Noticias
Legalidad de los sistemas de video vigilancia (CCTV)
Legalidad de los sistemas de video vigilancia (CCTV)
Hoy en día, la utilización de sistemas de video vigilancia como una medida de protección para garantizar la seguridad ciudadana en lugares públicos y privados, con el fin de lograr la protección de bienes en lugares privados; debe estar en apego al respeto de los derechos y libertades de los ciudadanos, privilegios otorgados mediante la Constitución.
Pero entonces, cuál es el fundamento legal para su utilización. Con la llegada de la Ley que regula los servicios de seguridad privada, Acuerdo Gubernativo 52-2010 y su reglamento, se ha establecido en los artículos 1, 6 y 41 de la misma ley, los lineamientos necesarios para que todas aquellas empresas que deseen obtener los permisos para la instalación de centrales de monitoreo y su transmisión de señales hacia las instituciones de seguridad pública, deben cumplir una serie de parametros
Para responder esta pregunta, debemos entender plenamente que los trabajadores gozan de derechos, por lo que es conveniente dejarlo plasmado en una política interna de seguridad, sin dejar por un lado que la legalidad sobre la utilización de dispositivos de video vigilancia se basa en dos importantes aspectos:
a) el propósito de su uso y
b) la expectativa a la privacidad.
Los propósitos claves para la utilización de sistemas de video vigilancia dentro de las organizaciones son: como medio disuasivo, para la prevención de delitos, proteger la propiedad, bienes, y detectar intrusos o actos delictivos.
Y las que son utilizadas como apoyo en los procesos de recopilación de indicios de manera interna, mismos que tendrán que ser puestos a disposición de las autoridades competentes cuando se realicen los procesos de investigación correspondiente; por lo regular estos son dispositivos ocultos, instalados en áreas específicas determinadas de mayor riesgo, por parte del encargado de la seguridad.
Sin embargo, es importante resaltar que el diseño de los sistemas de video vigilancia y la ubicación de cámaras queda a criterio personal del encargado de la seguridad.
En ambos casos, el uso de cámaras no debe estar basado en vigilar a una persona en específico o a modo de medir la productividad de los empleados.
Al momento de diseñar los sistemas de video vigilancia, no podemos dejar por un lado la expectativa a la privacidad, derecho otorgado por la Constitución Política de la República de Guatemala, de allí que dichos dispositivos no se coloquen dentro de las áreas de vestidores, baños y otros, que puedan transgredir dicho derecho y que violenten la privacidad del usuario; ya que lamentablemente dichos dispositivos pueden ser fácilmente manipulados por personas mal intencionadas, sin escrúpulos.
Otro punto importante para resaltar, es el mal diseño que se haga del sistema, lo que puede generar el mal uso de las imágenes y audios captados por medio de estos dispositivos.
Un hecho que se considera oportuno mencionar, es que, esta tecnología no sustituirá la fuerza laboral humana, puesto que son dispositivos que no tienden a pensar o tomar decisiones, aunque si se pueden calibrar o programar para que hagan determinadas analíticas, pero resolver problemas, no ya que estas son características únicamente de la genética humana.
Pero qué pasa cuando el usuario de dichos servicios son las fuerzas de seguridad pública y las Municipalidades en Guatemala. En el año 2014 se redactó la iniciativa de ley 4877 presentada a la comisión de seguridad denominada “Ley reguladora de cámaras de video vigilancia”; la cual, solo fue presentada pero no fue puesta a discusión dentro del pleno.
Esta ley, breve pero sustancial, establece los mecanismos necesarios por medio de los cuales se autorizará y mediante qué circunstancias, podrán hacer uso las fuerzas de seguridad pública, incluidas las municipalidades; para su colocación, monitoreo y vigilancia.
Esta ley, nos pondría al lado de países europeos como España, donde tienen todo un marco legal regulatorio sobre la utilización de esta tecnología, velando por la seguridad de los ciudadanos.
En el año 2017, el Centro de Investigación Económica Nacional (CIEN) elaboró un informe sobre la función de los sistemas de video vigilancia, o sistemas de CCTV, como medida de alerta ante la posibilidad de ocurrencia de hechos criminales; dicho informe hace mención sobre el mal uso que se pueda dar a la información captada por medio de estos dispositivos, los cuales a la fecha no cuentan con una ley que les regule de la forma debida.
Noticias
Un marroquí acuchilla a un hombre en un bar de Barbastro tras exigirle que pagara una cuenta de 28 euros
Un marroquí acuchilla a un hombre en un bar de Barbastro tras exigirle que pagara una cuenta de 28 euros
Web de Ofertas de empleo
Enlace Invitación a Telegram
Este pasado fin de semana, se ha producido un acuchillamiento en Barbastro. Una reyerta entre un colaborador de un bar de un pueblo de Huesca y un cliente ha desembocado en tragedia, tras intentar previamente que el agresor abonara su cuenta de unos 28 euros antes de abandonar el establecimiento.
El autor del acuchillamiento, un varón de origen extranjero, no ha sido localizado todavía y se encuentra en paradero desconocido, aunque todo indica que reside en Barbastro. Por otro lado, según ha podido conocer OKDIARIO, la víctima es española de una población cercana del municipio, pero muy querido y conocido en Barbastro, de unos cincuenta años de edad.
Acuchillamiento en Barbastro
Los hechos sucedieron el pasado sábado por la noche, cuando un cliente de origen marroquí tras haber pedido varias consumiciones se negó a abonar su cuenta. Una de las camareras del bar insistió en que el cliente se iba sin pagar, y al no lograr que esta persona abonase la cuenta, pidió ayuda a un colaborador habitual del pub, quien se dirigió al marroquí para exigirle que pagara las consumiciones antes de macharse.
Sin embargo, el presunto agresor se negó, marchándose del local sin abonar la cuenta. Al poco tiempo, según hemos podido conocer, esta misma persona regresó al establecimiento de Barbastro con un arma blanca, posiblemente un cuchillo, y fue directamente a herir al hombre que le había amonestado, quien acabó gravemente herido al sufrir un acuchillamiento.
Por suerte, la víctima al ver que su agresor se acercaba armado con un arma blanca pudo proteger su vientre, recibiendo varios cortes de gravedad en el brazo. Según explica una vecina del pueblo, el agresor regresó con una ropa diferente a como había estado en el establecimiento: «Se cambió de ropa y luego volvió al bar».
Al lugar de los hechos acudió un dispositivo de la Policía Local, que se hizo cargo de la situación hasta que vino la unidad de emergencia, que trasladó a la víctima que sangraba abundantemente tras los cortes recibidos al hospital de Barbastro. Si bien, el herido fue más tarde dirigido a uno de los hospitales de Zaragoza, donde afortunadamente ya se encuentra estable.
Según ha podido saber OKDIARIO, este martes la Guardia Civil de Huesca ha abierto diligencias a fin de esclarecer lo sucedido tras recibir una denuncia.
En el pueblo, la agresión ha causado gran impacto, «puesto que no se había vivido un suceso similar». Según explican los vecinos de Barbastro, el establecimiento donde se produjo el acuchillamiento «es un bar tranquilo frecuentado por personas de mediana edad», en plena avenida del Ejército Español. En cuanto al personal del establecimiento está totalmente consternado por el trágico desenlace que se ocasionó.
Noticias
Detenido un peluquero en Leganés por robar cadenas a sus clientes mientras les cortaba el pelo
Detenido un peluquero en Leganés por robar cadenas a sus clientes mientras les cortaba el pelo
Web de Ofertas de empleo
Enlace Invitación a Telegram
Noticias
Un policía de paisano pilla in fraganti a un comprador de cocaína en la calle Elche
Un policía de paisano pilla in fraganti a un comprador de cocaína en la calle Elche
Web de Ofertas de empleo
Enlace Invitación a Telegram