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Legalidad de los sistemas de video vigilancia (CCTV)

Legalidad de los sistemas de video vigilancia (CCTV)

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Hoy en día, la utilización de sistemas de video vigilancia como una medida de protección para garantizar la seguridad ciudadana en lugares públicos y privados, con el fin de lograr la protección de bienes en lugares privados; debe estar en apego al respeto de los derechos y libertades de los ciudadanos, privilegios otorgados mediante la Constitución.

Pero entonces, cuál es el fundamento legal para su utilización. Con la llegada de la Ley que regula los servicios de seguridad privada, Acuerdo Gubernativo 52-2010 y su reglamento, se ha establecido en los artículos 1, 6 y 41 de la misma ley, los lineamientos necesarios para que todas aquellas empresas que deseen obtener los permisos para la instalación de centrales de monitoreo y su transmisión de señales hacia las instituciones de seguridad pública, deben cumplir una serie de parametros

Para responder esta pregunta, debemos entender plenamente que los trabajadores gozan de derechos, por lo que es conveniente dejarlo plasmado en una política interna de seguridad, sin dejar por un lado que la legalidad sobre la utilización de dispositivos de video vigilancia se basa en dos importantes aspectos:

a) el propósito de su uso y

b) la expectativa a la privacidad.

Los propósitos claves para la utilización de sistemas de video vigilancia dentro de las organizaciones son: como medio disuasivo, para la prevención de delitos, proteger la propiedad, bienes, y detectar intrusos o actos delictivos.

Y las que son utilizadas como apoyo en los procesos de recopilación de indicios de manera interna, mismos que tendrán que ser puestos a disposición de las autoridades competentes cuando se realicen los procesos de investigación correspondiente; por lo regular estos son dispositivos ocultos, instalados en áreas específicas determinadas de mayor riesgo, por parte del encargado de la seguridad.

Sin embargo, es importante resaltar que el diseño de los sistemas de video vigilancia y la ubicación de cámaras queda a criterio personal del encargado de la seguridad.

En ambos casos, el uso de cámaras no debe estar basado en vigilar a una persona en específico o a modo de medir la productividad de los empleados.

Al momento de diseñar los sistemas de video vigilancia, no podemos dejar por un lado la expectativa a la privacidad, derecho otorgado por la Constitución Política de la República de Guatemala, de allí que dichos dispositivos no se coloquen dentro de las áreas de vestidores, baños y otros, que puedan transgredir dicho derecho y que violenten la privacidad del usuario; ya que lamentablemente dichos dispositivos pueden ser fácilmente manipulados por personas mal intencionadas, sin escrúpulos.

Otro punto importante para resaltar, es el mal diseño que se haga del sistema, lo que puede generar el mal uso de las imágenes y audios captados por medio de estos dispositivos.

Un hecho que se considera oportuno mencionar, es que, esta tecnología no sustituirá la fuerza laboral humana, puesto que son dispositivos que no tienden a pensar o tomar decisiones, aunque si se pueden calibrar o programar para que hagan determinadas analíticas, pero resolver problemas, no ya que estas son características únicamente de la genética humana.

Pero qué pasa cuando el usuario de dichos servicios son las fuerzas de seguridad pública y las Municipalidades en Guatemala. En el año 2014 se redactó la iniciativa de ley 4877 presentada a la comisión de seguridad denominada “Ley reguladora de cámaras de video vigilancia”; la cual, solo fue presentada pero no fue puesta a discusión dentro del pleno.

Esta ley, breve pero sustancial, establece los mecanismos necesarios por medio de los cuales se autorizará y mediante qué circunstancias, podrán hacer uso las fuerzas de seguridad pública, incluidas las municipalidades; para su colocación, monitoreo y vigilancia.

Esta ley, nos pondría al lado de países europeos como España, donde tienen todo un marco legal regulatorio sobre la utilización de esta tecnología, velando por la seguridad de los ciudadanos.

En el año 2017, el Centro de Investigación Económica Nacional (CIEN) elaboró un informe sobre la función de los sistemas de video vigilancia, o sistemas de CCTV, como medida de alerta ante la posibilidad de ocurrencia de hechos criminales; dicho informe hace mención sobre el mal uso que se pueda dar a la información captada por medio de estos dispositivos, los cuales a la fecha no cuentan con una ley que les regule de la forma debida.

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Detenido un menor por amenazar con un cuchillo a la empleada de una gasolinera

Detenido un menor por amenazar con un cuchillo a la empleada de una gasolinera

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La Policía Nacional ha detenido este martes a un menor después de amenazar a la empleada de una gasolinera con un cuchillo de 32 centímetros de longitud y 21 centímetros de hoja para cometer un robo.
Los hechos ocurrieron cuando el menor se personó en una gasolinera de Valladolid capital, portando un cuchillo de grandes dimensiones y tapando su rostro con un pasamontañas .
En ese momento, amenazó a la dependienta de la gasolinera con el arma blanca, exigiéndole que le diera tabaco y la recaudación de la caja.
La dependienta, negándose a darle la recaudación, le arrojó un cartón de tabaco por encima del mostrador, instante que aprovechó para pulsar el botón de atraco, lo que activó la alarma en la sala operativa Cimacc 091, desplazándose inmediatamente numerosas dotaciones policiales al lugar .
Pese a que el autor de los hechos se había marchado , abandonando en la gasolinera el cuchillo, la descripción aportada por la dependienta a los agentes actuantes y el «rápido despliegue de dotaciones policiales» en las inmediaciones del establecimiento, «permitió reconocer sin género de dudas al menor corriendo en una calle cercan a«, según han informado fuentes policiales, informa Ical.
Una dotación policial procedió a darle el alto y, entre sus pertenencias, encontró un segundo cuchillo de 34 centímetros de longitud y 21 centímetros de hoja , el pasamontañas que había utilizado y el cartón de tabaco que había obtenido en el robo, por lo que procedieron a su detención y al traslado a dependencias policiales.
El detenido fue puesto a disposición de la Fiscalía de Menores que determinó su ingreso en un centro de menores.
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Una madre de Sevilla asesina a su bebé de sólo cuatro meses porque «no soportaba su llanto»

Una madre de Sevilla asesina a su bebé de sólo cuatro meses porque «no soportaba su llanto»

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Este jueves se ha conocido que una mujer se encuentra en prisión desde el pasado 2 de agosto por haber asesinado a su bebé recién nacido, de apenas cuatro meses de edad, en el barrio de San Jerónimo, en Sevilla. Según alegó la propia asesina, mató a su hijo porque no soportaba más su llanto.

La Policía Nacional ha confirmado que a finales de julio los agentes actuaron ante el caso de la muerte de un bebé de apenas unos cuatro meses de vida en una vivienda del barrio de San Jerónimo, al tener sospechas sobre posible criminalidad en torno a este fallecimiento.

Posteriormente, el médico forense encargado del caso informó a la Policía Nacional de que había apreciado signos de violencia en el cadáver del recién nacido, ante lo cual el 1 de agosto la madre del bebé fue arrestada.

En el interrogatorio, la mujer acabó confesando a los agentes que ella misma había matado a su hijo recién nacido porque el mismo estaba llorando insistentemente y ella no era capaz de bregar con la situación. Ante las preguntas de los investigadores, la mujer se habría acabado derrumbando y confesando así el crimen.

La mujer fue puesta el 2 de agosto a disposición de la autoridad judicial, que ordenó su inmediato ingreso en prisión por un presunto delito de asesinato, que sigue investigando a día de hoy uno de los juzgados de Instrucción de Sevilla capital. La investigación estaría a la espera de un nuevo informe forense que concrete las causas exactas de la muerte violenta del bebé.

Una mujer elude la prisión

Por otro lado, este jueves hemos conocido que la mujer que fue detenida por atar a su novio mientras estaba dormido para posteriormente asestarle dos puñaladas no irá a la cárcel. La Audiencia de Sevilla ha decidido este jueves condenar a esta agresora por un delito de asesinato en grado de tentativa a una pena de dos años de prisión que, sin embargo, no cumplirá al quedar suspendida si no vuelve a delinquir durante estos dos años. Además, tendrá que sufragar la responsabilidad civil con 61.000 euros.

Así ha quedado de relieve en la vista celebrada la mañana de este jueves en la Sección Primera de la Audiencia contra esta mujer, llamada Magdalena. En el escrito de acusación de la Fiscalía, asumido por la inculpada fruto de un acuerdo de conformidad entre su defensa, la acusación particular ejercida por la víctima y el Ministerio Público, se detalla que los hechos se remontan a las 22:00 horas del 17 de agosto de 2020 y acontecieron en una vivienda de Villanueva del Ariscal que compartían la encartada y su pareja.

Según el Ministerio Fiscal, la acusada se dirigió a su pareja cuando este hombre estaba «dormido en un sillón» y «procedió a atarle la mano y el pie derecho a la pata» del sillón; tras lo cual le clavó un cuchillo en el hemitórax izquierdo, practicándole una herida de 12 centímetros de trayectoria que le alcanzó el pulmón.

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La Guardia Civil intercepta una narcolancha con 200 kilos de hachís en aguas de Ibiza

La Guardia Civil intercepta una narcolancha con 200 kilos de hachís en aguas de Ibiza

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El Servicio Marítimo de la Guardia Civil ha interceptado una narcolancha con 200 kilos de hachís en aguas de Ibiza. Un hombre, de nacionalidad española y 43 años, ha sido detenido como presunto autor de un delito de tráfico de drogas.

Según ha informado el Instituto Armado en un comunicado, los hechos se remontan a la tarde del pasado domingo, cuando recibieron una comunicación sobre el avistamiento de una neumática que podría estar realizando transporte de droga.

A partir de ese momento se inició un dispositivo de búsqueda en el que participó el Servicio Aéreo de la Guardia Civil con su helicóptero, el Cuco, y dos embarcaciones del Servicio Marítimo Provincial.

El Cuco localizó la lancha y pudo observar cómo el único tripulante lanzaba al mar varias bolsas que tenía en el interior al ser consciente de la presencia policial. Por ello, desde el helicóptero remitieron las coordenadas a las embarcaciones para su interceptación.

La patrullera Sa Costera de la Guardia Civil consiguió interceptar la neumática y proceder a su identificación. Al mismo tiempo, otra embarcación del Servicio Marítimo se trasladó al punto donde el detenido lanzó por la borda las cinco maletas y pudo recuperarlas, comprobando que en su interior había paquetes sellados que contenían hachís con un peso total de 200 kilos.

Una vez comprobado que los paquetes contenían sustancias estupefacientes, se procedió al arresto del hombre, acusado de un delito de tráfico de drogas, incautando la cantidad de 1.995 euros en billetes de diferente valor.

Detenido un motorista por saltarse un alto en Capdepera

La Guardia Civil de Artà ha detenido a un hombre, de 40 años y nacionalidad alemana, en Capdepera por saltarse un punto de verificación con su motocicleta durante la madrugada del domingo 8 de septiembre.

Uno de los agentes procedió a darle el alto con señales luminosas y acústicas a un motorista, haciendo caso omiso, esquivando al guardia civil y abandonando el lugar a gran velocidad, por lo que los agentes emprendieron un seguimiento controlado, activando las señales luminosas y acústicas del vehículo oficial.

Entonces la motocicleta realizó un giro de 180 grados, alejándose del lugar en dirección contraria. Tras emprender nuevamente el seguimiento en dicha dirección, los agentes pudieron observar que el conductor había apagado las luces y se había situado en el arcén de la vía, inclinando su cuerpo sobre la misma, en un intento por evitar ser visto por los agentes, momento en que el conductor fue reducido y detenido.

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