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Prosegur, condenada a reponer a un vigilante que fue cambiado de destino como represalia por denunciar abusos de su jefe

Prosegur, condenada a reponer a un vigilante que fue cambiado de destino como represalia por denunciar abusos de su jefe

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Además, ha impuesto a Prosegur que indemnice al afectado con 10.000 euros por daños morales

El Juzgado de lo Social número 27 de Barcelona ha condenado a Prosegur a reponer en su servicio a un vigilante de seguridad que fue cambiado de destino como represalia por quejarse de su responsable de equipo.

Además, le ha impuesto que indemnice al afectado con 10.000 euros por daños morales.

Así lo ha dictaminado el magistrado Diego Barrio Giménez, en una sentencia de 17 de octubre (425/2022), en la que ha estimado la demanda de un afiliado de Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada (ASTSP) contra Prosegur, declarando «la vulneración de la garantía de indemnidad» de este trabajador.

La garantía de indemnidad es un derecho fundamental de los trabajadores. Una protección legal que tienen ante posibles represalias de las empresas cuando reclaman sus derechos.

La resolución todavía no es firme, ya que contra la misma cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat).

El caso lo ha llevado el abogado Roberto Mangas Moreno, letrado laboralista que recientemente ha saltado a la palestra porque la Justicia le ha dado razón en un recurso que presentó contra un juicio tardío.El Juzgado de lo Social 3 de Cádiz accede a adelantar un señalamiento tardío porque la Justicia ‘si no es rápida no es eficaz’

El juicio del procedimiento relativo a Prosegur se celebró el pasado 21 de septiembre, compareciendo todas las partes salvo la Fiscalía. El letrado pedía una mayor indemnización para su cliente: 50.000 euros.

Roberto Mangas Moreno, letrado laboralista y asesor de Alternativa Sindical de Trabajadores de Seguridad Privada.

LOS HECHOS PROBADOS

Este vigilante de seguridad viene prestando servicios para Prosegur desde noviembre de 2014, mediante contrato indefinido a tiempo completo, con categoría profesional y un salario bruto mensual de 2.082,63 euros, incluida la prorrata de pagas extras.

El pasado 9 de marzo, Prosegur le notificó por carta que dejaría de prestar servicios de Inditex en Sallent, con el fin de maximizar sus recursos humanos y materiales dentro de la difícil coyuntura económica en la que se encontraba y que resultaba necesario redistribuir el personal.

Se le informaba también de que a partir del 11 de marzo pasaría a prestar servicios para un cliente de Bagès (Barcelona), respetándole los turnos que ya tenía programados para aquel mes y que el resto de sus condiciones laborales no se verían alteradas.

Según los hechos probados, este empleado envió el pasado 25 de febrero una carta a Prosegur poniendo en conocimiento de la empresa el «abuso continuado» de un responsable de equipo y pidió que el mismo fuera apartado del servicio de Inditex Sallent «ante la posibilidad de que entorpeciese y obstaculizase intencionadamente» el buen hacer del nuevo responsable.

En la misiva exponía que diversos vigilantes habían sido apartados del servicio «por el mero hecho de solicitar que se respetasen sus derechos y ponerlos en conocimiento del sindicato», y que el citado jefe «creó mal ambiente, intentando enfrentar al equipo contra la persona que reclamaba sus derechos, incluso amenazando con perder su puesto de trabajo y que ahí se hacía lo que él decía o habría consecuencias».El TSJM ratifica la improcedencia del despido de un vigilante de Prosegur que se quejaba en Facebook de las condiciones de trabajo en Mercadona

También puso en conocimiento de Prosegur que se creaban unos cuadrantes desequilibrados con cambios continuos con fin de perjudicar a los trabajadores, y que el citado responsable «recalcaba en público las equivocaciones del resto del operativo, produciendo humillación pública, intimidación y amenazas económicas».

Expuso en la citada misiva que ese jefe manifestaba los motivos de las sanciones que él provocaba y que les explicaba cómo los perseguía por las cámaras de seguridad del servicio «creando angustia, vergüenza y humillación».

Además, el afectado informó de que la citada persona «no entregaba o ponía a disposición de los trabajadores mascarillas sanitarias dada la situación epidemiológica existente», y que realizaba el relevo del turno de mañana «con malas palabras, recriminaciones y malos modos sin importarle que hubiese personas ajenas al servicio escuchando».

También relató que «un vigilante estuvo a punto de morir ya que se encontraba mal durante su servicio, pidió el relevo urgente y el jefe de equipo no quiso dárselo diciéndole que se metiese un dedo en el culo y aguantase».

Por último, indicó que tras la exposición de quejas en las reuniones de equipo, este responsable «iniciaba la persecución contra el que se quejaba y apartaba a los vigilantes que no le seguían la corriente alegando que el cliente así lo había pedido», y aducía que «estaba exento de cumplir con las normas impuestas por él mismo en la operativa al ser un jefe de equipo y no un vigilante».

LA ARGUMENTACIÓN DEL MAGISTRADO

El juez explica que ha quedado acreditado que el citado responsable llevó a cabo «una persecución continua» e «intentaba menospreciar e infravalorar su valía como trabajadores, intentando crear rencillas dentro del equipo, siempre con la amenaza de que si hablaban, escribía una carta y traían a otro vigilante».

También consta acreditado que no se ha iniciado el protocolo antiacoso.

Además, el juez destaca que esta situación viene desde hace siete años.

La empresa reconoce que la decisión de trasladarlo no fue consecuencia directa de una necesidad del servicio amparado en el artículo 58 del Convenio, sino como consecuencia de los problemas cristalizados a raíz de esa carta

Según explica Barrio Giménez, la empresa no niega que tuviese conocimiento de las quejas y reclamaciones formuladas por este trabajador y reconoce que la decisión de trasladarlo «no fue consecuencia directa de una necesidad del servicio amparado en el artículo 58 del Convenio, que permite a la empresa destinar a los trabajadores dentro de la macroconcentración urbanal donde estimen más conveniente, sino como consecuencia de los problemas cristalizados a raíz de la carta remitida, pues si bien antes los problemas ya venían produciéndose existe una clara inmediatez temporal entre la remisión de las quejas al departamento de Recursos Humanos de Madrid y el cambio de destino del trabajador a otro centro».

Apunta que no desvirtúa lo anterior la sanción impuesta al trabajador ahora demandante por unos hechos ocurridos el 6 de junio de 2020, más de un año atrás y que queda desconectada temporal y causalmente de los presentes hechos, máxime cuando el relato de la carta de queja a Recursos Humanos ha venido corroborada en el juicio por dos testigos.

En consecuencia, afirma que queda acreditada la vulneración de la garantía de indemnidad de este trabajador por parte de la empresa como consecuencia del escrito remitido exponiendo la situación con el citado superior.

LA INDEMNIZACIÓN

En cuanto a la indemnización de daños morales, el juez explica que la misma debe focalizarse no en el presunto trato degradante sufrido por el trabajador por su superior, dado que se dice vulnerada la garantía de indemnidad, «sino en las consecuencias derivadas de la represalia de la empresa a raíz de la información y solicitud realizada por el trabajador».

En este sentido, señala que para valorar la indemnización debe tenerse en cuenta la antigüedad del trabajador en la empresa (casi 8 años en el momento de los hechos); que éste llevaba un largo tiempo destinado en el punto de servicio donde sucedieron los hechos denunciados en el escrito y que después del cambio sólo consta que haya estado en otro puesto diferente.

También que después de ser desplazado del punto de servicio de Sallent, el puesto del trabajador no ha sido amortizado por la empresa y, en consecuencia, ha sido sustituido por otro empleado.

El magistrado destaca que el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones del Orden Social (LISOS) contempla como infracción muy grave, entre otras, “las decisiones del empresario que supongan un trato desfavorable de los trabajadores como reacción ante una reclamación efectuada en la empresa o ante una acción administrativa o judicial destinada a exigir el cumplimiento del principio de igualdad de trato y no discriminación”.

El artículo 40.1.c) de la LISOS establece como sanción para las infracciones muy graves la multa en su grado mínimo de 7.501 a 30.000 euros, en su grado medio de 30.001 a 120.005 euros, y en su grado máximo de 120.006 euros a 225.018 euros

Atendiendo a lo anterior, el juez la fija en 10.000 euros.

«Se ha hecho Justicia porque resarce el sufrimiento de un trabajador que durante mucho tiempo aguantó, junto a sus compañeros, los abusos de su responsable inmediato», señala el abogado Roberto Mangas

El abogado que ha llevado el caso, está contento con la sentencia. «Se ha hecho Justicia porque resarce el sufrimiento de un trabajador que durante mucho tiempo aguantó, junto a sus compañeros, los abusos de su responsable inmediato», ha declarado a Confilegal.

«También se hace Justicia porque el juez reconoce que Prosegur conocía el abuso y como respuesta lo que hizo únicamente fue perjudicar a mi cliente cambiándolo de destino, en vez de actuar contra el acosador», agrega Roberto Mangas, con despacho con el mismo nombre, radicado en Madrid y con servicio en toda España.

Es la segunda sentencia que este abogado de Alternativa Sindical gana contra Prosegur por un caso similar

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La cocaína oculta en dos lavadoras de Tenerife lleva a la desarticulación del cartel de Sinaloa en España

La cocaína oculta en dos lavadoras de Tenerife lleva a la desarticulación del cartel de Sinaloa en España

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La intervención a principios de 2023 de 24 kilos de cocaína oculta en dos lavadoras en Tenerife se ha saldado con un caso mucho mayor de lo esperado, al servir de conexión con el «principal punto de abastecimiento» del ‘cristal meth’ que ha llevado a la histórica incautación de 1.800 kilos de metanfetamina. Esta operación por parte de la Policía Nacional ha impedido que el cartel mexicano de Sinaloa usara España como punto de distribución de esta peligrosa droga para llevarlo a otros mercados de países de Europa. La investigación arrancó a principios de 2023 al detectar 24 kilos de cocaína oculta en dos lavadoras en la isla canaria, orientando las pesquisas a identificar a los responsables del envío , pudiendo averiguar que se había realizado a través de una empresa de logística ubicada en la zona sur de Madrid, hasta donde se desplazaban integrantes de la organización para hacer determinados envíos ocultos en electrodomésticos .
Los indicios llevaron a que el pasado 6 de mayo se detectara una furgoneta con la que los ‘ narcotransportistas ‘ pretendían trasladar parte del estupefaciente, concretamente 224 kilos, para lo que habían instalado un complejo sistema hidráulico con el fin de ocultar la droga en el suelo del vehículo. Fue esta furgoneta la que llevó a los agentes al chalé de Villena del enlace con el cartel, contando con la intervención de los especialistas del GOES (Grupos Operativos Especiales).
En el registro se intervinieron los otros 1.500 kilos de metanfetamina y se arrestó al ciudadano mexicano, considerado el enlace del cartel de Sinaloa enviado a España. La operación de la UDYCO de la Policía se ha saldado con cinco detenidos, entre ellos el líder del entramado desarticulado, un ciudadano de origen mexicano residente en un chalé en una zona aislada de Villena, al noroeste de la provincia de Alicante, donde se ocultaba «el principal punto de abastecimiento de drogas de síntesis en territorio europeo«.
Los 1.800 kilos de mentanfetamina incautados, que tienen un valor de «varias decenas de millones de euros», suponen la mayor intervención en España y la segunda en Europa, lo que el comisario jefe de la UDYCO, Antonio Martínez Duarte, ha unido al intento del cartel de Sinaloa de buscar nuevas rutas debido a la «presión» policial que se ejerce en otros países europeos para impedir la distribución de esta «droga bastante peligrosa que, afortunadamente, no tiene un consumo masivo en España».
Los especialistas en la lucha contra el narcotráfico sitúan a este cartel mexicano como el dominador en la distribución mundial de la metanfetamina , una droga de síntesis que se consume principalmente en países del centro y norte de Europa, incluyendo Reino Unido y también Australia como uno de los principales destinos.
Además del cabecilla, mexicano enviado a España por el cartel de Sinaloa y residente en el chalé de Villena, se ha detenido a cuatro ciudadanos españoles que ya estaban fichados por la Policía al ser considerados ‘narcotransportistas’ que usaban furgonetas caleteadas para ocultar la droga, junto a una mujer rumana que era pareja de uno de ellos.
Se han llevado a cabo seis registros, uno en Villena y otros cinco en Puzol, donde se intervenido además de la droga elementos de comunicación, abundante documentación, un arma detonadora y dinero en efectivo.
De hecho, la red recurría como otras organizaciones criminales al sistema del toke, en este caso un billete de cinco euros ‘marcado’ con las inscripciones de la fecha de entrega y la cantidad que iban a recibir a modo de acreditación de la operación.

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El atraco con rehenes en Málaga que acaba con el ladrón detenido por un policía fuera de servicio

El atraco con rehenes en Málaga que acaba con el ladrón detenido por un policía fuera de servicio

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«Dame todo el dinero de la caja». Así arrancó a punta de cuchillo un tenso atraco con rehenes en Málaga que terminó con la detención del ladrón por parte de un agente de la Policía Nacional fuera de servicio. El policía, que se hallaba en el supermercado haciendo la compra, esperó pacientemente a que el ladrón soltara a la cajera para intentar detenerlo.  A continuacion, el delincuente intentó escapar y el agente consiguió detenerlo tras desarmarlo y después de perseguirle a la carrera durante medio kilómetro.

Los hechos tuvieron lugar ayer miércoles 15 de mayo a las 14:35 horas en el Supermercado Pepco de Málaga, situado en el número 64 de la Avenida Velázquez.

A esa hora un hombre delgado, toxicómano habitual de la zona, de 38 años, entró en el local en actitud sospechosa y se dirigió directamente a una cajera del supermercado.

Un cuchillo de 27 cm

Al llegar a la altura de la cajera, el atracador sacó de entre su ropa un cuchillo de 27 centímetros de longitud que le puso en el cuello y en tono amenazante le dijo: «Dame todo el dinero de la caja». 

Durante los minutos interminables que duró el atraco a este supermercado de Málaga, el asaltante se paseó con la rehén por los pasillos del local exigiéndole más dinero. Sólo había conseguido siete billetes de 5 euros, un botín ridículo, que no hacía más que enfadar al atracador.

Lo que no sabía el protagonista del atraco es que un policía nacional de Málaga fuera de servicio le observaba atentamente a pocos metros de distancia, en el interior del local.

Haciendo gala de una paciencia infinita para no poner nervioso al atracador, el policía pidió refuerzos y esperó a que el ladrón soltara a la rehén antes de huir, entonces se identificó como policía y comenzó a perseguir al delincuente armado con el cuchillo.

Tras una carrera de más de 500 metros. El ladrón le amenazó con el cuchillo hasta que el policía se identificó como tal, le ordenó que soltara el arma y le detuvo allí mismo. Tras entregarle el arrestado a sus compañeros, el policía regresó al supermercado para atender a la rehén y comprobar que no había sufrido heridas.

Desde el sindicato policial JUPOL felicitan al agente de la Policía Nacional de Málaga: «Estando fuera de servicio ha demostrado su vocación de servicio y ha realizado una meritoria intervención para evitar un robo violento que podía haber acabado con trágicas consecuencias».

Profesión de riesgo

Los compañeros del policía quieren recordar al Gobierno, que los hechos son «una muestra más del riesgo que afrontan los policías en el día a día, tanto de uniforme como en su vida privada. Una situación que sigue confrontando con la percepción de la Administración que se niega a reconocer a la Policía Nacional como profesión de riesgo».

Acaba el sindicato dejando «un recado» a la Dirección General de la Policía: «Al menos, desde JUPOL, esperamos que la DGP tenga en cuenta los méritos del agente en esta intervención y el mismo sea reconocido y condecorado por los mismos».

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Detenidos en Palma dos argelinos reincidentes expertos en robar objetos de cestas de bicicletas

Detenidos en Palma dos argelinos reincidentes expertos en robar objetos de cestas de bicicletas

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Dos argelinos con antecedentes penales han sido detenidos por agentes de la Policía Nacional después de robar los objetos que turistas y residentes de la zona de Es Carnatge y Cala Estancia llevaban en las cestas de sus bicicletas. Ambos varones han sido arrestados como presuntos autores de hasta 15 delitos de hurtos de este estilo.

Debido al aumento de robos en Can Pastilla, concretamente en Cala Estancia y Es Carnatge, los agentes policiales se vieron obligados a poner en marcha un dispositivo especial de prevención e investigación en esta zona, sabiendo que los responsables huían en bicicleta.

Y es que los individuos de origen argelino no sólo sustraían objetos al descuido, sino que también se habían especializado en la sustracción de bolsos y demás enseres que se encontraban en las cestas de las bicicletas que circulaban por la zona, según ha detallado la Policía Nacional a través de un comunicado.

Por ello, los presuntos autores de los 15 robos se especializaron en una modalidad delictiva que consiste en circular a bordo de bicicletas y robar los objetos postrados en las cestas, bolsos o mochilas de otras bicicletas.

De esta manera, los ladrones argelinos pasaban por al lado para robar los bolsos y mochilas de las bicicletas para posteriormente huir a toda velocidad dejando a las víctimas, tanto turistas como residentes, perplejas y sin capacidad de respuesta.

A uno de los detenidos se le imputó también dos hurtos en el interior de un
hotel. Ambos detenidos tienen antecedentes por hechos similares.

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