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La ausencia de vigilantes en el metro Barcelona favoreció la paliza que le dieron

La ausencia de vigilantes en el metro Barcelona favoreció la paliza que le dieron

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La empresa de transportes de Barcelona y una aseguradora condenadas a pagar 908.000 euros por una agresión en el metro

EL TSJCAT HA REVOCADO LA SENTENCIA DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL QUE ABSOLVIÓ A AMBAS ENTIDADES, DEBERÁN SATISFACER LA CANTIDAD SI NO LO HACEN LOS ACUSADOSEl tribunal ha confirmado la condena de siete años y seis meses de prisión para los tres acusados.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha confirmado la sentencia que condenó a siete años y seis meses de prisión a tres hombres por una paliza en el metro de Barcelona que dejó a la víctima graves secuelas, entre ellas una lesión medular que le obliga a utilizar una silla de ruedas y por la que se le ha reconocido una incapacidad de gran invalidez.

La Sala revoca parcialmente la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que absolvió a Transports Metropolitans de Barcelona (TMB), empresa que gestiona la red de metro, y a la aseguradora.

La sentencia de instancia fijó en 908.000, 48 euros el importe de la responsabilidad civil por las lesiones y secuelas sufridas por la víctima, por lo que ahora el TSJ de Cataluña determina que ambas entidades deben responder de forma subsidiaria.

De este modo, en caso de no ser satisfecha la responsabilidad civil por los tres acusados la aseguradora deberá responder en el límite de 600.000 euros, debiendo satisfacer el resto TMB.

El tribunal, formado por Angels Vivas Larruy -presidenta- Carlos Mir Puig -ponente-, Roser Bach Fabregó y María Jesús Manzano Meseguer, desestima así los recursos de los tres acusados y estima parcialmente los recursos interpuestos por el Ministerio Fiscal y la acusación particular en la sentencia 208/2021, 15 de junio, contra la que cabe recurso de casación.

Según consta en la resolución, pasadas las 5 de la mañana del 26 de junio de 2016 los tres acusados entraron en un vagón de metro de la estación de Bogatell. Una vez dentro, uno de ellos lanzó un mechero a otro, molestando a la víctima, quien les recriminó la acción, lo que dio origen a una discusión.

Los acusados «actuando todos de común acuerdo y con ánimo de menoscabar la integridad física» de la víctima, lo rodearon y comenzaron a propinarle, al mismo tiempo, patadas y puñetazos por diversas partes del cuerpo, llegando incluso a sujetar con una mano la cabeza para asegurar el impacto de la patada en la cara.

La Audiencia Provincial de Barcelona condenó a los tres como autores penalmente responsables de un delito de lesiones del artículo 149.1 del Código penal, concurriendo la circunstancia atenuante analógica de embriaguez y la agravante de abuso de autoridad, a las penas de siete años y seis meses de prisión.

En concepto de responsabilidad civil, condenó a los tres acusados a indemnizar conjunta y solidariamente a la víctima en la suma de 908.000, 48 euros y absolvión a TMB y a la aseguradora del pago de la indemnización.

TMB favoreció las lesiones debido a la ausencia de vigilantes, según el TSJ

Ahora, el TSJ ha concluido que «sí hubo infracción de reglamentos por parte de TMB, al infringir su deber de velar por la seguridad de los usuarios».

A juicio del tribunal, «de existir vigilantes de seguridad en la estación Bogatell en el momento de autos, por la que accedieron los acusados sin validar billete y saltando el peaje, éstos hubieran sido interceptados físicamente por los vigilantes y ya no se hubieran podido subir al vagón, y de este modo ya no hubieran podido causar lesiones agravadas a la víctima en el interior del vagón, propiciando o favoreciendo TMB con la ausencia de vigilantes en dicha estación y también en el interior del vagón, la comisión del delito de autos».

Además, agrega, «se ha acreditado en autos que en la Línea IV no soolo en Bogatell, sino en numerosas estaciones no había vigilante alguno de seguridad, especialmente en las estaciones de Bogatell a Besós, como reconocieron en el juicio los vigilantes de seguridad que declararon como testigos».

Por otro lado, aclara que «en la estación de La Pau donde se apearon los acusados y el grupo que le acompañaba fueron interceptados- pero no detenidos como dice erróneamente la sentencia de instancia- todos ellos por vigilantes de seguridad al haber detectado por las imágenes la conducta vandálica de alguno de ellos en la estación de Bogatell, pero desconocedores todavía de las lesiones causadas por los tres acusados».

Y es que, «las imágenes gravadas dentro del vagón solo podían ser vistas en tiempo real por el motorista o maquinista del mismo, quien no las vio al estar pendiente de la circulación del convoy, según dijo, y sin que se pusiera en contacto por vía de radioteléfono con el centro de control».

Confirma la cantidad de la responsabilidad civil y recuerda que no fue impugnada

La representación procesal de TMB y de la aseguradora en su escrito de impugnación citan en su apoyo sentencias de la jurisdicción Civil, pero, según el tribunal, «se olvida que dicha jurisprudencia se refiere a la responsabilidad civil contractual, no a la responsabilidad civil ‘ex delicto’, regulada en el Código Penal, siendo la jurisprudencia de la Sala Segunda la que debe se aplicada».

Recuerda, asimismo, que el importe de la responsabilidad civil por las lesiones y secuelas sufridas por la víctima no ha sido impugnada por nadie, ni siquiera por TMB ni la aseguradora, por lo que confirma la cantidad.

Así, concluye que de dicha cantidad «debe responder como responsable civil subsidiaria TMB, y la compañía aseguradora en base al artículo 117 del Código penal, en virtud de la póliza de responsabilidad civil suscrita por dicha compañía con TMB, en que se limita por siniestro y año en la cantidad de 1.200.000 euros, con un límite por víctima de 600.000 euros».

Por ello, «en caso de no ser satisfecha la responsabilidad civil por los tres acusados a la víctima, en defecto de la misma deberá responder la aseguradora con el límite de 600.000 euros, debiendo satisfacer el resto hasta llegar a 908.000,48 euros TMB».

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Un ucraniano tira a su pareja por el balcón de un segundo piso en Fuengirola

Un ucraniano tira a su pareja por el balcón de un segundo piso en Fuengirola

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La Policía Local de Fuengirola (Málaga) ha detenido a un hombre de 54 años por arrojar al vacío a su pareja desde el balcón de un segundo piso. La mujer, de 48 años, ya ha recibido el alta médica, según informan este lunes fuentes policiales. El arrestado y la víctima son ambos de nacionalidad ucraniana.

Los hechos tuvieron lugar este pasado domingo en un apartamento de la calle Álvarez Quintero, en la zona de El Boquetillo. La Policía Local fue alertada del suceso sobre las 13:30 horas y a la llegada de los agentes encontraron a la mujer en el patio, con lesiones en las piernas y dolorida como consecuencia de la caída. También fueron avisados los servicios sanitarios, que atendieron a la víctima y la trasladaron al Hospital Universitario Costa del Sol de Marbella.

Los policías se personaron en la vivienda del hombre, pero al no abrir nadie, forzaron la entrada y lo detuvieron al sospechar que podría tener relación con los hechos. El individuo fue arrestado como presunto autor de un delito de tentativa de homicidio en el ámbito de la violencia de género y se encuentra bajo custodia policial en la comisaría de Fuengirola. Pasará a disposición judicial este martes.

Posteriormente, la mujer declaró a los agentes que el hombre la había arrojado desde el segundo piso. La Unidad de Familia y Atención a la Mujer (UFAM) de la Policía Nacional mantiene abierta una investigación para tratar de esclarecer lo ocurrido.

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Detenida en Jaén la madre por la muerte de su hijo, un menor de seis años

Detenida en Jaén la madre por la muerte de su hijo, un menor de seis años

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Los agentes encargados de la investigación del trágico suceso, ocurrido esta mañana en un barrio céntrico de Jaén, han procedido a la detención de la madre como presunta autora de un delito de homicidio. La mujer, de 32 años, sigue ingresada en el Hospital Neurotraumatológico de Jaén, donde fue trasladada en ambulancia convencional, para ser atendida de las heridas que presentaba en manos y piernas por arma blanca.
Se siguen investigando las circunstancias en la que se produjeron los hechos de los que se tenía conocimiento a las 9:00 horas a través de la llamada de alerta a la Sala 091, del otro hijo de la mujer, de 17 años, solicitando ayuda e informando de la tentativa de suicidio de su madre, en el número 2 de la Calle Frente a Jesús en el Barrio de la Merced.
Cuando la patrulla acudió a la vivienda, frente al Camarín de Jesús, se encontraron el cadáver de un menor de seis años en una estancia del domicilio mientras que en otra se estaba su madre en la cama con signos autolíticos por arma blanca con la que presumiblemente habría intentado acabar con su vida.
En el domicilio se encontraba el otro menor, de 17 años, que habría pedido auxilio. El cuerpo sin vida del menor, que no presentaba evidentes signos de violencia externa, fue trasladado al Instituto de Medicina Legal (IML) para la práctica de la autopsia.
Por su parte, la Policía Nacional ha confirmado que el origen de la muerte del menor ha sido violenta, al tiempo que fuentes próximas a la investigación han determinado, a falta de los resultados de la autopsia, que el menos ha fallecido por asfixia.
El forense, la policía judicial y la científica intentan arrojar luz sobre el suceso que ha conmocionado a los vecinos del céntrico barrio de la capital donde se han producido los hechos.
El Ayuntamiento de Jaén ha decretado luto oficial de dos días en la ciudad de Jaén, durante los cuales la bandera de Jaén ondeará a media asta con crespón negro, en todos los edificios municipales. Asimismo, el Ayuntamiento de Jaén ha mostrado su condolencia y solidaridad , en nombre de todos los vecinos de Jaén, a los familiares y amigos, con el cariño y la consideración más sincera.
Al tiempo que se han suspendido todos los actos oficiales, en los que tenga participación la Corporación Municipal, durante los dos días de luto oficial.

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Una paciente se enfrenta a dos años de prisión por golpear a una médica en Córdoba con el soporte metálico del suero

Una paciente se enfrenta a dos años de prisión por golpear a una médica en Córdoba con el soporte metálico del suero

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Una mujer se sentará próximamente en el banquillo acusada de amenazar de muerte y golpear con el soporte metálico del suero a la médica que le atendía en el Servicio de Urgencias del Hospital Universitario Reina Sofía de Córdoba al no estar conforme con su diagnóstico por lo que se enfrenta a dos años de prisión.
Los hechos se remontan a la tarde del 27 de marzo de 2023 cuando la víctima, una doctora del servicio de Urgencias procedió, según consta en el relato de la Fiscalía al que ha tenido acceso ABC, a atender a la acusada en consulta, con personal de seguridad presente, ya que con anterioridad esta había tenido ya incidentes con otros sanitarios, llegando a coger incluso a uno de ellos por el cuello.
El fiscal recoge en su escrito que la doctora comenzó a explorar a la acusada, comprobando que no tenía alterado el juicio de la realidad, que no tenía ideas suicidas y que no presentaba ninguna patología aguda que precisara su internamiento.
Fue en el momento en que la médico le dijo que no la iba a ingresar cuando la acusada le dijo que ya lo sabía, que llevaba esperando mucho tiempo y que la hacían sentirse como una criminal por estar presente el personal de seguridad, comenzando a proferirle insultos y amenazarla de muerte , al tiempo que le recordaba que si no lo hacía era porque había personal de seguridad.
Mientras tanto, la doctora que la atendía intentaba hacerle caso omiso a los insultos y amenazas, cogiendo en un momento dado la acusada el porta sueros metálico y arremetiendo con el mismo contra la doctora, viéndose obligada esta a agacharse para evitar el impacto , parando el golpe el monitor del ordenador, procediendo el vigilante de seguridad a reducir a la acusada con ayuda de un agente uniformado que se encontraba en el exterior.
La doctora no sufrió lesiones por este ataque. Los hechos constituyen un delito de atentado a funcionario sanitario en el ejercicio de sus funciones, por lo que procede imponer una pena de dos años de prisión.
El incremento se concentra en los ataques físicos que casi se han triplicado Las agresiones a facultativos han subido en el último año en Córdoba.
Según los últimos datos ofrecidos este mes por CSIF las agresiones físicas y verbales a los profesionales de la sanidad cordobesa experimentaron un aumento del 12 por ciento en 2023 respecto al año anterior.
Se contabilizaron, explicaba este sindicato en un comunicado, un total de 149 ataques registrados en los centros de salud y hospitales de la capital y de la provincia.
Según esos mismos datos oficiales de la Consejería de Salud, más de la mitad de estos episodios violentos tuvo lugar en la Atención Primaria, mientras que en los hospitales la mayor parte ocurrió en las consultas médicas, las zonas de admisión y las Urgencias.

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