aspirantes deberán aportar al procedimiento la siguiente documentación:

  1. Título de Graduado Escolar, de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de primer grado, u otros equivalentes o superiores, o sus equivalentes u homologaciones cuando aquellos estudios no hubieran sido cursados en España.

Aquellos aspirantes que hubieran cursado sus estudios en un sistema educativo distinto al sistema educativo general español deberán acreditar los mismos mediante certificación u homologación, en su caso, expedida por el Ministerio de Educación y Formación Profesional o por el Organismo competente de la Comunidad Autónoma correspondiente cuando tengan competencia para ello.

  • Licencia de Armas tipo «A», «B», «C» o «F» en vigor.
  • Los aspirantes extranjeros no residentes deberán aportar la Tarjeta de identidad o Autorización de Residencia en vigor o, en su defecto, el pasaporte, en los que conste la nacionalidad y el número de identidad del titular.

Los documentos acreditativos de los requisitos exigidos deberán ir acompañados de la correspondiente traducción autenticada al castellano, si estuvieran redactados en otros idiomas.

  • Lista provisional de admitidos.

Transcurrido el plazo a que se refiere la base 3.1.1, el Tribunal calificador aprobará, mediante acuerdo, la lista provisional de aspirantes admitidos y excluidos a las pruebas, con indicación para los excluidos, de la causa o causas de su exclusión. Dicha lista se hará pública en las secciones «Tablón de Anuncios» y «Seguridad Privada» de la página web www.guardiacivil.es; en la sección «Servicios al Ciudadano – Procesos Selectivos» de la página web del Ministerio del Interior www.interior.gob.es. Asimismo, los interesados podrán obtener cualquier clase de información concerniente a este tipo de procesos selectivos a través del Departamento de Formación del Servicio de Protección y Seguridad de la Guardia Civil, mediante la cuenta de correo electrónico: dg-seprose- segprivada@guardiacivil.org.

  • Subsanación de defectos.

Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de diez (10) días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista provisional de admitidos y excluidos, para subsanar el defecto o defectos que hayan motivado la exclusión o alegar lo que crean conveniente.

  • Lista definitiva de admitidos.

Los escritos de subsanación de defectos serán resueltos en el Acuerdo del Tribunal calificador que hará pública la lista definitiva de admitidos y excluidos del proceso, con indicación para los admitidos, de la hora, fecha y la sede de realización de la prueba teórica.

Dicho Acuerdo será publicado en los lugares citados en la base 4.

  • Tribunal calificador.
    • Designación:

El Tribunal calificador estará constituido por los siguientes miembros de la Guardia Civil:

Presidente: Coronel Humberto Urruchi Barrio.


Vocales:

Teniente Coronel Juan Rodríguez Jarén. Comandante Manuel Martínez Milán.

Teniente José Antonio Godoy Genovard. Sargento César Canelo Guillén.

Cabo 1.º José Julián Galindo Osma. Suplentes:

Comandante Jesús Fernández Prada. Capitán María Luz Pérez González.

Sargento Juan Carlos Vicente García. Cabo 1.º Diego Guijarro Barrio.

Cabo José Emilio Calderita Lucas. Guardia Civil Mariano Blanco Hernández. Guardia Civil Rocío López Jardón.

Guardia Civil Ana María Román López. Guardia Civil Rubén Casas Simón.

En la sesión constitutiva, el Tribunal calificador designará, de entre sus miembros, un Secretario titular y otro suplente.

  • Sede del Tribunal calificador: A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal calificador tendrá su sede en el Servicio de Protección y Seguridad de la Dirección General de la Guardia Civil, calle Batalla del Salado, 32 (28045-Madrid) y en la dirección de correo electrónico: dg-seprose-segprivada@guardiacivil.org
    • Actuación del Tribunal calificador: El Tribunal calificador no podrá constituirse ni actuar para sesiones de valoración de las pruebas sin la concurrencia de más de la mitad de sus miembros. Para sesiones de simple ejecución de pruebas o cuando éstas deban ser llevadas a cabo por asesores especialistas, bastará la intervención de un miembro del Tribunal calificador comisionado por éste para asegurar su correcta realización y trasladarle los resultados de las pruebas.

Al Tribunal calificador le corresponde desarrollar y calificar las pruebas y resolver cuantas dudas puedan surgir en la aplicación de estas bases así como respecto a lo que deba hacerse en los casos no previstos en ellas. De cada sesión del Tribunal calificador se levantará el acta correspondiente.

En cualquier fase del procedimiento, los errores de hecho podrán ser subsanados por el Tribunal calificador o, en su defecto, por esta Dirección General, de oficio o a instancia de parte.

  • Nombramiento de asesores y colaboradores: El Tribunal calificador podrá designar, para todas o alguna de las fases de las pruebas, a los asesores especialistas y al personal colaborador y auxiliar que estime necesarios, quienes se limitarán al ejercicio de las funciones que les sean encomendadas.
    • Abstención y recusación: Los miembros del Tribunal calificador, asesores y colaboradores en los que concurra alguno de los supuestos de abstención previstos en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 01 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, deberán abstenerse de intervenir en el procedimiento y comunicar tal circunstancia a la Directora General de la Guardia Civil.

Asimismo, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la mencionada Ley, los participantes en las pruebas podrán recusar a los miembros del Tribunal calificador.

  • Asistencias y retribuciones: Los miembros del Tribunal calificador y asesores, tendrán derecho al cobro de las asistencias de la categoría tercera, según lo dispuesto en el Anexo IV del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio (Boletín Oficial del Estado número 129, de 30 de mayo de 2002). Los colaboradores tendrán derecho al percibo de las retribuciones que pudieran corresponderles.
  • Pruebas de aptitud
    • Lugar y fecha de realización de las pruebas: Las pruebas se realizarán en Madrid.

En el Acuerdo por el que se apruebe la lista definitiva de admitidos y excluidos a las mismas, se indicará el lugar concreto, así como la fecha y hora en que se llevará a cabo el examen teórico.

Para favorecer la mecánica de las pruebas, el Tribunal calificador podrá disponer que determinados ejercicios, o parte de los mismos, se realicen en la misma fecha o en unidad de acto, así como, excepcionalmente, por causas graves justificadas, alterar el orden de las pruebas. Sin embargo, sólo se entrará a evaluar cada una respecto de quienes hayan aprobado la anterior.

  • Llamamiento: Los participantes serán convocados en un único llamamiento, siendo excluidos de las pruebas quienes no comparezcan al mismo, cualquiera que sea la causa que pueda alegarse al respecto.
    • Identificación de los participantes: Al comparecer a las pruebas, los participantes de nacionalidad española deberán llevar consigo el Documento Nacional de Identidad; los extranjeros, su Tarjeta de Residencia o de Identidad o, en su defecto, el pasaporte. La presentación de estos documentos podrá ser exigida en cualquier momento del proceso selectivo. Serán excluidos quienes no presenten dicho documento.
    • Material y gastos: Los aspirantes que hayan superado la prueba de conocimientos y sean convocados a la prueba aptitud práctica deberán sufragar los gastos derivados de la utilización de la galería o campo de tiro, en caso de que los hubiere.

Las armas y municiones necesarias para la realización de la prueba de aptitud práctica serán aportadas por la Dirección General de la Guardia Civil.

  • Descripción de las pruebas.
    • Prueba de conocimientos teóricos: Consistirá en la contestación, por escrito, de un cuestionario de sesenta (60) preguntas tipo test ajustadas al programa que se acompaña como Apéndice II de este anexo, además se contestarán tres (3) preguntas reserva que figuran en el citado cuestionario. El tiempo para la realización de esta prueba será de sesenta y tres (63) minutos. Las preguntas de reserva, solamente, serán valoradas en el caso de que el Tribunal calificador anule alguna de las anteriores y siguiendo el orden establecido en el cuadernillo. Este ejercicio se calificará a razón de un

(1) punto por respuesta correcta. Para ser declarado apto, el aspirante deberá obtener como mínimo la mitad de los puntos (30 puntos), teniendo en cuenta que las respuestas mal contestadas puntúan negativamente conforme a la siguiente fórmula:

P = A – [E / (n – 1)], siendo:

P = número de puntos obtenidos. A = número de aciertos.

E = número de errores.

n = número de opciones de respuesta a cada pregunta.

Las materias objeto de examen, relacionadas en el Apéndice II, serán las que a fecha de la prueba teórica, se encuentren en vigor.

Finalizada la prueba de conocimientos teóricos, el Tribunal calificador mediante acuerdo, hará público, en los lugares señalados en el punto 4 de la presente convocatoria, el listado de aspirantes que han resultado APTOS en dicha prueba y que son convocados a realizar las pruebas de aptitud práctica reflejadas en el punto 8.5.2, con indicación de la sede, fechas y horas de realización de la prueba asignadas a cada aspirante. No obstante, en el caso de que existiera más de un día para la realización de las prueba de aptitud práctica estipulada en el punto 8.5.2, se podrá autorizar el cambio de día a los aspirantes que lo soliciten por causas justificadas. Para ello deberán remitir solicitud en el plazo de 5 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del

listado de aspirantes APTOS en la prueba de conocimientos teóricos, mediante el envío de correo electrónico a la dirección: dg-seprose-segprivada@guardiacivil.org

  • Prueba de aptitud práctica: Esta prueba constará de dos partes:
    • Primera parte: Consistirá en el desmontaje y posterior montaje del arma a determinar entre las que figuran en el tema 2 del Apéndice I de la presente convocatoria.
    • Segunda parte: A continuación y conforme a las directrices contenidas en el apartado primero del Apéndice III de la presente convocatoria, el aspirante ejercerá la dirección simulada de un ejercicio de tiro de entre los que figuran en la Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaría de Estado de Interior, por la que se aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de Seguridad Privada.

El día de la prueba de aptitud práctica, todo aspirante deberá estar en posesión de la licencia de armas tipo «A», «B», «C» o «F» en vigor, la cual será requerida por el Tribunal calificador en dicho acto, no siendo admitidas licencias que se encuentren en estado de tramitación o caducadas, conllevando la exclusión del proceso selectivo.

Las pruebas de aptitud práctica se ajustarán a lo que disponga el Tribunal calificador durante el desarrollo de las mismas; se calificarán en su conjunto como APTO o NO APTO.

  • Superación de las pruebas

Los aspirantes que hayan superado las pruebas serán declarados aptos por Acuerdo del Tribunal calificador, que se hará público mediante Resolución de la Dirección General de la Guardia Civil, a través de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», la cual se encontrará igualmente disponible a los usuarios en los lugares que se citan en la base 4.

La superación de estas pruebas habilitará para el ejercicio de las funciones de director-instructor de tiro del personal de Seguridad Privada, previa expedición de la acreditación correspondiente en el expediente que se instruya a instancia de los propios interesados.

La vigencia de la habilitación estará condicionada al mantenimiento de los requisitos exigidos para su obtención.

  1. Protección a la maternidad

Las aspirantes admitidas a las pruebas para la obtención de la habilitación como instructor de tiro del personal de seguridad privada, que acrediten ante el Presidente del Tribunal calificador mediante informe médico oficial que se encuentran en periodo de embarazo, parto o posparto, no pudiendo realizar por dichos motivos en condiciones de igualdad con los demás aspirantes, las pruebas de aptitud práctica establecidas en la base 8.5.2 de la convocatoria, realizarán las pruebas de aptitud práctica conforme a las siguientes directrices:

  1. Mediante solicitud al Tribunal calificador expondrán su impedimento para realizar las pruebas de aptitud práctica y acreditarán su situación mediante informe médico oficial en el que se indicará que la limitación alcanza a la totalidad de las pruebas de aptitud práctica a realizar establecidas en las bases de la convocatoria.
  2. Será autorizada por el Tribunal calificador mediante acuerdo la realización de las pruebas de aptitud práctica en la convocatoria inmediatamente siguiente en la que la interesada pueda desarrollar las pruebas en igualdad de condiciones que el resto de los aspirantes.
  1. Norma final

La presente convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de ella y de la actuación del Tribunal calificador podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma previstos por la Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

APÉNDICE I

Programa de materias teóricas para la habilitación de instructores de tiro de personal de seguridad privada

Tema 1. Normativa

Ley 5/2014, de 4 de abril, de seguridad privada.

Reglamento de Armas, aprobado por Real Decreto 137/1993 de 29 de enero, y normativa que lo modifique en su caso.

Reglamento de Seguridad Privada, aprobado por Real Decreto 2364/1994, de 9 de diciembre, y normativa que lo modifique en su caso.

Resolución de 28 de febrero de 1996, de la Secretaria de Estado de Interior por la que se aprueban las instrucciones para la realización de los ejercicios de tiro del personal de seguridad privada, y normativa que la modifique en su caso.

Orden de 15 de febrero de 1997, del Ministerio del Interior, por la que se determinan las armas de fuego a utilizar por los Guardas Particulares del Campo para desempeñar funciones de vigilancia y guardería, modificada por Orden de 30 de abril de 1998, del Ministerio del Interior, por la que se determinan las armas de fuego a utilizar por los Guardas Rurales para desempeñar funciones de vigilancia y guardería.

Orden INT/318/2011 de 1 de febrero de 2011, del Ministerio de Interior, sobre personal de seguridad privada, y normativa que la modifique en su caso.

Tema 2. Armamento. Armas reglamentarias en Seguridad Privada

Estudio y conocimiento de las partes, funcionamiento combinado de los mecanismos, armado y desarmado, interrupciones más frecuentes y formas de subsanarlas, y normas de seguridad de las armas con las que realizarán el ejercicio práctico:

  • Pistola semiautomática del calibre 9 mm Pb.
  • Revólver calibre 38 especial de 4 pulgadas.
  • Escopeta de repetición del calibre 12/70.
  • Arma larga rayada de repetición, de las contempladas en la Orden de 15 de febrero de 1997, por la que se determinan las armas de fuego a utilizar por los Guardas Rurales para desempeñar funciones de vigilancia y guardería.

Tema 3. Balística y cartuchería

Partes en que se divide el estudio sobre balística. Definiciones y características generales de las distintas ramas.

Conocimiento de las distintas municiones de las armas reglamentarias en Seguridad Privada. Calibres. Partes de un cartucho, formas y tipos de munición. Cartuchería prohibida.

Tema 4. Normas de seguridad en el manejo de las armas

Normas generales y específicas.

Normas de seguridad a seguir antes, durante y después del tiro, así como en la limpieza y custodia de las armas.

Tema 5. Técnica de tiro

Fundamentos básicos del tiro. Empuñamiento del arma, toma de los elementos de puntería, presión sobre el disparador y postura de tiro. Definiciones y errores más frecuentes.

Definiciones de ojo dominante y director, error paralelo y angular. Tipos de elementos de puntería.

Formas de corregir el tiro modificando y sin modificar los elementos de puntería.

Como no se debe corregir nunca el tiro.

Posturas de tiro más importantes y utilizadas, puntería e instintivo, con las distintas armas. Formas de adopción y premisas fundamentales:

  • Weaver, Crouch, Cazadora y Otras.

APÉNDICE II

Programa de materias prácticas para la habilitación de instructores de tiro de personal de seguridad privada

1. Dirección e instrucción

  1. Desmontar y montar el arma, observando las medidas de seguridad que hay que adoptar.
  2. Explicación teórico-práctica de un ejercicio de tiro a una línea.
  3. Modalidad del ejercicio.
  4. Postura, explicación y demostración de la misma.
  5. Errores más frecuentes que se suelen cometer en esta modalidad.
  6. Dirección del ejercicio.
  7. Solventar las interrupciones que se produzcan.
  8. Corrección del ejercicio realizado por los tiradores sobre los blancos.
  9. Errores observados durante el tiro.
  10. Distribución de impactos, motivos posibles.

Posturas de tiro más importantes y utilizadas, puntería e instintivo, con las distintas armas. Formas de adopción y premisas fundamentales:

  • Weaver, Crouch, Cazadora y Otras.

Noticias

Detenida una kamikaze colombiana ebria y con un kilo de cocaína en los túneles de la M-30 de Madrid

Detenida una kamikaze colombiana ebria y con un kilo de cocaína en los túneles de la M-30 de Madrid

Published

on

Photo fjcastro

Web de Ofertas de empleo
Enlace Invitación a Telegram

La conductora kamikaze de 30 años y origen colombiano recorrió varios kilómetros en dirección contraria por los túneles de la M-30 de Madrid mientras el resto de vehículos la esquivaban. Cuando la Policía Municipal consiguió darle el alto, la mujer dio 0’90 al test de alcohol con evidentes signos de embriaguez. Ante la sorpresa de los policías intervinientes, se descubrió que la conductora portaba en el maletero del coche un paquete perfectamente precintado que contenía 1 kilogramo de cocaína lista para su entrega.

Los hechos han tenido lugar en la madrugada del lunes 21 de abril y la kamikaze  se metió en sentido contrario en los túneles de la M-30 de Madrid a la altura de la autopista A-5.

Las cámaras pronto descubrieron a la infractora y varias unidades de la Policía Municipal salieron en su búsqueda para acabar cuanto antes con un peligro evidente para el resto de los conductores y para la propia kamikaze en Madrid.

Tras varios kilómetros de persecución por esta vía madrileña, los agentes de la Policía Municipal pudieron interceptar a la kamikaze antes de que tomara otro rumbo por las calles de Madrid.

Nada mas salir del coche, la conductora dio muestras evidentes de su estado de embriaguez, que quedó confirmado tras dar más de 0’90 de alcohol en sangre en los test de la Policía.

Lo peor de esta historia, al menos para su conductora, estaba por llegar. Apremiada a abrir el maletero del coche, la conductora descubrió que en el maletero de su vehículo transportaba un paquete de un kilogramo de cocaína perfectamente precintado y listo para su entrega.

una mujer colombiana de 30 años se metió en sentido contrario por la A-5 hasta llegar a los túneles de la M-30 y estuvo a punto de chocar con varios coches, hasta que finalmente la policía municipal pudo detener a la conductora kamikaze en la autopista.

Allí mismo los agentes de la Policía Municipal de Madrid detuvieron a la mujer colombiana por un delito contra la seguridad vial y otro contra la salud pública por el paquete de droga que transportaba.

Otra kamikaze recorre 12 km

Con todo, esta nueva conductora kamikaze detenida en la M-30 no ha llegado a emular a su antecesora arrestada el mes de octubre. En el caso anterior, los hechos tuvieron lugar de madrugada sobre las 02:00 horas también en la M-30 de Madrid.  Esa noche la central del 092 recibió varias llamadas de conductores alertando de la presencia de un vehículo circulando en sentido contrario por los túneles de la M-30. En ese momento, las cámaras de control de tráfico de esa vía grababan las imágenes de varios conductores esquivando a duras penas a la conductora que circulaba por el centro de la calzada en sentido contrario.

Rápidamente, el turismo fue localizado por dos patrullas de la Policía Municipal de Madrid que salieron en su busca. Al percatarse de la persecución policial, la conductora reaccionó realizando una serie de maniobras huidizas con las que consiguió esquivar a uno de los vehículos policiales, aunque finalmente fue interceptada por la otra patrulla que le cerró el paso en uno de los túneles antes de que provocara una desgracia irreparable.

Cuando los agentes se dirigieron a la conductora del vehículo, observaron que presentaba claros síntomas de embriaguez. Una vez que le practicaron las correspondientes pruebas de alcoholemia, el resultado fue que la conductora cuadruplicaba la tasa máxima permitida, por lo que fue detenida en el mismo lugar acusada de un delito contra la seguridad vial.

Una revisión más en profundidad de las grabaciones de las cámaras y tras tomar declaración a varios testigos, los agentes de la Policía Judicial de Trafico de Policía Municipal de Madrid, constataron que la conductora había recorrido más de 12 kilómetros por la vía poniendo en claro peligro las vidas de media docena de conductores.

Continue Reading

Noticias

Cinco detenidos por propinar una paliza a un taxista pirata en el aeropuerto de Málaga

Cinco detenidos por propinar una paliza a un taxista pirata en el aeropuerto de Málaga

Published

on

Photo fjcastro

Web de Ofertas de empleo
Enlace Invitación a Telegram

Cinco hombres de entre 24 y 36 años han sido detenidos por la Policía Nacional por su presunta responsabilidad en la agresión grupal a un árabe en el aeropuerto de Málaga.
Los hechos ocurrieron el pasado 21 de abril y fue captado por los teléfonos móviles de varios pasajeros. El lugar de la paliza fue la terminal de Llegadas. Testigos del suceso apuntan a una disputa entre taxistas, por un lado, y conductores ilegales, de por el otro, como posible trasfondo de la reyerta.
Los sospechosos, la mayoría con antecedentes por hechos similares y vinculados a un grupo de ideología radical , han sido detenidos por su supuesta implicación en delitos de odio, desórdenes públicos y lesiones.
Todos ellos han sido puestos a disposición judicial. El incidente se produjo sobre la una de la madrugada del pasado domingo, cuando un grupo de nueve personas agredía e insultaba con comentarios racistas a otro ciudadano.
La Policía Nacional averiguó que ofrecería servicios de transporte de viajeros en su vehículo particular, sin autorización para ello. La víctima, de 41 años, sufrió traumatismos y policontusiones a consecuencia del ataque.
Según las pesquisas, la agresión la habría iniciado uno de los investigados, sumándose al anterior otras ocho personas, de tal manera que, todas, en un momento del asalto, habrían propinado puñetazos y patadas a la víctima, profiriéndole, además, comentarios racistas.
Varios testigos apuntaban a una disputa entre taxistas y conductores ilegales como origen de la reyerta. Por tales hechos, la Brigada Provincial de Información, en colaboración con la Comisaría de Policía Nacional del Aeropuerto de Málaga, comenzaron con las gestiones de identificación de todos los participantes en la agresión
Según las averiguaciones, los sospechosos están relacionados con un grupo radical, habiendo participado en altercados violentos en fechas recientes, en acontecimientos deportivos. De los cinco detenidos, cuatro de ellos cuentan con antecedentes por delitos de la misma naturaleza.
La investigación sigue abierta para la identificación y detención del resto de autores que participaron en la agresión. De los hechos se ha dado conocimiento a la Fiscalía de Odio.

Continue Reading

Noticias

Violenta pelea entre jóvenes que se han colado en el metro de Barcelona y los vigilantes de seguridad

Violenta pelea entre jóvenes que se han colado en el metro de Barcelona y los vigilantes de seguridad

Published

on

Photo fjcastro

Web de Ofertas de empleo
Enlace Invitación a Telegram

Son las imágenes de la violenta pelea entre un grupo de seis jóvenes de origen dominicano que se habían colado en el interior del metro de Barcelona y varios vigilantes de seguridad que intentaron impedírselo. Los agresores se estaban colando en la estación de Sants cuando fueron sorprendidos por varios vigilantes acompañados de perros de trabajo. Lejos de retirarse, los jóvenes se negaron a identificarse y la emprendieron a golpes contra los encargados de seguridad, provocando un largo enfrentamiento que se saldó con dos heridos entre los agresores.

Los hechos que reflejan las grabaciones de los testigos comenzaron a las 22:00 horas en el vestíbulo de entrada de la estación de Sants en la línea 5 del metro de Barcelona.

Allí, un grupo de jóvenes veinteañeros de origen dominicano comenzaron a colarse sin pagar en el suburbano delante mismo de los vigilantes de seguridad que prestaban servicio en las instalaciones.

Continue Reading
Advertisement

Mas vistos